TEXTO PAGINA: 34
34 NORMAS LEGALES Jueves 9 de febrero de 2023 El Peruano / Que, en el inciso 12) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú se establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE; y el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de Bélgica, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Enrique Chávez Basagoitia, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la Unión Europea y ante la Comunidad Europea de la Energía Atómica, con residencia en Bruselas, Reino de Bélgica. Artículo 2.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3.- La presente resolución no irrogará gasto alguno al pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ANA CECILIA GERVASI DÍAZ Ministra de Relaciones Exteriores 2150239-12 SALUD Modifican el Anexo 1-A de la Resolución Ministerial N° 280-2020/MINSA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 128-2023/MINSA Lima, 7 de febrero del 2023VISTOS; el Expediente N° 2022-0093217, que contiene los Memorándums N° D001458-2022-OGGRH-MINSA y N° D000009-2023-OGGRH-MINSA, emitidos por la O fi cina General de Gestión en Recursos Humanos, los Informes N° D000222-2022-OGGRH-OARH-EPP-MINSA y N° D000001-2023-OGGRH-OARH-EPP-MINSA emitidos por el Equipo de Programación y Presupuesto de la O fi cina de Administración de Recursos Humanos y el Informe N° D000054-2023-OGAJ/MINSA, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 de la Ley N° 30957, se autorizó el nombramiento progresivo como mínimo del veinte por ciento (20%) en el año 2019, de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y los gobiernos regionales y las comunidades locales de administración en salud (CLAS), que a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1153 tuvieron vínculo laboral, cumplieron con las condiciones y requisitos establecidos por el Ministerio de Salud para el mencionado nombramiento, no fueron incluidos en los procesos de nombramiento correspondientes a los años 2014 al 2018 y fueron identi fi cados en el marco de la disposición complementaria fi nal nonagésima octava de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; Que, a través del numeral 14.1 del artículo 14 del Decreto de Urgencia N° 016-2020, Decreto de Urgencia con el cual se establecen medidas en materia de los recursos humanos del Sector Público, se autorizó al Ministerio de Salud, sus organismos públicos, los gobiernos regionales y las comunidades locales de administración en salud (CLAS), la continuación del proceso de nombramiento de hasta el 40% (cuarenta por ciento) durante el año 2020, de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud, que resultaron aptos durante el proceso iniciado en el año 2019 en el marco de la Ley N° 30957, Ley que autoriza el nombramiento progresivo como mínimo del veinte por ciento (20%) de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud que a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1153 tuvieron vínculo laboral y fueron identi fi cados en el marco de la Disposición Complementaria Final Nonagésima Octava de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2018, y cumplieron con la condiciones y requisitos establecidos por el Ministerio de Salud para el mencionado nombramiento; Que, asimismo, el numeral 14.2 del artículo 14 del Decreto de Urgencia antes citado, dispuso que el Ministerio de Salud aprueba mediante Resolución Ministerial la relación nominal del total del personal que resultó apto durante el proceso iniciado en el año 2019 en el marco de la Ley N° 30957 y cumplieron con las condiciones y requisitos establecidos por el Ministerio de Salud; Que, en ese sentido, el Ministerio de Salud, mediante Resolución Ministerial N° 280-2020/MINSA, dispuso aprobar la relación nominal del total del personal que resultó apto durante el proceso iniciado en el año 2019 en el marco de la Ley Nº 30957, y cumplieron con las condiciones y requisitos establecidos por el Ministerio de Salud, conforme al numeral 14.2 del artículo 14 del Decreto de Urgencia N° 016-2020; que considera a su vez el 40% del personal de la salud que correspondía nombrarse en el ejercicio 2020; aprobando sus respectivos anexos 1-A y 1-B y el Cronograma - Proceso de Nombramiento Ley N° 30957; Que, con posterioridad a ello, mediante Resolución Ministerial N° 892-2020/MINSA, se dispone recti fi car los errores materiales contenidos en los Anexos 1-A (Relación Nominal del personal apto en el proceso de nombramiento Consolidado a Nivel Nacional por Unidades Ejecutoras, en sujeción a lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 016-2020) y 1-B (Relación Nominal del 40% a nombrar durante el ejercicio fi scal 2020, en sujeción a lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 016-2020) de la Resolución Ministerial N° 280-2020/MINSA, conforme a los términos señalados en los Anexos de la referida resolución ministerial; Que, asimismo, por Resolución Ministerial N° 1245- 2021/MINSA, se dispuso modi fi car el Anexo 1-A de la Resolución Ministerial N° 280-2020/MINSA, conforme anexo que forma parte integrante de dicha resolución ministerial, y que contiene la relación nominal del total del personal que resultó apto durante el proceso iniciado en el año 2019 en el marco de la Ley Nº 30957, y cumplieron las condiciones y requisitos establecidos por el Ministerio de Salud; Que, a su vez, por Resolución Ministerial N° 394- 2022/MINSA, se dispuso modi fi car el Anexo 1-A de la Resolución Ministerial N° 1245-2021/MINSA, conforme al anexo que forma parte integrante de aquella, que contiene la relación nominal del total del personal que resultó apto durante el proceso iniciado en el año 2019 en el marco de la Ley N° 30957, y cumplieron con las condiciones y requisitos establecidos por el Ministerio de Salud; Que, a través de los documentos de vistos, la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos señala lo siguiente: