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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (28/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 59

59 NORMAS LEGALES Martes 28 de febrero de 2023 El Peruano / Ministerio del Ambiente para los fi nes de registro en los mecanismos de seguimiento a la implementación de los objetivos de desarrollo sostenible, de las políticas y normativa ambiental vigentes, la evaluación del desempeño ambiental local, así como su difusión vía el informe nacional del estado del ambiente. Artículo Séptimo.- DEJAR SIN EFECTO todo instrumento normativo que contravenga lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal. Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información, la publicación de la presente Ordenanza y su Anexo en el Portal Institucional estándar de la Municipalidad, (www.munilaperla.gob.pe) y el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.RODOLFO MARIANO ADRIANZEN CASTAÑEDA Alcalde 2155516-1 Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 01-2023-MDLP, que otorga beneficios tributarios y no tributarios para los contribuyentes que cumplan con sus obligaciones en la Municipalidad Distrital de La Perla DECRETO DE ALCALDÍA N° 002-2023-MDLP La Perla, 27 de febrero de 2023 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA. VISTO:El Informe N° 217-2023-SGCyRT-GATR/MDLP emitido por la Subgerencia de Control y Recaudación Tributaria con fecha 17 de febrero de 2023; el Informe Nº 0167-2023-GATR/MDLP emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas con fecha 24 de febrero de 2023; el Informe Nº 145-GAJ-MDLP emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica con fecha 24 de febrero de 2023; el Memorándum N° 294-2023-GM-MDLP emitido por la Gerencia Municipal con fecha 27 de febrero de 2023; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley N° 30305 – “Ley de Reforma Constitucional”, precisa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 29792 – Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, publicado el 11 de marzo de 2020, se declaró la Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendarios, el mismo que ha sido prorrogado hasta el 25 de febrero de 2023, en mérito al Decreto Supremo N°015-2022-SA. Dicha norma tiene como objeto establecer como país, la búsqueda del equilibrio entre la observancia de las medidas sanitarias que permitan enfrentar las graves circunstancias ocasionadas por la Pandemia COVID-19 y la reanudación de las actividades, de una forma más segura y sostenible; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la ley mediante decretos de alcaldía y por resoluciones de alcaldía resuelve los asuntos administrativos a su cargo; asimismo el artículo 42º del mismo cuerpo legal, indica que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 01-2023- MDLP publicado en el diario o fi cial “El Peruano” con fecha 15 de enero de 2023, se establecieron Bene fi cios Tributarios y No Tributarios para los contribuyentes que cumplan con sus obligaciones en la Municipalidad Distrital de La Perla; dicha ordenanza municipal se encuentra orientada al pago de años anteriores con una serie de bene fi cios establecidos, teniendo una vigencia hasta el 28 de febrero de 2023; Que, mediante la Segunda Disposición Final de la Ordenanza N° 01-2023-MDLP, el Concejo Municipal faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la adecuada aplicación de la referida Ordenanza, así como establecer la prórroga de la misma, si así fuera necesario; Que, mediante Informe N° 217-2023-SGCyRT- GATR-MDLP de fecha 17 de febrero de 2023, la Sub Gerencia de Control y Recaudación Tributaria remite el proyecto de Decreto de Alcaldía que prorroga la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 01-2023-MDLP hasta el 30 de abril del 2023, con la fi nalidad de mitigar la crisis generada a consecuencia de la Pandemia COVID-19, en la economía de los vecinos de La Perla; Que, mediante Memorándum N° 0167-2023-GATR/ MDLP de fecha 24 de febrero de 2023, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas emite opinión favorable al proyecto de Decreto de Alcaldía que prorroga la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 01-2023-MDLP hasta el 30 de abril del 2023; Que, mediante Informe N° 145-2023-GAJ-MDLP de fecha 24 de febrero de 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina por la procedencia de aprobar el Decreto de Alcaldía que prorroga la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 01-2023-MDLP hasta el 30 de abril del 2023; Que, mediante memorándum N° 294-2023-GM-MDLP de fecha 27 de febrero de 2023, Gerencia Municipal remite los actuados administrativos a Secretaria General para continuar con el trámite correspondiente; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza N° 01-2023-MDLP – Ordenanza que otorga bene fi cios tributarios y no tributarios para los contribuyentes que cumplan con sus obligaciones en la Municipalidad Distrital de La Perla, hasta el 30 de Abril del 2023. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas, Subgerencia de Control y Recaudación Tributaria, Subgerencia de Fiscalización Tributaria, Ejecutoría Coactiva, Secretaría General y demás dependencias de la Administración Municipal el estricto cumplimiento y difusión del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información, tomar acciones y/o medidas técnicas necesarias para la implementación en el Sistema Integrado de Gestión Municipal; la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad, (www.munilaperla.gob.pe) y el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.RODOLFO MARIANO ADRIANZEN CASTAÑEDA Alcalde 2155517-1