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42 NORMAS LEGALES Domingo 19 de febrero de 2023 El Peruano / necesarias ante las entidades y/o mecanismos previstos en el mapeo de fuentes de fi nanciamiento detalladas en el Plan de Inversión, en consecuencia se recomienda que se siga el trámite regular para la aprobación de la citada estrategia regional; Que, habiéndose tratado en la Sesión Extraordinaria de Consejo Regional de fecha 26 de enero de 2023, el Oficio Nº 043-2023-GRH/GRPPAT del Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. El máximo Órgano Colegiado realiza algunas observaciones respecto a la Aprobación de la Estrategia Regional de Desarrollo Rural Bajo en Emisiones del departamento de Huánuco al 2030; por ello, acuerda tratar dicho tema en una próxima sesión extraordinaria; Que, con O fi cio Nº 000009-2023-GRH/GRDE de fecha 30 de enero de 2023, el Gerente Regional de Desarrollo Económico, remite al Consejo Regional la propuesta de mejora de la Estrategia Regional de Desarrollo Rural Bajo en Emisiones del departamento de Huánuco al 2030, en la cual realiza diversas modi fi caciones tanto en la estrategia regional, como en el proyecto de ordenanza regional, conforme a las observaciones planteadas en la sesión extraordinaria anterior; Que, habiéndose tratado en la Sesión Extraordinaria de Consejo Regional de fecha 30 de enero de 2023, el Ofi cio Nº 011-2023-GRH/GGR del Gerente General Regional (e) y el O fi cio Nº 000009-2023-GRH/GRDE del Gerente Regional de Desarrollo Económico. El máximo Órgano Colegiado aprueba mediante Ordenanza Regional la Estrategia Regional de Desarrollo Rural Bajo en Emisiones del departamento de Huánuco al 2030; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamenta materias de su competencia”; Estando a lo expuesto, conforme a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; el Reglamento Interno del Consejo Regional de Huánuco, y a lo dispuesto por el Pleno del Consejo Regional, con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta, aprueba por MAYORÍA la siguiente; ORDENANZA REGIONAL:Artículo Primero.- APROBAR, la Estrategia Regional de Desarrollo Rural Bajo en Emisiones del departamento de Huánuco al 2030 (ERDRBE Huánuco 2030), como Política Pública Regional, con el fi n de mejorar la calidad de vida de la población rural y reducir, detener y revertir la deforestación y degradación de los bosques amazónicos, para asegurar un desarrollo sostenible, inclusivo y competitivo. Artículo Segundo.- DECLARAR, de prioridad la implementación de la Estrategia Regional de Desarrollo Rural Bajo en Emisiones del departamento de Huánuco al 2030 y la gestión de los mecanismos adecuados para el fi nanciamiento de su Plan de Inversión. Artículo Tercero.- APROBAR, la creación de la Comisión Técnica Regional (CTM) de naturaleza permanente, encargada de coordinar y conducir la implementación y actualización de la Estrategia Regional de Desarrollo Rural Bajo en Emisiones en el departamento de Huánuco al 2030 (ERDRBE Huánuco 2030) integrado por un miembro Titular y Alterno de acuerdo a lo siguiente: a) Gobierno Regional Huánuco: Gerente General Regional, quien preside la CTR.Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. Gerente Regional de Desarrollo Económico.Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental. b) Municipalidades: Un (01) gobierno local que represente a la Provincia de Puerto Inca. Un (01) gobierno local que represente a la Provincia de Leoncio Prado.Un (01) gobierno local que represente a la Provincia de Huánuco. Un (01) gobierno local que represente a la Provincia de Pachitea. Un (01) gobierno local que represente a la Provincia de Dos de Mayo. Un (01) gobierno local que represente a la Provincia de Huamalíes. Un (01) gobierno local que represente a la Provincia de Huacaybamba. Un (01) gobierno local que represente a la Provincia de Marañón. c) Organizaciones de los pueblos indígenas: Dos (02) representantes de las organizaciones de los pueblos indígenas amazónicos presentes en la región. d) Instituciones Académicas: Universidad Nacional Hermilio Valdizán - UNHEVALUniversidad Nacional Agraria de la Selva - UNAS e) Instituciones y organizaciones privadas: Cámara de Comercio e Industrias de Huánuco.Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Leoncio Prado. Dos (02) representantes de las Mesas Técnicas Productivas Regionales. Un (01) representante de las Organizaciones no Gubernamentales sin fi nes de lucro (ONG). En relación a los gobiernos locales, la Municipalidad Provincial de Puerto Inca, la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado y la Municipalidad Provincial de Huánuco representarán a sus provincias; y los gobiernos locales que representen a las provincias de Pachitea, Dos de Mayo, Huamalíes, Huacaybamba y Marañón serán elegidos por los integrantes de su jurisdicción y según el ámbito de intervención de la ERDRBE Huánuco 2030. De ser necesario y si lo requiera la naturaleza del trabajo, previa aprobación de la Comisión Técnica Regional, podrá invitar a otras Unidades Orgánicas del GOREHCO; Gobiernos Locales, Instituciones; Entidades, Órganos y Programas del Sector Público Nacional y Desconcentrados; Sector Privado; Sociedad Civil; Instituciones Académicas, Organizaciones No Gubernamentales sin fi nes de lucro, entre otros. Artículo Cuarto.- FACULTAR, a la Comisión Técnica Regional (CTR) la formulación y aprobación de su reglamento interno. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, conducir el diseño participativo de la Unidad de Monitoreo de la ERDRBE Huánuco 2030, considerando todas sus dimensiones, procesos, resultados y aplicación de salvaguardas, entre otros aspectos necesarios; y coordinar su operación permanente como instrumento de gestión y para la evaluación del proceso. Artículo Sexto.- ENCARGAR, a las O fi cinas Sub Regionales de Desarrollo, en el marco de la Comisión Técnica y en colaboración con los gobiernos locales, incluyendo el nivel distrital y provincial, constituir e implementar espacios de articulación y coordinación público-privada para implementar la ERDRBE Huánuco 2030, asegurando la participación, con enfoque de género, de las comunidades y productores, e impulsando la constitución de juntas vecinales. Artículo Séptimo.- La Comisión Técnica Regional se instalará en el plazo máximo de treinta (30) días hábiles contados a partir de la publicación de la presente Ordenanza Regional, con los representantes titular y/o alterno que se hubiese designado según lo descrito en el Artículo Tercero. Artículo Octavo.- DISPONER, que deben participar en las sesiones que convoque la Comisión Técnica Regional, las y los miembros de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico y de la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales, Gestión del Medio Ambiente y Defensa Civil del Consejo Regional, quienes tendrán el carácter de invitados; a su vez, podrán participar en esta condición otros actores que resulten de importancia para su trabajo.