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20 NORMAS LEGALES Jueves 22 de junio de 2023 El Peruano / DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 26 786 012,00 (VEINTISÉIS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL DOCE Y 00/100 SOLES) a favor del Ministerio del Interior para fi nanciar el mantenimiento correctivo y la elaboración de estudios de preinversión para comisarías siniestradas; la adquisición de material de o fi cina, mobiliario, equipamiento tecnológico y de limpieza; los viáticos por cambio de colocación de efectivos policiales; y la ejecución de la inversión con CUI Nº 2255845 “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS POLICIALES DE LA COMISARIA PNP SANDIA C, DISTRITO DE SANDIA, PROVINCIA DE SANDIA, DEPARTAMENTO DE PUNO”; y hasta por la suma de S/ 5 140 594,00 (CINCO MILLONES CIENTO CUARENTA MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES) a favor de la Superintendencia Nacional de Migraciones para fi nanciar el reforzamiento de la infraestructura, el vestuario para la identi fi cación del personal, bienes y servicios para locales afectados, el mantenimiento correctivo para un vehículo, la contratación de locadores y su equipamiento respectivo en los Puestos de Control Fronterizo para el control, la veri fi cación y fi scalización migratoria en zonas cercanas a la frontera, y la ejecución de la inversión con CUI Nº 2449468 “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS MIGRATORIOS BRINDADOS POR EL PUESTO DE CONTROL FRONTERIZO KASANI - SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES - CENTRO POBLADO DE KASANI DEL DISTRITO DE YUNGUYO - PROVINCIA DE YUNGUYO - DEPARTAMENTO DE PUNO”; para reestablecer los servicios policiales y migratorios en el departamento de Puno, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : M. de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 28 893 681,00GASTO DE CAPITAL2.0 Reserva de Contingencia 3 032 925,00 =========== TOTAL EGRESOS 31 926 606,00 =========== A LA: En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 007 : M. del InteriorFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 24 746 119,00GASTO DE CAPITAL2.6 Adquisición de Activos No Financieros 2 039 893,00 SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 073 : Superintendencia Nacional de Migraciones FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 4 147 562,00GASTO DE CAPITAL2.6 Adquisición de Activos No Financieros 993 032,00 =========== TOTAL EGRESOS 31 926 606,00 ===========1.2 El detalle de los montos de la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 1.1 del presente artículo se detallan en el Anexo “Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor del Ministerio del Interior y de la Superintendencia Nacional de Migraciones”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de junio del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2189581-4 Resolución Ministerial que aprueba los Índices de Distribución del Canon Hidroenergético proveniente del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2022 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 221-2023-EF/50 Lima, 20 de junio del 2023CONSIDERANDO: Que, el artículo 77 de la Constitución Política del Perú dispone que corresponde a las respectivas circunscripciones, conforme a ley, recibir una participación adecuada del total de los ingresos y rentas obtenidos por el Estado en la explotación de los recursos naturales en cada zona en calidad de canon;