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35 NORMAS LEGALES Domingo 19 de febrero de 2023 El Peruano / juramentar de acuerdo con el procedimiento establecido en dicha norma. En el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones1 (en adelante, Reglamento) 1.4. El artículo 16 contempla: Artículo 16.- Sujetos obligados al uso de la Casilla electrónica Todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán noti fi cadas con los pronunciamientos o actos administrativos emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas habilitadas. En caso de que los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de su publicación en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo efectos legales a partir del día siguiente de su publicación. SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. Con el Acuerdo de Concejo Nº 001-2023-CM- MDS, del 4 de enero de 2023, el Concejo Distrital de Sama declaró la vacancia de la señora regidora electa debido a su fallecimiento. No obstante, se advierte que su deceso ocurrió el 24 de octubre de 2022, por lo que la señora regidora no juramentó ni asumió el cargo para el periodo de gobierno municipal 2023-2026. 2.2. Así las cosas, corresponde atender la solicitud presentada por el señor alcalde como una “convocatoria a candidato no proclamado por no haber juramentado el titular” (ver S.N. 1.2. y 1.3.); en consecuencia, debe dejarse sin efecto la credencial que le fuera otorgada y convocar al regidor que corresponda. 2.3. Conforme lo dispone el artículo 35 de la LEM (ver SN 1.2.), para completar el número de regidores, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, debe convocarse a don Wilbert Jesús Retamozo Gonzales, identi fi cado con DNI Nº 71525623, candidato no proclamado por la organización política Juntos por Tacna, a fi n de que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Sama, por el periodo de gobierno municipal 2023-2026. 2.4. Dicha convocatoria se realiza de conformidad con el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 25 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Tacna, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2.5. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse según lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.4.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a doña Victoria Angélica Machaca Vargas como regidora del Concejo Distrital de Sama, provincia y departamento de Tacna, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, por no haber juramentado ni asumido dicho cargo debido a su fallecimiento. 2. CONVOCAR a don Wilbert Jesús Retamozo Gonzales, identi fi cado con DNI Nº 71525623, a fi n de que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Sama, provincia y departamento de Tacna, por el periodo de gobierno municipal 2023-2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculta como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución Nº 0921-2021-JNE.Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.SALAS ARENASESPINOZA VALENZUELARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAMarallano Muro Secretaria General (e) 1 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano . 2153120-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Designan Jefe de la Oficina Regional 16 – Amazonas de la Dirección de Servicios Registrales del RENIEC RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000041-2023/JNAC/RENIEC Lima, 17 de febrero del 2023VISTOS: El Memorando Nº 000082-2023/SGEN/RENIEC (15FEB2023) de la Secretaría General, el Informe Nº 000060-2023/OPH/UGP/RENIEC (16FEB2023) de la Unidad de Gestión de Personal de la O fi cina de Potencial Humano y la Hoja de Elevación Nº 000047-2023/OPH/RENIEC (16FEB2023) de la O fi cina de Potencial Humano, y; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, es un organismo constitucionalmente autónomo, con personería jurídica de derecho público interno y goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y fi nanciera, conforme lo dispone el artículo 1º de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil – Ley 26497; Que el artículo 11º de la mencionada Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, establece que el Jefe Nacional es la máxima autoridad de la Institución, siendo su facultad designar y remover a los funcionarios que ocupan los cargos de con fi anza; Que en virtud de lo establecido en el numeral 2) del artículo 4º de la Ley Nº 28175 – Ley Marco del Empleo Público, el cargo de con fi anza es de libre designación y remoción; Que el literal a) del numeral 8.1 del artículo 8º de la Ley Nº 31638, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, faculta la designación en cargos de con fi anza conforme a los documentos de gestión de la entidad; Que en el Cuadro para Asignación de Personal – CAP Provisional del RENIEC, aprobado con Resolución Jefatural Nº 000199-2021/JNAC/RENIEC (30OCT2021) y actualizado mediante Resolución Gerencial Nº 000137-2022/GTH/RENIEC (05MAR2022) y con las Resoluciones de O fi cina Nº 000023-2022/OPH/RENIEC (30MAY2022), Nº 000073-2022/OPH/RENIEC (22JUN2022) y Nº 000143-2022/OPH/RENIEC (20JUL2022) y formalizadas las actualizaciones mediante Resolución Secretarial Nº 000148-2022/SGEN/RENIEC (30DIC2022), se ha