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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (29/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Jueves 29 de junio de 2023 El Peruano / (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 6.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo recae en la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien asume la responsabilidad administrativa y coordinaciones operativas para el funcionamiento del Grupo de Trabajo Multisectorial; siendo responsable de llevar el registro de los acuerdos y toda la documentación que se genere; así como, de reportar periódicamente a la Presidencia. Artículo 7.- Subgrupos de Trabajo7.1 El Grupo de Trabajo Multisectorial, para el cumplimiento de su objeto y funciones, cuenta con tres (03) subgrupos de trabajo, los cuales se detallan a continuación: a) Subgrupo de Trabajo 1: “Desarrollo Minero Energético”, coordinado por el Ministerio de Energía y Minas. b) Subgrupo de Trabajo 2: “Desarrollo Social”, coordinado por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. c) Subgrupo de Trabajo 3: “Desarrollo Productivo”, coordinado por el Ministerio de la Producción. 7.2 Para el cumplimiento de sus funciones, el Grupo de Trabajo Multisectorial, en pleno, puede acordar la conformación de subgrupos de trabajo adicionales, según las necesidades que identi fi que. Artículo 8.- De la información, colaboración, asesoramiento, apoyo de profesionales El Grupo de Trabajo Multisectorial puede solicitar la colaboración, asesoramiento, apoyo, opinión y aporte técnico de representantes de diferentes entidades públicas y/o privadas del ámbito nacional e internacional; así como del Gobierno Regional y Gobiernos Locales que se encuentren en el ámbito de intervención, para lo cual puede convocar a los especialistas e instituciones que sean necesarios para la consecución de sus fi nes. Artículo 9.- Financiamiento Las entidades que conforman el Grupo de Trabajo Multisectorial sujetan el cumplimiento de sus funciones a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 10.- Instalación El Grupo de Trabajo Multisectorial se instala en un plazo máximo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 11.- Periodo de vigencia e Informe Final El Grupo de Trabajo Multisectorial tiene vigencia de hasta ciento ochenta (180) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano, plazo en el cual debe presentar un Informe Final al Titular de la Presidencia del Consejo de Ministros; no obstante se podrá ampliar su vigencia por acuerdo del pleno hasta el cumplimiento del objetivo del grupo de Trabajo. Artículo 12.- Publicación La presente Resolución Ministerial se publica en la sede digital del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem) y de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH Ministro de Energía y Minas 2191705-1MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Designan Asesor de la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° D000071-2023-CONADIS-PRE Lima, 28 de junio del 2023VISTOS:El Memorando N° D000178-2023-CONADIS-PRE, emitido por la Presidencia; el Proveído N° D001208-2023-CONADIS-GG, emitido por la Gerencia General; el Informe N° D00132-2023-CONADIS-URH, emitido por la Unidad de Recursos Humanos; el Memorando N° D000518-2023-CONADIS-OAD, emitido por la O fi cina de Administración; y, el Informe N° D000295-2023-CONADIS-OAJ, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad, la cual surte efecto a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia; Que, respecto a la contratación de personal directivo, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales, determina que el personal establecido en los numerales 1, 2, e inciso a) del numeral 3 del artículo 4 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público (Funcionario Público, Empleado de Con fi anza y Directivo Superior), contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 del referido decreto legislativo; siendo que este personal solamente puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la entidad; Que, a través de Resolución Ministerial N° 310- 2022-MIMP, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal (CAP Provisional) del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), el cual contempla el cargo estructural de Asesor/a en la Presidencia del CONADIS, considerado como cargo de confi anza; Que, al encontrarse vacante el cargo de con fi anza de Asesor/a de la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), resulta necesario designar a la persona que asumirá dicho cargo; Que, en el numeral 3.1 del Informe N° D000132- 2023-CONADIS-URH de fecha 09 de junio de 2023, la Unidad de Recursos Humanos sostiene que “la propuesta de designación de la señor Ricardo Jiménez Pimentel, en el cargo de Asesor de la Presidencia del CONADIS, resulta viable en la medida que cumple con los requisitos previstos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional aprobado con Resolución Ministerial N° 310-2022-MIMP y el Manual de Clasi fi cador de Cargos del CONADIS, aprobado con Resolución de Presidencia N° D000090-2022-CONADIS- PRE”; además, en el numeral 3.2 del citado informe, la unidad orgánica de apoyo en mención, conforme a lo dispuesto en el numeral 28.3 del artículo 28 del Reglamento de la Ley N° 31419, señala la referida profesional no tiene impedimentos para laborar en el sector público ; por