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25 NORMAS LEGALES Jueves 9 de febrero de 2023 El Peruano / del PEIP, encontrándose entre sus funciones la de designar y remover a los titulares de los órganos del PEIP y puestos de con fi anza; Que, el numeral 9.2 del artículo 9 del Decreto Supremo N° 119-2020-EF, Reglamento de Proyectos Especiales de Inversión Pública en el marco del Decreto de Urgencia N° 021-2020, Decreto de Urgencia que establece el modelo de ejecución de inversiones públicas a través de proyectos especiales de inversión pública, regula los requisitos mínimos para ocupar los puestos de responsabilidad directiva que sean de libre designación y remoción; Que, asimismo, mediante Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, se regulan diferentes requisitos para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio, entre otros, de los funcionarios de las entidades comprendidas en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; Que, el Informe 00022-2023-MINEDU/VMGI/PEIP- EB/OA-URH, la Unidad de Recursos Humanos, señala que revisada la hoja de vida documentada del señor Pedro Américo Tapia Méndez, este cumple con los requisitos legales para el cargo de Director de Sistema Administrativo III de la O fi cina de Asesoría Jurídica del PEIP Escuelas Bicentenario y que no cuenta con impedimento para trabajar en el Estado; Que, mediante el Informe 00035-2023-MINEDU/VMGI/ PEIP-EB/OPP, la Unidad de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable de disponibilidad presupuestal para el presente ejercicio fi scal a fi n de garantizar la sostenibilidad desde el mes de febrero de 2023, de una (01) plaza CAS de Con fi anza, bajo la denominación de Director de Sistema Administrativo III de la O fi cina de Asesoría Jurídica; Que, mediante el Informe 00024-2023-MINEDU/ VMGI-PEIP-EB/OAJ la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que de acuerdo con lo previsto en el Decreto Supremo Nº 119-2020-EF, el Manual de Operaciones del PEIP Escuelas Bicentenario, aprobado por Resolución Ministerial Nº 338-2020-MINEDU, la Ley N° 31419 y su Reglamento, resulta legalmente viable efectuar la designación del profesional que desempeñará el cargo de Director de Sistema Administrativo III de la O fi cina de Asesoría Jurídica del PEIP Escuelas Bicentenario; Con los vistos de la Unidad de Recursos Humanos y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; en el Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 075- 2008-PCM; en el Decreto de Urgencia Nº 021, Decreto de Urgencia que establece el modelo de ejecución de inversiones públicas a través de proyectos especiales de inversión pública y dicta otras disposiciones, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 119-2020-EF y sus modi fi catorias; y, en el Manual de Operaciones del Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario, aprobado por Resolución Ministerial Nº 338-2020-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Dar por concluida, la encargatura del señor Diego Fernando García Vizcarra como Director de Sistema Administrativo III de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario, efectuada mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 00088-2022-MINEDU/VMGI-PEIPEB-DIEJE, con efectividad al 08 de febrero de 2023, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Designar al señor Pedro Américo Tapia Méndez para desempeñar las funciones del cargo de confi anza de Director de Sistema Administrativo III de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario – PEIP Escuelas Bicentenario, a partir del 09 de febrero de 2023.Artículo 3°.- Notifi car la presente Resolución a las personas citadas en los artículos anteriores y a la Unidad de Recursos Humanos del Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario, para los fi nes correspondientes. Artículo 4°.- Encargar a la O fi cina de Tecnologías de Información la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional y en el Portal de Transparencia Estándar del Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario, el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese y comuníquese, publíquese.EDUARDO FRANCISCO PELAÉZ CRUZ DEL CASTILLODirector EjecutivoProyecto Especial de Inversión PúblicaEscuelas Bicentenario 2150187-1 Designan Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de Tecnologías de Información del Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA N° 00011-2023-MINEDU/VMGI/PEIP-EB/DIEJE Lima, 8 de febrero de 2023VISTOS:i) El Memorándum N° 00039-2023-MINEDU/VMGI/ PEIP-EB/DIEJE emitido por la Dirección Ejecutiva, ii) El Informe Nº 00021-2023-MINEDU/VMGI/PEIP-EB/OA-URH emitido por la Unidad de Recursos Humanos, iii) El Memorándum N° 000141-2023-MINEDU/VMGI/PEIP-EB/OA emitido por la O fi cina de Administración, iv) El Informe N° 00034-2023-MINEDU/VMGI/PEIP-EB/OPP emitido por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, iv) El Informe Nº 00023-2023-MINEDU/VMGI-PEIP-EB/OAJ emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 011-2020-MINEDU, se crea el Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario (en adelante PEIP Escuelas Bicentenario), con el objeto de ejecutar una cartera de inversiones constituida por setenta y cinco proyectos de inversión de las Instituciones Educativas de Lima Metropolitana y de las Instituciones Educativas Emblemáticas ubicadas en ocho departamentos y la Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 338-2020-MINEDU se aprobó el Manual de Operaciones del PEIP Escuelas Bicentenario (en adelante MOP del PEIP Escuelas Bicentenario), que establece en su artículo 2 que es un Proyecto Especial que cuenta con autonomía técnica, económica, fi nanciera y administrativa, en el marco del Decreto de Urgencia N° 021-2020; Que, de acuerdo a los artículos 7 y 8 del MOP del PEIP Escuelas Bicentenario, el Director Ejecutivo es la máxima autoridad administrativa del PEIP, responsable de la dirección y administración general, quien ejerce funciones ejecutivas, de administración y representación del PEIP, encontrándose entre sus funciones la de designar y remover a los titulares de los órganos del PEIP y puestos de con fi anza; Que, el numeral 9.2 del artículo 9 del Decreto Supremo N° 119-2020-EF, Reglamento de Proyectos Especiales de Inversión Pública en el marco del Decreto de Urgencia N° 021-2020, Decreto de Urgencia que establece el modelo de ejecución de inversiones públicas a través de proyectos especiales de inversión pública, regula los requisitos mínimos para ocupar los puestos de responsabilidad directiva que sean de libre designación y remoción;