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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (03/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 89

89 NORMAS LEGALES Viernes 3 de febrero de 2023 El Peruano / 2. AGUA: CONCEPTO PERIODOSDESCUENTOS INTERESES MORATORIOS AGUADeudas de años anteriores100% C. COSTAS Y GASTOS PROCESALES: Descuento del 100% de las costas y gastos procesales de los procedimientos de cobranza de la deuda tributaria y no tributaria, siempre y cuando se cancele el integro de la deuda contenida en el Expediente Coactivo. Artículo 4°.- DE LOS MEDIOS IMPUGNATORIOS INTERPUESTOS El pago de cualquier deuda en aplicación de la presente ordenanza originaria el desistimiento automático de los medios impugnatorios, que se hayan interpuesto ante la Administración Tributaria. Artículo 5°.- DESESTIMIENTO En los casos en que los contribuyentes se hayan acogido a la presente ordenanza y cuenten con recursos impugnables y/o procesos judiciales, presentados ante instancias superiores u otras instancias jurisdiccionales, deberán necesariamente presentar el desistimiento del mismo, sin perjuicio de esta presentación, será de aplicación lo señalado en el párrafo anterior. Artículo 6º.- RECONOCIMIENTO DE DEUDA El acogimiento a los bene fi cios contemplados en la presente ordenanza implica el reconocimiento voluntario de la deuda tributaria, por lo que la administración considera que ha operado la sustracción de la materia, en los casos de procedimientos contenciosos o no contenciosos vinculados a dicho concepto y periodo. Artículo 7º.- PAGOS ANTERIORES Los pagos realizados con anterioridad a la vigencia de la presente, no dan derecho a devolución o compensación alguna. Articulo 8º.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano” y hasta el 28 de febrero de 2023. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primero.- FACULTAR al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza y asimismo para que disponga su prórroga si fuera el caso. Segundo.- DEJAR SIN EFECTO cualquier disposición municipal que se oponga a la presente Ordenanza Municipal. Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, a través de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva, Subgerencia de Fiscalización Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas a través de la Subgerencia de Tesoreríal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto a través de la Subgerencia de Tecnología de la Información el cumplimiento de la presente ordenanza, y a la Secretaria General la publicación de la presente ordenanza en el diario o fi cial “El Peruano”. Cuarto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva en coordinación con la Subgerencia de Fiscalización Tributaria y la Subgerencia de Tecnología de la Información, a la depuración en la cuenta corriente de los saldos por cobrar de incidencia contable de registros virtuales en estado coactivo por inconsistencia cuando carezcan de número de expediente coactivo, número de valor de cobranza, año, u otros, que impidan la ejecución del procedimiento coactivo y sean vicios de nulidad e inviable la subsanación formal.Quinto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Fiscalización Tributaria en coordinación con la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva y la Subgerencia de Tecnología de la Información, a la depuración en cuenta corriente de los saldos por cobrar de incidencia contable de registros virtuales en estado ordinario por inconsistencia de migración, inconsistencias en la emisión, noti fi cación de los valores de cobranza tributaria, error en el cálculo, cuantías de base imponible por determinación de montos menores a 5UIT (artículo 14º Ley de Tributación Municipal y modi fi catorias), y las multas tributarias que se hayan generado respecto de ellas, cuantía de arbitrios, en usos y tamaños de predios por onerosos y de incidencia catastral, entre otras. Sexto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva, Subgerencia de Fiscalización Tributaria, en coordinación con la Subgerencia de Tecnología de la Información, a la depuración en cuenta corriente y los valores de cobranza en estado ordinario y coactivo de los saldos por cobrar de incidencia contable que provengan del proceso de depuración de declaraciones juradas de años anteriores no saneadas y/o depuradas por anteriores administraciones municipales. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.SERGIO ANTONIO BAIGORRIA SEAS Alcalde 2148263-2 MUNICIPALIDAD CP SANTA MARIA DE HUACHIPA Ordenanza que fija la Tasa de Interés Moratorio aplicable a las deudas tributarias administradas y/o recaudadas por la Municipalidad del Centro Poblado Santa María de Huachipa para el Ejercicio Fiscal 2023 ORDENANZA N° 001-2023-MCPSMH Santa María de Huachipa, 15 de enero de 2023LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE SANTA MARÍA DE HUACHIPA POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE SANTA MARÍA DE HUACHIPA VISTO: El memorándum Nº 024-2023-MCPSMH/GM de la Gerencia Municipal, informe N° 016-2023-SGRRDE/GAT/MCPSMH, de la Sub Gerencia de Registro, Recaudación y Desarrollo Económico, el Informe Nº 008-2023-GAT/MCPSMH de la Gerencia de Administración Tributaria, y el Informe Nº 003-2023-MCPSMH/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; respecto al proyecto de Ordenanza que fi ja la Tasa de Interés Moratorio Aplicable a las Deudas Tributarias Administradas y/o Recaudadas por la Municipalidad del Centro Poblado de Santa María de Huachipa; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordante con el Artículo II de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que los