Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (06/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de diciembre de 2023 El Peruano / Artículo 3.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores al señor LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA, Presidente del Consejo de Ministros, a partir del 7 de diciembre de 2023 y en tanto dure la ausencia del Titular. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros JAVIER GONZALEZ OLAECHEA FRANCO Ministro de Relaciones Exteriores 2242173-11 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Modifican la Resolución Ministerial N° 325-2022-MINCETUR, que aprueba los Criterios de Priorización Sectorial RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 376-2023-MINCETUR Lima, 4 de diciembre de 2023VISTOS, el Informe N° 0141-2023-MINCETUR/ SG/OGPPD/OCTIP de la O fi cina de Cooperación Técnica e Inversión Pública, y el Memorándum N° 1154-2023-MINCETUR/SG/OGPPD de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N°1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado por el Decreto Supremo Nº 242-2018-EF, en adelante el TUO del Decreto Legislativo Nº 1252, se crea el referido Sistema Nacional con la fi nalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país; Que, el numeral 5.2 del artículo 5 del TUO del Decreto Legislativo Nº 1252 establece que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones (DGPMI), es el ente rector del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y en su calidad de más alta autoridad técnico normativa administra el Banco de Inversiones; entre otras funciones, dicta los procedimientos y los lineamientos para la programación multianual de inversiones y el ciclo de inversiones; Que, el numeral 5.3 del artículo 5 del TUO del Decreto Legislativo Nº 1252, establece que el Ministro o la más alta autoridad ejecutiva del Sector, en su calidad de Órgano Resolutivo (en adelante, OR del Sector), presenta al Ministerio de Economía y Finanzas, el Programa Multianual de Inversiones Sectorial, conforme a lo establecido en la Directiva correspondiente a la Programación Multianual, y lo aprueba de acuerdo a los procedimientos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; asimismo, las modi fi caciones a los objetivos priorizados, metas e indicadores contenidos en el Programa Multianual de Inversiones Sectorial, se realizan siguiendo el mismo procedimiento establecido para su aprobación; Que, el citado numeral establece que el OR del Sector del Gobierno Nacional aprueba los indicadores de brechas y los criterios para la priorización de las inversiones relacionadas con funciones de su competencia, a ser aplicados en la fase de Programación Multianual de Inversiones para los tres niveles de gobierno, de acuerdo a las medidas sectoriales de fi nidas por los rectores de las políticas nacionales; Que, el numeral 9.2 del artículo 9 del Reglamento del Decreto Legislativo N°1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo N° 284-2018-EF, y sus modi fi catorias, señala que el OR del Sector aprueba los indicadores de brechas y los criterios para la priorización de las inversiones que se enmarquen en el ámbito de su responsabilidad funcional, a ser aplicados en la fase de Programación Multianual de Inversiones por los tres niveles de gobierno, de acuerdo a las medidas sectoriales de fi nidas por los rectores de las políticas nacionales sectoriales; y que dichos indicadores y criterios pueden ser revisados anualmente y siempre que se presenten modi fi caciones, se aprueban y se publican en el portal institucional de la entidad; Que, mediante Resolución Directoral N° 001-2019- EF/63.01, se aprueba la Directiva N° 001-2019-EF/63.01, “Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones”, cuyo artículo 13 señala que la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones - OPMI del Sector, previa coordinación con la Ofi cina de Planeamiento o la que haga sus veces en la entidad, propone los criterios de priorización sectoriales para las inversiones que se enmarquen en el ámbito de su responsabilidad funcional, siendo dichos criterios de priorización aplicados por los tres niveles de gobierno. Asimismo, establece que los criterios de priorización sectoriales son elaborados de acuerdo a los lineamientos metodológicos establecidos por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones – DGPMI del Ministerio de Economía y Finanzas; y remitidos a ésta para su validación metodológica y posterior aprobación por el OR del Sector y publicación por la OPMI en su portal institucional, de acuerdo a los plazos en la citada Directiva; Que, por Resolución Ministerial N° 037-2019-MINCETUR, se designa a la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo, como órgano encargado de realizar las funciones de O fi cina de Programación Multianual de Inversiones del MINCETUR, en el marco del Decreto Legislativo N° 1252; Que, por Resolución Ministerial N° 015-2021-MINCETUR, se designa a la señora Katherine Vanessa Castro Gallo, Especialista en Seguimiento de Inversiones de la O fi cina de Cooperación Técnica e Inversión Pública, de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo, como Responsable de la Ofi cina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) del Sector Comercio Exterior y Turismo; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 325-2022-MINCETUR, se aprueba los Criterios de Priorización Sectorial; Que, mediante O fi cio Nº 0588-2023-EF/63.03, del Director General de la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones (DPGMI) del Ministerio de Economía y Finanzas, con el cual se remite el Informe Nº 0279-2023-EF/63.03, elaborado por la Dirección de Políticas y Estrategias de la Inversión Pública, y correo electrónico de fecha 22 de noviembre de 2023, de la Dirección de Políticas y Estrategia de la Inversión Pública del MEF, se valida metodológicamente la propuesta de modi fi cación de los criterios de priorización del Sector Comercio Exterior y Turismo, que implica la modi fi cación del criterio de priorización sectorial especí fi co “Criterio de artesanos bene fi ciados”, debido a la previa eliminación del Indicador de Brecha relacionado a éste, denominado “Porcentaje de Líneas Artesanales Priorizadas No Atendidas”, así como la eliminación de los criterios de priorización especí fi cos “Criterio de oferta exportable priorizada” a causa de la eliminación del Indicador