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110 NORMAS LEGALES Viernes 31 de marzo de 2023 El Peruano / Control y Orientación al Contribuyente el cumplimiento y adecuación de lo dispuesto en el presente decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de esta norma en el diario o fi cial El Peruano; y a la Subgerencia de Tecnologías de la Comunicación y Soporte informático su publicación en el portal de esta entidad municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.DELIA NELLY CASTRO PICHIHUA Alcaldesa 2165444-1 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 345-MDSL/C, que establece Beneficio Tributario en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA N° 005-2023-MDSL/A San Luis, 27 de marzo de 2023 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTO: El Memorando N° 560-2023-MDSL-GM, de la Gerencia Municipal; el Informe Legal N° 107-2023-MDSL/GAJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, el Informe N° 0040-2023-MDSL/GSAT, de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria; respecto a prorrogar la vigencia de la Ordenanza N° 345-MDSL/C, hasta el 29 de abril de 2023, la misma que establece el Bene fi cio Tributario en el distrito de San Luis y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, desarrollado por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 39° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que: “(…) El alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la presente ley mediante decretos de alcaldía (…)”, asimismo, el artículo 42° de la ley citada, dispone que: “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo municipal”; Que, mediante Ordenanza N° 345-MDSL/C, publicada en el Diario O fi cial el peruano, el 25 de enero de 2023, se aprobó el Bene fi cio Tributario en favor de los contribuyentes del distrito de San Luis, disponiéndose en la Tercera de las Disposiciones Complementarias y Finales, facultar al alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda dictar las disposiciones necesarias para su correcta aplicación y aprobar la prórroga de su vigencia, de ser el caso; Que, con Informe N° 0040-2023-MDSL/GSAT, la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, sustenta la necesidad de prorrogar hasta el 29 de abril de 2023, la fecha de vencimiento del bene fi cio tributario otorgado a través de la Ordenanza N° 345-MDSL/C, recogiendo el Informe N° 075-2023-MDSL-GSAT-SGRCD, de la Subgerencia de Registro y Control de Deuda, a efectos de facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias a los contribuyentes San Luisinos, permitiéndose así que un mayor número puedan acogerse a los bene fi cios que determina la norma municipal antes citada;Estando a lo expuesto, y contando con opinión legal favorable expresada en el Informe N° 107-2023-MDSL-GAJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 42° y el numeral 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza N° 345-MDSL/C, hasta el 29 de abril de 2023, la misma que establece el Bene fi cio Tributario en el distrito de San Luis. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Subgerencias dependientes de dicha Unidad Orgánica; a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información; y, a la Sub Gerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal, el cumplimiento de la presente norma debiendo las demás dependencias orgánicas de la municipalidad, prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento. Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.RICARDO ROBERT PEREZ CASTRO Alcalde 2164696-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Prorrogan plazo de vigencia estipulado en la Ordenanza Nº 549/MDSMP, respecto a descuentos tributarios por pronto pago de cuotas del Impuesto Predial y de Arbitrios Municipales del año 2023 DECRETO DE ALCALDÍA N° 004-2023/MDSMP San Martín de Porres, 29 de marzo de 2023 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES; VISTOS; Informe N° 073-2023-SGRTyCD-GAT/ MDSMP de fecha 27 de marzo de 2023 emitido por la Sub Gerencia de Recaudación Tributaria y Control de la Deuda, Informe N° 307-2023-GAT-MDSMP de fecha 27 de marzo de 2023 emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, Informe N° 134-2023-GAJ-MDSMP de fecha 28 de marzo de 2023 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, Memorandum N° 363-2023-GM/MDSMP de fecha 28 de marzo de 2023, sobre la prórroga de la Ordenanza N° 549/MDSMP, Ordenanza que establece las fechas de vencimiento del pago de arbitrios municipales 2023 e incentivo por Pronto Pago del Ejercicio 2023”, y; CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, el artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que, el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante Decretos de Alcaldía; asimismo, el artículo 42° de la