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86 NORMAS LEGALES Sábado 11 de marzo de 2023 El Peruano / N-5055, en el Registro, Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ENRIQUE MELGAR ROMARIONI Secretario General 2158920-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE PUNO Aprueban el Manual de Operaciones (MOP) del Programa Regional Puno Desarrolla DECRETO REGIONAL Nº 03-2023-GR PUNO/GR EL GOBERNADOR REGIONAL DE PUNOVistos, el Expediente Nº 443-2023-GR, sobre aprobación del Manual de Operaciones (MOP) del Programa Regional Puno Desarrolla; CONSIDERANDO:Que, de conformidad al artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, establece que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; constituyendo para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal con jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales, conforme a Ley; el artículo 192º en su inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, el artículo 10º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modi fi cada por la Ley Nº 27902, establece en el numeral 1, literal c) que, son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales formular y aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, el Artículo Primero de la Ordenanza Regional Nº 001-2023-GR PUNO/CRP, aprueba la modi fi cación del numeral 09 del artículo 15 del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Puno vigente, incorporando la creación del Programa Regional Puno Desarrolla, así mismo, en su Artículo Segundo se aprueba la incorporación del Artículo 122 que de fi ne las funciones generales del Programa Regional Puno Desarrolla; Que mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM y Decreto Supremo Nº 064-2021-PCM se aprueba los Lineamientos de Organización del Estado”, que regula los principios, criterios y reglas que de fi nen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las Entidades del Estado, y sus complementarias, busca que las entidades, conforme a su tipo, competencias funciones, se organicen de la mejor manera a fi n de responder a las necesidades públicas, en bene fi cio de la ciudadanía; Que, el Artículo 53 de los “Lineamientos de Organización del Estado”, establece que el Manual de Operaciones (MOP) es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza: a) La estructura funcional de los programas y proyectos especiales; b) La Estructura Orgánica al interior de los Órganos Desconcentrados cuando corresponda; y c) La Estructura Orgánica al interior de los Órganos Académicos cuando corresponda; Que, el Artículo 55 de los “Lineamientos de Organización del Estado”, dispone en el numeral 55.1 que la propuesta del Manual de Operaciones, se sustenta en un Informe Técnico elaborado por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga las veces, el cual justi fi ca su estructura y los mecanismos de control y coordinación; y, en un Informe Legal elaborado por la Ofi cina de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces que valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas en el MOP. Y en el numeral 55.2 señala que el MOP se aprueba por Decreto Regional, por el titular en caso de los Gobiernos Regionales; Con las visaciones de la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, O fi cina Regional de Asesoría Jurídica y la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Puno; y Estando al Informe Técnico Nº 031-2023-GR PUNO/ GRPPAT/SGMDI de la Sub Gerencia de Modernización y Desarrollo Institucional, Informe Nº 0011-2023-GR PUNO/GRPPAT de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Informe Legal Nº 093-2023-GR PUNO/ORAJ de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, Acta de Sesión de Directorio de Gerentes Regionales del Gobierno Regional Puno, e Informe Nº 44-2023-GR-PUNO-GGR de Gerencia General Regional; En mérito a las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Gobernador Regional del Gobierno Regional Puno; DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR, el Manual de Operaciones (MOP) del Programa Regional Puno Desarrolla, en mérito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Decreto Regional, el mismo que consta de tres (03) títulos, veinticuatro (24) artículos, dos (02) anexos, y que veintitrés (23) folios, forma parte del presente Decreto Regional. Artículo Segundo.- DISPONER, la publicación del presente Decreto Regional conforme establece la norma. Artículo Tercero.- COMUNICAR, el presente Decreto Regional a todas las dependencias involucradas y a los órganos técnicos y administrativos del Gobierno Regional de Puno. Dado en Puno, en la Sede del Gobierno Regional de Puno, a los seis días del mes de febrero del año dos mil veintitrés. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICHARD HANCCO SONCCO Gobernador Regional 2159204-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCON Aprueban el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Periodo 2024 del Distrito de Ancón ORDENANZA Nº 485-2023-MDA Ancón, 28 de febrero de 2023