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77 NORMAS LEGALES Viernes 3 de febrero de 2023 El Peruano / ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje de funcionario para participar en evento a realizarse en Suiza RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 0006-2023-BCRP-N Lima, 1 de febrero de 2023Se ha recibido invitación para participar en el Central Bankers Courses 2023: “Topics in Empirical Finance” organizado por Study Center Gerzensee, que se realizará del 6 al 17 de febrero en la ciudad de Gerzensee, Suiza; La Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera tiene entre sus objetivos coadyuvar a la consecución de la estabilidad monetaria mediante la ejecución de los instrumentos de política monetaria, la evaluación del sistema fi nanciero y la vigilancia del funcionamiento del sistema de pagos y proponer medidas que permitan mejorar su e fi ciencia; Es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos fundamentales relacionados con su fi nalidad y funciones; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N°27619, su Reglamento, el Decreto Supremo N°047-2002-PCM y sus normas modi fi catorias y, estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de fecha 5 de enero de 2023; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior del señor Walter Miguel Cuba Rojas, Especialista Senior en Análisis del Sistema Financiero de la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera, del 6 al 17 de febrero a la ciudad de Gerzensee, Suiza, y el pago de los gastos no cubiertos por la entidad organizadora, a fi n de que intervenga en el evento indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje US$ 1895,59 Viáticos US$ 400,00 ----------- TOTAL US$ 2295,59 Artículo 3°.- Esta Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese.JULIO VELARDE Presidente 2148090-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas UNIVERSIDAD NACIONAL TORIBIO RODRÍGUEZ DE MENDOZA DE AMAZONAS RECTORADO RESOLUCIÓN RECTORAL N° 022-2023-UNTRM/R Chachapoyas, 12 de enero de 2023VISTO: El O fi cio N° 016-2023-UNTRM-R/OPP, de fecha 12 de enero de 2023, mediante el cual la Jefa de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, remite al señor Rector, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, el mismo que cuenta con opinión legal favorable de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, organiza su régimen de gobierno de acuerdo a la Ley Universitaria N° 30220, su Estatuto y Reglamentos, atendiendo a sus necesidades y características; Que la Ley N° 30220 - Ley Universitaria, establece en el Artículo 8. Autonomía universitaria. El Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable. Esta autonomía se mani fi esta en los siguientes regímenes: 8.1 Normativo, implica la potestad autodeterminativa para la creación de normas internas (estatuto y reglamentos) destinadas a regular la institución universitaria. 8.2 De gobierno, implica la potestad autodeterminativa para estructurar, organizar y conducir la institución universitaria, con atención a su naturaleza, características y necesidades. Es formalmente dependiente del régimen normativo; Que mediante Decreto Supremo N° 054-2018- PCM, se aprueba los “Lineamientos de Organización del Estado” que regula los principios, criterios y reglas que de fi nen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; en el mismo, se establece en el Artículo 45. Norma que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones. (…). 45.3 Las entidades que no forman parte del Poder Ejecutivo aprueban su ROF íntegramente de la siguiente manera: (…). a) El Poder Judicial, Organismos Constitucionalmente Autónomos y Universidades Públicas, por Resolución del Titular. (…); Que la Resolución Ministerial N° 588-2019-MINEDU, que aprueba los “Lineamientos para la Formulación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de las universidades públicas”, establece en el numeral 6.6 Del proceso de aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de las universidades públicas. Las universidades públicas aprueban su Reglamento de Organización y Funciones, de manera integral mediante Resolución del Titular de la Entidad, en concordancia con el numeral 45.3 del artículo 45 de Lineamientos de Organización del Estado; Que con Resolución de Asamblea Universitaria N° 001-2023-UNTRM/AU, de fecha 02 de enero de 2023, se aprueba el Estatuto de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, cuerpo normativo que consta de XXII Títulos, 178 Artículos, 04 Disposiciones Complementarias, 07 Disposiciones Transitorias, 01 Disposición Final, en 78 folios; Que en ese sentido, el artículo 60 de la Ley Universitaria N° 30220, concordante con el artículo 38 del Estatuto Universitario, señala lo siguiente: “El Rector es el personero y representante legal de la universidad. Tiene a su cargo y a dedicación exclusiva, la dirección, conducción y gestión del gobierno universitario en todos sus ámbitos, dentro de los límites de la presente Ley y del Estatuto”; Que el Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, ha seguido el procedimiento correspondiente para su revisión y aprobación, lo cual se evidencia con el O fi cio N° 0006-2022-MINEDU/VMGP-DIGESU- DICOPRO, de fecha 14 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, con el que remite el Informe N° 0182-2022-MINEDU/ VMGP-DIGESU-DICOPRO, de la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación