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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (07/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 71

71 NORMAS LEGALES Jueves 7 de diciembre de 2023 El Peruano / Para tales efectos, adjuntó la siguiente documentación: a. Copia del texto intitulado “Etnonacionalismo Izquierda y Globalidad (Visión Etnocacerista)”, de autoría de don Antauro Humala, publicado en 2011. b. Copia del texto intitulado “Ejército Peruano: Milenarismo, Nacionalismo y Etnocacerismo”, de autoría de don Antauro Humala, publicado en 2001. c. Copia del artículo “De la guerra etnosanta a la iglesia Tawantinsuyana (La reivindicación de los demonios y el color insurgente de la fe)”, de autoría de don Antauro Humala, publicado en 2012. d. Copia del artículo “Humala ¿La inundación de los bárbaros o el diluvio de la justicia?”, de los autores Jhonny Salazar y Miguel Sánchez, publicado en la Revista Impresión de la Facultad de Ciencias y Artes de la Comunicación Ponti fi cia Universidad Católica del Perú, en 2003. e. Link de entrevista publicada en Youtube, intitulada “Antauro Humala no se arrepiente de nada y promete medidas radicales”, <https://www.youtube.com/watch?v=ta50OnS7UQo>, el 22 de agosto de 2023. f. Link de entrevista publicada en Youtube, intitulada “Entrevista a Antauro Humala”, <https://www.youtube.com/watch?v=4KFEQWL4--8>, el 9 de marzo de 2023. g. Link de entrevista publicada en Youtube, intitulada “Exclusivo Ricardo Belmont entrevista al mayor Antauro Humala en RBC”, <https://www.youtube.com/watch?v=tyKhirc5AQQ>, el 19 de diciembre de 2022. h. Link de entrevista publicada en Youtube, intitulada “Entrevista exclusiva con Antauro Humala”, en Si el padre lo dice, <https://www.youtube.com/watch?v=xVw__Chv-O8>, el 5 de enero de 2023. i. Link de entrevista publicada en Youtube, intitulada “Entrevista a Antauro Humala Tasso-Best Cale TV”, en BestTV Tu Canal <https://www.youtube.com/watch?v=HfCjXPMj5VA>, el 16 de enero de 2023. 1.5. En audiencia de tachas, del 7 de setiembre de 2023, el señor personero legal alegó esencialmente, lo siguiente: a. La denominación de la OP cuya inscripción se pretende es “Alianza Nacional de Trabajadores Agricultores Universitarios Reservistas y Obreros”, conforme al Estatuto Partidario, no contiene siglas. b. Don Antauro Humala no es fundador ni directivo de la OP, sino militante de los más de 26 000 a fi liados que tiene el partido. c. La tacha solo puede fundamentarse en el incumplimiento de la LOP, no obstante, el cuestionamiento formulado plantea argumentos de índole político y subjetivo y no jurídicos, tornándose en impertinentes, además de contrarios al principio de legalidad. Pronunciamiento de la DNROP1.6. Mediante la Resolución N.º 000276-2023-DNROP/ JNE, del 13 de setiembre de 2023, la DNROP declaró infundada la tacha interpuesta por el señor recurrente en contra de la solicitud de inscripción de la OP, bajo los siguientes fundamentos: a. Don Antauro Humala no es fundador de la OP, tampoco ha sido elegido y/o designado en algún cargo dirigencial, teniendo únicamente la condición de a fi liado; siendo esto así, no puede establecerse un vínculo directo entre las opiniones o ideología que le son atribuidas frente a los principios establecidos por el partido político, todo lo contrario, son contradictorias. b. Del Acta Fundacional como el Estatuto Partidario contiene consideraciones democráticas, no advirtiéndose en este extremo vulneración al artículo 2 de la LOP. Segundo.- SÍNTESIS DE AGRAVIOS2.1. El 20 de setiembre de 2023, el señor recurrente interpuso recurso de apelación en contra de la Resolución N° 000276-2023-DNROP/JNE, bajo los siguientes argumentos:a. Sí existe vínculo directo entre las declaraciones y la ideología de don Antauro Humala y la OP, y que el hecho que este no fi gure formalmente como fundador o líder es un fraude a las autoridades electorales. b. La recurrida alude erróneamente a “opiniones” e “ideología” que “le son atribuidas” a don Antauro Humala, cuando se tratan de hechos objetivos derivados de sus declaraciones públicas y la doctrina que desarrolla en sus libros. c. Don Marco Antonio Vizcarra Alegría y don Raúl Huamaní Ranilla, presidente y secretario nacional de Planeamiento y Plan de Gobierno de la OP, declararon abiertamente que don Antauro Humala es su verdadero líder y se proclaman etnocaceristas, esto es, seguidores de su ideología, con lo que se evidencia su verdadera posición en la OP. d. A su vez, don Javier Sullca Cáceres, secretario nacional de Reservistas y Movilización de la OP, declaró que la posición de la militancia de la OP se subordina a la decisión de su líder, don Antauro Humala; aunado a que este último se presenta públicamente como el líder de la OP en mítines, entrevistas y dicta talleres en la Escuela de Formación Política e Ideológica de la citada agrupación política en proceso de inscripción. e. Don Marco Antonio Vizcarra Alegría, presidente de la OP, no se diferencia ideológicamente de don Antauro Humala, toda vez que este participó también en el atentado conocido como el “Andahuaylazo” y es un etnonacionalista comprometido y subordinado a su líder, al igual que don Raúl Huamaní Ranilla y don Javier Sullca Cáceres, secretario nacional de Planeamiento y Plan de Gobierno y secretario nacional de Reservistas y Movilización de la OP, respectivamente, conforme a sus propias declaraciones. f. No es posible negar que don Antauro Humala es líder la de OP y que la ideología de esta agrupación política es el etnonacionalismo, integrado por etnocaceristas comprometidos, lo que, en esencia, la hace incompatible con el sistema democrático, por lo que no pueden cumplir con el artículo 2 de la LOP, que señala que los partidos tienen que asegurar la vigencia y defensa del sistema democrático. g. La OP cuenta con una Secretaría Nacional de Reservistas y Movilización, la cual, conforme al artículo 49 de su Estatuto, tiene como funciones la supervisión, inspección y control de cumplimiento de la organización y funcionamiento de los Batallones de Reservistas, actos que constituyen un elemento esencial del etnonacionalismo/etnocacerismo, siendo estos los militantes más representativos suscritos a la ideología antidemocrática de don Antauro Humala, lo que evidencia su relación con la OP, más aún cuando el nombre de dicha agrupación política es un acrónimo del nombre de su líder. h. Las consideraciones recogidas en el Acta de Fundación y Estatuto de la OP determinadas como “ciudadanos con vocación democrática”, “patriotismo”, “comprometidos con su Nación”, “frente amplio democrático”, “preservar la paz”, son generalidades que no indican una clara posición ideológica y doctrinaria, más aun teniendo en cuenta que “democracia” es un término con varios signi fi cados conceptuales. i. El ideario, misión, principios y fi nes y objetivos no signi fi can ideología ni doctrina, sino simples requisitos llenados para fi nes de obtener la inscripción en el ROP, sobre todo porque el Acta de Fundación menciona que la OP aspira a ser “un partido integrador con identidad nacional y reuni fi cador de todos los peruanos en un nuevo pacto social y refundación republicada” y menciona “el historicismo crítico y reconocedor de la gran cultura del Tawantinsuyo […] y por ende de la etnonacionalidad originaria”, que va en clara consecuencia con el pensamiento y el discurso de don Antauro Humala, de ahí que es posible a fi rmar que dicha acta contiene sus conceptos e ideas y se adscribe al etnonacionalismo, que es incompatible con el sistema democrático peruano, por lo que no es cierto que no pueda establecerse un vínculo directo entre la ideología del citado ciudadano y el de la OP. j. La OP cuenta con una Secretaría Nacional de Política e Ideología y su ideario evidencia que esta