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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (18/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Viernes 18 de agosto de 2023 El Peruano / de un juez/a titular o provisional y que se encuentre en la sede principal de la Corte Superior, para que en adición a sus funciones tramite los procesos de sustracción internacional de menores, al amparo de la Convención sobre Aspectos Civiles de la Sustracción de Menores; dando cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Tercero. Que, al respecto, el señor Consejero Responsable del Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia” mediante O fi cio Nº 000077-2023-CR-PPRFAMILIA- PJ, remite a este Órgano de Gobierno el Informe Nº 000081-2023-RT-PPRFAMILIA-PJ por el cual da cuenta de las recomendaciones efectuadas por la doctora Nancy Coronel Aquino, Jueza Superior y Presidenta de la Primera Sala de Familia de la Corte Superior de Justicia de Lima - Magistrada Representante de la Red de Jueces de La Haya de la República del Perú, señalando, entre otros, lo siguiente: - Es favorable la recomendación de la doctora Nancy Coronel Aquino respecto a la realización de capacitaciones, a fi n de coadyuvar al cumplimiento de lo dispuesto en la Convención sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción de Menores; sin embargo, precisa que en lo que compete al Poder Judicial, este Órgano de Gobierno solo capacita a los jueces y juezas que forman parte de su judicatura, más no a los abogados que asumen la defensa ni los abogados de la autoridad central, ya que estos últimos forman parte del ámbito de acción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, respectivamente. - Sobre la recomendación que se disponga que en la resolución judicial que se ordena la remisión al fi scal de familia se incluya también la fecha y hora de la vista de la causa, resulta ser oportuna dado que cumple con los objetivos de la Convención sobre Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores, aplicando principios procesales como la concentración, fl exibilidad e inmediación procesal. Cuarto. Que, el artículo 82, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por lo que siendo así, y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente aprobar la propuesta presentada; dejando sin efecto la Resolución Administrativa Nº 000309-2023-CE-PJ, a fi n de emitir nuevo pronunciamiento. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 1285-2023 de la trigésima segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 9 de agosto de 2023, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, señora Medina Jiménez y señor Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero .- Disponer que los Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia, dentro del ámbito de su competencia y en el plazo de cinco días calendario, designen a un Juzgado de Familia, Civil o Mixto a cargo de un juez/a titular o provisional y que se encuentre en la sede principal de la Corte Superior, para que en adición a sus funciones tramite los procesos de sustracción internacional de menores, al amparo de la Convención sobre Aspectos Civiles de la Sustracción de Menores; dando cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Artículo Segundo.- Disponer que las comisiones, programas y equipos técnicos especializados, realicen capacitaciones a jueces y juezas que tienen a su cargo los procesos judiciales de Sustracción Internacional de Menores, priorizando temas como la diferencia con los procesos de tenencia y custodia; así como la ejecución de medidas cautelares y ejecución anticipada de sentencias. Artículo Tercero.- Disponer que los jueces y juezas que tramitan los procesos judiciales de Sustracción Internacional de Menores, señalen la fecha y hora de la vista de la causa en la resolución que remite los autos al Ministerio Público para el dictamen fi scal. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto la Resolución Administrativa Nº 000309-2023-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; así como cualquier disposición administrativa, que se oponga a la presente decisión. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio Público, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, Magistrada Representante de la Red de Jueces de La Haya de la República del Perú, Presidente de la Comisión Intersectorial de Derecho Internacional Privado para estudiar temas tratados en la Conferencia de La Haya; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2206448-1 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Reconforman la Comisión Distrital de Implementación del Código Procesal Penal de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, para el periodo 2023-2024, y dictan otras disposiciones Comisión Distrital de Implementación del Código Procesal Penal de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000001-2023-P-CDI-CSNJPE-PJ Lima, 2 de agosto de 2023ANTECEDENTE:I. Mediante Resolución Administrativa Nº 000063-2022-P-CSNJPE-PJ, de fecha 31 de enero de 2022, entre otros, se conforma la Comisión Distrital de Implementación del Código Procesal Penal de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada –en adelante CSN–, la misma que ha sido reconformada mediante Resolución Administrativa Nº 000510-2022-P-CSNJPE-PJ, de fecha 30 de septiembre de 2022. II. Los O fi cios Nº 000566, 000623, 002179 y 002707-2023-SG-CS-PJ, de fechas 30 y 31 de enero, 04 de mayo y 06 de junio de 2023, respectivamente, emitidos por la secretaria general de la Corte Suprema de Justicia de la República, en relación a la designación del representante titular del Ministerio del Interior, Ministerio Público y Ministerio de Justicia y Derechos Humanos ante la Comisión Distrital de Implementación del Código Procesal Penal de la CSN. FUNDAMENTOS:1. Base Normativa: el Reglamento de la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2014-JUS, de fi ne en su artículo 33 a la Comisión Distrital de