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16 NORMAS LEGALES Jueves 4 de mayo de 2023 El Peruano / y Bibliotecas del Perú 2023”, conforme a las bases aprobadas mediante la presente resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de la publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.DIANA MARIA GUERRA CHIRINOS DirectoraDirección General de Industrias Culturales y Artes 2174213-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Disponen conformación de la Sección Peruana de la Unidad de Coordinación Binacional del Proyecto Binacional Puyango-Tumbes (UCB-PBPT) RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0140-2023-MIDAGRI Lima, 3 de mayo de 2023VISTOS:El Informe N° 086-2023-MIDAGRI-SG/OGPP-OCAI de la O fi cina de Cooperación y Asuntos Internacionales; el Informe N° 0065-2023-MIDAGRI-DVDAFIR/DGIHR-DGIIHR-ELBO de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego; y, el Informe N° 0459-2023-MIDAGRI-SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, establece que es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, ejerciendo competencia en las materias de tierras de uso agrícola y de pastoreo, tierras forestales tierras eriazas con aptitud agraria; agricultura y ganadería; recursos forestales y su aprovechamiento sostenible; fl ora y fauna silvestre; sanidad, inocuidad, investigación, extensión, transferencia de tecnología y otros servicios vinculados a la actividad agraria; recursos hídricos; riego, infraestructura de riego y utilización de agua para uso agrario e infraestructura agraria; Que, el numeral 2 del artículo 6 de la referida Ley, establece como funciones generales de este Ministerio, las funciones técnico-normativas que, comprende, entre otras, aprobar disposiciones normativas de su competencia, así como las demás que señale la ley; Que, mediante la Cláusula Segunda del documento denominado “Convenio Especí fi co para el desarrollo del Proyecto Binacional Puyango-Tumbes y la ejecución de sus obras comunes en el marco de la gestión integrada de los recursos hídricos transfronterizos”, en adelante el Convenio Especí fi co, suscrito el 22 de marzo de 2017, en la ciudad de Quito, República del Ecuador, entre el entonces Ministerio de Agricultura y Riego del Perú - MINAGRI, ahora Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI, y la entonces Secretaría del Agua del Ecuador - SENAGUA, hoy Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica - MAATE, se creó la Unidad de Coordinación Binacional del Proyecto Binacional Puyango-Tumbes (UCB-PBPT), cuyo propósito es elaborar el estudio de factibilidad, diseño de fi nitivo y ejecución de obras comunes y supervisión/ fi scalización del Proyecto, a través de la contratación de consultorías especializadas y constructoras; Que, la Cláusula Tercera del Convenio Especí fi co establece que la UCB-PBPT está integrada por las autoridades titulares de SENAGUA y MINAGRI (hoy MAATE y MIDAGRI), quienes podrán actuar a través de sus propios delegados, los cuales serán asistidos, al menos, por cuatro (4) miembros por cada país, debidamente acreditados; señala además, que los delegados ministeriales y los miembros técnicos de la UCB-PBPT, llevarán a cabo funciones por el tiempo de cinco (5) años, pudiendo ser reemplazados; asimismo, la Cláusula Cuarta establece como función y atribución de las autoridades titulares de las partes o sus delegados, según corresponda: “a) Nombrar a cada uno de sus delegados, miembros técnicos de la UCB-PBPT y miembros de los Grupos Técnicos de apoyo de cada país”; Que, conforme a la normativa señalada, mediante Resolución Ministerial N° 0391-2022-MIDAGRI, de fecha 26 de septiembre 2022, se designa a los miembros ministeriales y miembros técnicos de la Unidad de Coordinación Binacional del Proyecto Binacional Puyango – Tumbes (UCB-PBPT) por parte del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI, derogándose las Resoluciones Ministeriales N° 0146-2017-MINAGRI; N° 0061-2018-MINAGRI; N° 225-2018-MINAGRI y N° 0473-2018-MINAGRI; Que, mediante OF.RE (SUD) N° 2-9-B/176, el encargado de la Dirección de América del Sur del Ministerio de Relaciones Exteriores informa al Director General de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego, que la Embajada del Ecuador en el Perú ha hecho llegar la conformación de la Sección Ecuatoriana de la Unidad de Coordinación Binacional del Proyecto Binacional Puyango-Tumbes (UCB-PBPT), según la cual, el Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica del Ecuador (MAATE) es la entidad responsable, y por tanto, contraparte del MIDAGRI; Que, mediante Informe N° 0065-2023-MIDAGRI- DVDAFIR/DGIHR-DGIIHR-ELBO la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego justi fi ca la necesidad de la reconformación de la UCB-PBPT, Sección Peruana, señalando que ante la actual conformación de la UCB-PBT, Sección Ecuatoriana, que incluye miembros de nivel ministerial, se requiere la reconformación de la UCB-PBPT, Sección Peruana que incluya miembros con el mismo nivel de decisión que su contraparte del Ecuador y sugiere una estructura de reconformación de sus miembros; Que, mediante Informe N° 0086-2023-MIDAGRI- SG/OGPP-OCAI la O fi cina de Cooperación y Asuntos Internacionales de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, sustenta la necesidad de modi fi car la referida Resolución Ministerial N° 0391-2022-MIDAGRI, proponiendo una nueva conformación que incluya el nivel ministerial y viceministerial de manera que los niveles de representación de la UCB-PBPT - Sección Peruana sean similares a la UCB-PBPT Sección Ecuatoriana, lo que facilitaría la toma de decisiones debido al equilibrio de los cargos de representación en ambas secciones nacionales; Con los vistos del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; del Secretario General; de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI; RESUELVE:Artículo 1.- Disponer la conformación de la Sección Peruana de la Unidad de Coordinación Binacional del Proyecto Binacional Puyango-Tumbes (UCB-PBPT), como sigue: N° MIEMBRO TITULAR MIEMBRO ALTERNO MIEMBRO TECNICO 1 Ministro/a de Desarrollo Agrario y Riego.Viceministro/a de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego del MIDAGRIRepresentante del Concejo de Recursos Hídricos de Cuenca Tumbes (GORE Tumbes)