Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (29/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Jueves 29 de junio de 2023 El Peruano / tanto, resulta viable su designación en el citado cargo de con fi anza; Con el visto bueno de la Gerencia General, de la Unidad de Recursos Humanos y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 002- 2014- MIMP; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), aprobado por la Resolución de Presidencia N° D000052-2022-CONADIS-PRE; y, la Resolución Suprema N° 005-2023-MIMP; SE RESUELVE:Artículo 1.- DESIGNAR, al señor Ricardo Jiménez Pimentel, en el cargo de con fi anza de Asesor de la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS). Artículo 2.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución de Presidencia en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional de la Entidad (https://www.gob.pe/mimp/conadis). Regístrese, comuníquese y publíquese.SANDRA PILAR PIRO MARCOS PresidentaConsejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad 2191666-1 PRODUCE Formalizan el proceso de formulación de la Política Nacional de Pesca RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000219-2023-PRODUCE Lima, 28 de junio de 2023VISTOS: El O fi cio N° D000211-CEPLAN-PCD del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN; el Informe N° 00000309-2023-PRODUCE/ DGPARPA de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura; el Memorando N° 00000605-2023-PRODUCE/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe N° 00000223-2023-PRODUCE/OPM de la Ofi cina de Planeamiento y Modernización; y el Informe N° 00000844-2023-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 1 del artículo 4 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Poder Ejecutivo tiene la competencia exclusiva de diseñar y supervisar las políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno; Que, el numeral 2 del artículo 6 y el numeral 22.2 del artículo 22 de la Ley N° 29158, señalan que el Poder Ejecutivo ejerce las funciones de plani fi car, normar, dirigir, ejecutar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales de conformidad con las políticas de Estado; y que los Ministerios diseñan, establecen, ejecutan y supervisan políticas nacionales y sectoriales, asumiendo la rectoría respecto de ellas; Que, el numeral 6.1 del artículo 6 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1047, y el literal a) del numeral 6.1 del artículo 6 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, establecen como funciones rectoras, entre otras, formular, ejecutar y supervisar las políticas nacionales que le son propias, en el ámbito de sus competencias; Que, mediante el Decreto Supremo N° 029- 2018-PCM se aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales, cuyo objeto es regular las políticas nacionales de competencia exclusiva del Poder Ejecutivo, estableciendo las normas que rigen su rectoría, en el marco de la Ley N° 29158; Que, el numeral 6 de la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento que regula las Políticas Nacionales, dispone que con la opinión técnica previa del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, cada Ministerio aprueba mediante resolución de su titular la lista sectorial de políticas nacionales bajo su rectoría o conducción; Que, a través de Resolución Ministerial N° 301-2019-PRODUCE se aprueba la lista sectorial de las Políticas Nacionales bajo rectoría del Ministerio de la Producción; y se encarga la formulación de la Política Nacional de Pesca a la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura; Que, mediante la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00030-2023/CEPLAN/PCD, se aprueba la actualización de la Guía de Políticas Nacionales, cuyo acápite 9.1 señala que los ministerios deben formalizar el proceso de formulación de una Política nacional a través de una Resolución Ministerial del ministerio rector; Que, a través del O fi cio N° D000211-2023-CEPLAN- PCD, el CEPLAN remite el Informe Nº D000112-2023-CEPLAN-DNCP-CAA que contiene la opinión técnica sobre el análisis de pertinencia de la Política Nacional de Pesca, el cual se formuló bajo la metodología establecida en la Guía de Políticas Nacionales; y recomienda proceder con el inicio de la formulación de la referida Política Nacional; Que, mediante el Informe N° 00000242-2023-PRODUCE/DPO de la Dirección de Políticas y Ordenamiento de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, se sustenta que resulta viable formalizar el proceso de formulación de la Política Nacional de Pesca; Que, por el Memorando N° 00000605-2023-PRODUCE/ OGPPM, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo el Informe N° 00000223-2023-PRODUCE/OPM de la O fi cina de Planeamiento y Modernización, a través del cual se considera procedente continuar con el trámite de la Resolución Ministerial que formaliza el proceso de formulación de la Política Nacional de Pesca; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, a través del Informe N° 00000844-2023-PRODUCE/OGAJ, señala que resulta legalmente viable la emisión de la Resolución Ministerial que formaliza el proceso de formulación de la Política Nacional de Pesca; Que, contando con la opinión técnica previa del CEPLAN y de conformidad con el sustento anteriormente expuesto, resulta necesario emitir la Resolución Ministerial que formaliza el proceso de formulación de la Política Nacional de Pesca; Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modi fi catorias; el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su modi fi catoria; y, la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00030-2023/CEPLAN/PCD, que aprueba la actualización de la Guía de Políticas Nacionales;