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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (19/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Domingo 19 de febrero de 2023 El Peruano / incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, o por resolución del titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución Política del Perú, o por Resolución de Consejo Directivo de los Organismos Reguladores, Resolución del órgano de dirección o del titular de los organismos técnicos especializados, según corresponda, Decreto Regional o Decreto de Alcaldía, según el nivel de gobierno respectivo. En caso contrario, su aprobación se realiza conforme el mecanismo establecido en el numeral 44.1. En ambos casos se publicará la modi fi cación según lo dispuesto por los numerales 44.2 y 44.3; Que, de acuerdo a la Ley del Procedimiento Administrativo General, todas las entidades públicas, como lo es la UNASAM, se encuentran obligadas de elaborar y aprobar su Texto Único de Procedimientos Administrativos, precisándose que debe contener todos los procedimientos de iniciativa de parte, siempre que esa exigencia cuente con respaldo legal; detallando los requisitos exigidos para la realización completa de cada procedimiento, establecer si el procedimiento de evaluacion previa le corresponde el silencio administrativo negativo o positivo, el pago de derechos de tramitación deberá ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la entidad; Que, el D.L. Nº 1203-2015 Decreto Legislativo que Crea el Sistema Único de Trámites (SUT) para la Simpli fi cación de Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad y los lineamientos establecidos en él, establece en su Art. 12º. De la publicación de los TUPA a través del SUT. Las entidades de la Administración Pública publican el TUPA a través del SUT como único repositorio ofi cial de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes contados desde el día siguiente de publicado la norma que aprueba o modi fi ca al TUPA en el diario o fi cial El Peruano de conformidad con lo dispuesto en el Art. 43 del TUO de la Ley Nº 27444. Que, en el presente caso, se advierte que la Dirección de Desarrollo Institucional y la Dirección General de Plani fi cación y Presupuesto, en calidad de responsable de la Administración del Sistema Único de Tramite (SUT) y conforme a sus atribuciones han elaborado el Texto Único de Procedimiento Administrativo – TUPA de la Entidad, Tarifario de pagos y Sustento técnico legal y de costos, considerando todas las exigencias requeridas por el T.U.O. de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, mediante O fi cio Nº 120-2022-UNASAM-OGPP- DD//D, de fecha 14 de diciembre de 2022, la Dirección Desarrollo Institucional – OGPP – UNASAM, solicita al Director (e) de la O fi cina General de Asesoria Jurídica de la UNASAM, el informe favorable y visación del TUPA 2023 – UNASAM, Tarifario de pagos 2023 y Sustento técnico legal y de costos; Que, mediante O fi cio Nº 121-2022-UNASAM-OGPP- DDI/D, de fecha 14 de diciembre de 2022, la Dirección Desarrollo Institucional – OGPP – UNASAM, solicita al Señor Rector de la UNASAM, elevar al Honorable Consejo Universitario la propuesta del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA – 2023, para su aprobación; Que, mediante Informe Legal Nº 0927-2022-UNASAM- OGAJ/J, de fecha 15 de diciembre de 2022, el Director (e) de la O fi cina General de Asesoria Jurídica de la UNASAM, emite opinión favorable a fi n de que se apruebe el Texto Único de Procedimiento Administrativo – TUPA de la UNASAM, Tarifario de pagos 2023 y Sustento técnico legal y de costos, conforme a la propuesta realizada por la Dirección de Desarrollo Institucional de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto-UNASAM, haciendo la devolución de los mismos debidamente visados; Que, en sesión extraordinaria de Consejo Universitario de fecha 22 de diciembre de 2022, vistos, el O fi cio Nº 120-2022-UNASAM-OGPP-DDI/D, de fecha 14 de diciembre de 2022, el O fi cio Nº 121-2022-UNASAM- OGPP-DDI/D, de fecha 14 de diciembre de 2022, y el Informe Legal Nº 0927-2022-UNASAM-OGAJ/J, de fecha 15 de diciembre de 2022, sobre Aprobación del Texto Único de Procedimiento Administrativo – TUPA de la UNASAM, Tarifario de pagos y Sustento Técnico Legal y de Costos, debatido el caso se acordó: por UNANIMIDAD, APROBAR el Texto Único de Procedimiento Administrativo – TUPA 2023 de la UNASAM, Tarifario de pagos 2023 y Sustento Técnico Legal y de Costos; De conformidad a lo prescrito en la Ley Universitaria Nº 30220, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 153º del Estatuto de la UNASAM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA 2023 de la UNASAM, que consta de 288 (Doscientos ochenta y ocho) folios y contiene, Sección Nº 1: Procedimientos Administrativos, Sección Nº 2: Servicios Prestados en Exclusividad, Sección Nº 3: Formularios y Sección Nº 4: Sedes de Atención, cuyo anexo obra en la unidad de trámite documentario y archivo central y está alojado electrónicamente en la URL: https://www.unasam.edu.pe/tupa/ Artículo 2º.- APROBAR el Tarifario de Pagos 2023 de la UNASAM, que consta de 20 (Veinte) folios. Artículo 3º.- APROBAR el Sustento Técnico Legal y de Costos del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA – 2023 de la UNASAM que consta de 265 (Doscientos sesenta y cinco) folios. Artículo 4º.- DEROGAR a partir de la fecha la Resolución de Consejo Universitario – Rector Nº 284-2022-UNASAM, de fecha 03 de mayo de 2022. Artículo 5º.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la entidad, en cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1203-2015, que crea el Sistema Único de Trámites (SUT) para la Simpli fi cación de Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad y establece en su Art. 12º la publicación de los TUPA a través del SUT, y lo dispuesto en el numeral 44.2 del Art. 44º del Decreto Supremo Nº 004-2019- JUS- Ley 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, debiendo adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de lo indicado. Artículo 6º.- DISPONER a los órganos competentes de la UNASAM dar estricto cumplimiento a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese.CARLOS ANTONIO REYES PAREJA Rector ALBERTO MARTIN MEDINA VILLACORTA Secretario General (e) * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2152692-1 Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann a México, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE GROHMANN RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 11005-2023-UNJBG Tacna, 14 de febrero de 2023VISTOS:El O fi cio N° 349-2023-OPEP/UNJBG, Proveídos Nº 1023-2023-REDO y Nº 507-2023-SEGE, Informe Nº 403-2023-UPP-OPEP/UNJBG, Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nota Nº 666, O fi cios N° 11 y 16-2023-PRHSA-FIAG/UNJBG, O fi cio N° 66-2022-VIIN- UN/JBG, Informe N° 56-2023-ININ-VIIN-UN/JBG, sobre autorización de viaje al exterior del MGR. FREDY CLETO