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28 NORMAS LEGALES Jueves 4 de mayo de 2023 El Peruano / de la Ley N° 31189, Ley para fortalecer la prevención, mitigación y atención integral de la salud afectada por la contaminación por metales pesados y otras sustancias químicas; con un enfoque territorial, de derechos humanos, intercultural y de género. Artículo 2.- Finalidad El presente Reglamento tiene por fi nalidad fortalecer los mecanismos de articulación y respuesta oportuna de los sectores del Poder Ejecutivo, gobiernos regionales y gobiernos locales en la prevención, mitigación y remediación de la contaminación por metales pesados y otras sustancias químicas, así como de promoción, atención integral y reducción de riesgos y daños a la salud de las personas expuestas, garantizando los derechos a la salud, a un ambiente saludable y a la participación ciudadana, especialmente de poblaciones vulnerables. Artículo 3.- Ámbito de aplicación y alcances Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento son de obligatorio cumplimiento para las entidades del Poder Ejecutivo, los gobiernos regionales, gobiernos locales, así como para los establecimientos del sector Salud, y personas cuyas competencias y actividades se vinculan o tienen incidencia en la prevención y mitigación de la exposición, y en la atención integral de salud de la población expuesta a metales pesados y otras sustancias químicas. Artículo 4.- De fi niciones operativas y acrónimos 4.1. De fi niciones operativas Para los fi nes del presente Reglamento, se entiende por: 4.1.1. Abordaje multisectorial Acciones de articulación interinstitucional e intergubernamental que realizan las entidades públicas, privadas y mixtas competentes, cualquiera sea el sector, para el cuidado de la salud y el ambiente, identi fi cación de factores determinantes de riesgo al ambiente y para la salud de las personas por exposición a metales pesados y otras sustancias químicas. 4.1.2. Atención de la salud de la persona afectada por metales pesados y otras sustancias químicas Provisión de prestaciones y atenciones de salud individual y colectiva para la prevención de enfermedades, recuperación y rehabilitación de la salud, que incluye cuidados paliativos, así como prestaciones de salud pública, con el fi n de promover, mantener y restablecer el estado de salud de las personas afectadas en su salud por la exposición a metales pesados y otras sustancias químicas; bajo las modalidades de oferta fi ja, oferta móvil y telesalud, por los establecimientos de salud del Ministerio de Salud, gobiernos regionales, Seguro Social de Salud (EsSalud), Sanidades de las Fuerzas Armadas, Sanidad de la Policía Nacional del Perú, y establecimientos de salud privados y mixtos. 4.1.3. ContaminaciónIntroducción o incremento de sustancias químicas u otros elementos físicos en el ambiente por fuentes naturales o antrópicas, por encima de los límites máximos permisibles y estándares de calidad ambiental, que provocan que este sea inseguro o no apto para la salud humana. Los límites máximos permisibles y estándares de calidad ambiental se determinan por la normatividad vigente y, de no existir, se emplean de manera referencial los establecidos por la Organización Mundial de la Salud, de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, y de otras organizaciones de Derecho Internacional Público. 4.1.4. Cuidado de la saludAcción de proteger, cautelar y preservar, de manera empática, el derecho a la salud de los individuos, el entorno familiar y la comunidad en que vive; acciones que pueden ser realizadas por las personas, las organizaciones, la sociedad o el Estado, considerando la vulnerabilidad diferenciada por edad, etnia, género y condición económica. 4.1.5. Determinantes de la salud Son las circunstancias en que las personas son concebidas, nacen, crecen, viven, trabajan y envejecen, incluido el sistema de salud, y son causas de gran parte de las inequidades en salud entre los países y dentro de cada país. Resume el conjunto de factores sociales, políticos, económicos, biológicos, ambientales y culturales que ejercen gran in fl uencia en el estado de la salud. Estos resultan de la distribución de poder, los ingresos y bienes y servicios; las circunstancias que rodean la vida de las personas, tales como su acceso a la atención sanitaria, la escolarización y la educación; sus condiciones de trabajo y ocio; y la habitabilidad interna, la habitabilidad externa, el género, las condiciones de los ecosistemas, la cultura, la lengua materna y las creencias ancestrales de los pueblos indígenas u originarios. La acción sobre los determinantes de la salud frente a la contaminación ambiental por metales pesados y otras sustancias químicas es un reto del Estado para un trabajo multisectorial e interinstitucional a todo nivel de gobierno. 4.1.6. Enfoque basado en Derechos HumanosComprende un conjunto de normas jurídicas nacionales e internacionales, principios éticos ejercidos individual e institucionalmente, así como políticas públicas aplicadas por el Estado que involucran a actores públicos y privados, empoderando a los/las titulares de los derechos en la capacidad de ejercerlos y exigirlos. Se concreta en actitudes que llevan a la práctica el ideal de la igual dignidad de todas las personas, promoviendo cambios en las condiciones de vida de las poblaciones más vulnerables. El enfoque basado en derechos humanos incluye los principios rectores sobre empresas y derechos humanos: proteger, respetar y remediar. El enfoque basado en derechos humanos considera la responsabilidad política, jurídica y ética de los agentes del Estado para hacer cumplir y generar las condiciones de ejercicio pleno de la ciudadanía y de los Derechos humanos. Por ello, para incorporar este enfoque se requiere interpretar y analizar la realidad de los seres humanos a partir de su reconocimiento como titulares de derechos. Este enfoque asume que los derechos son inherentes a todos los seres humanos, se fundan en el respeto de la dignidad de la persona humana y son interrelacionados, interdependientes e indivisibles. El enfoque se basa en las normas internacionales, desde las cuales se establecen estándares que permiten hacer operativa su protección y promoción. El enfoque basado en derechos humanos pone énfasis en identi fi car las variables o contenidos de los derechos, su titular y garante y la ruta de acceso que lo hace efectivo. Por lo tanto, desde el enfoque basado en derechos humanos, los planes, las políticas y los procesos de desarrollo están anclados en un sistema de derechos y de los correspondientes deberes establecidos por el Derecho Internacional. Ello contribuye a promover la sostenibilidad de la labor de desarrollo reconociendo su diversidad, potenciar la capacidad de acción efectiva de la población, especialmente de los grupos más marginados, los cuales deben poder participar activamente en la formulación de políticas y hacer responsables a los que tienen la obligación de actuar. Reconoce que el objetivo principal de toda acción en el marco de este Reglamento está dirigida al reconocimiento de la dignidad de las personas y a la realización de los derechos humanos. A partir de dicha consideración, en el marco del presente Reglamento, el proceso de colaboración con los órganos de las entidades y organismos estatales de todos los sectores y niveles de gobierno, y de ser el caso el proceso de colaboración con los órganos de los sistemas de protección internacional de