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10 NORMAS LEGALES Viernes 10 de febrero de 2023 El Peruano / Organización y Funciones del CENFOTUR, a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de febrero del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República LUIS FERNANDO HELGUERO GONZÁLEZ Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2150625-3 Designan Directora General de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 041-2023-MINCETUR Lima, 8 de febrero de 2023CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director General de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, es necesario designar al funcionario que desempeñará dicho cargo; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419 y otras disposiciones; y, el Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora ISABEL EDITH MENDOZA NAVARRO, personal bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276, en el cargo de Directora General de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, con reserva de su plaza de carrera. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS FERNANDO HELGUERO GONZÁLEZ Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2150282-1 Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 042-2023-MINCETUR Lima, 8 de febrero de 2023VISTOS, el Informe Nº 0278-2022-MINCETUR/SG/ OGPPD/OPP y el Informe N° 0036-2023-MINCETUR/SG/OGPPD/OPP de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo; el Informe Nº 0009-2023-MINCETUR/SG/OGA/OAF/SDC y el Informe N° 0013-2023-MINCETUR/SG/OGA/OAF/SDC de la Sub Dirección de Contabilidad de la O fi cina de Administración Financiera; el Memorándum Nº 165-2023-MINCETUR/SG/OGA de la O fi cina General de Administración; y el O fi cio N° 001160-2022-CG/GAD de la Contraloría General de la República; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, esta Entidad es el Organismo Rector del Sector Comercio Exterior y Turismo, que forma parte del Poder Ejecutivo y constituye un pliego presupuestal con autonomía administrativa y económica de acuerdo a ley; Que, el segundo párrafo del artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la o fi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; Que, el tercer párrafo del citado artículo dispone que, las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo de consejo regional se publican el diario o fi cial El Peruano y el acuerdo del concejo municipal se publica en su página web; Que, por Resolución de Contraloría N° 237-2021- CG, la Contraloría General de la República aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, empresas prestadoras de servicios de saneamiento, universidades, empresas en liquidación bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), proyectos/ programas, y otras entidades sujetas al Sistema Nacional de Control distintas a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, a través del O fi cio N° 001160-2022-CG/GAD, el Gerente de Administración de la Contraloría General de la República solicita al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, efectúe la transferencia fi nanciera de la retribución económica para la contratación de la sociedad de auditoría que efectúe la auditoría fi nanciera gubernamental del período 2022 ascendente a la suma de S/ 149 530,00 (Ciento Cuarenta y Nueve Mil Quinientos Treinta y 00/100 Soles); asimismo, señala que, excepcionalmente, su representada podrá efectuar la transferencia del 50% de la retribución económica y por el otro 50% deberá adjuntar una previsión presupuestal con cargo al presupuesto institucional 2023, cuya transferencia debe efectuarse a más tardar en febrero del año 2023; Que, con Resolución Ministerial N° 242-2022-MINCETUR de fecha 15 de setiembre 2022, se aprueba una transferencia fi nanciera del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, hasta por la suma de S/ 74 765,00 (Setenta y Cuatro Mil Setecientos Sesenta y Cinco y 00/100 Soles) a favor del Pliego 019: Contraloría General para fi nanciar la retribución económica por la contratación de la Sociedad Auditora que tendrá a