Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MAYO DEL AÑO 2023 (04/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Jueves 4 de mayo de 2023 El Peruano / partir de dicha publicación corresponde a los Gobiernos Regionales adecuar las disposiciones contenidas en su respectivo TUPA, pudiendo en cualquier caso fi jar un plazo menor de atención, menores requisitos o una cali fi cación de los procedimientos más bene fi ciosa a los derechos de los administrados; así como, los Ministerios se obligan a actualizar periódicamente la citada relación, cuando se establezcan nuevos procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad o se produzcan modi fi caciones en su denominación, requisitos, plazo máximo de atención y cali fi cación; Que, la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, solicita se de cumplimiento a la obligación prevista en la citada Segunda Disposición Complementaria Final de los Lineamientos, para aprobar mediante Resolución Ministerial la relación de procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad a cargo de las Direcciones Regionales Agrarias o los órganos que hagan sus veces en los Gobiernos Regionales, considerando que existe un marco regulatorio de competencia de este Sector que requiere ser comprendido en el TUPA de los Gobiernos Regionales; Que, en el marco de lo dispuesto en los artículos 87 y 88 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del MIDAGRI, aprobado por Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI, la Dirección General de Saneamiento de la Propiedad Agraria y Catastro Rural, es el órgano de línea encargado de promover el saneamiento físico legal y la formalización de la propiedad agraria, asimismo, tiene la función de proponer y elaborar planes, estrategias, normas, directivas, lineamientos y estándares; así como supervisar la normativa en materia de saneamiento físico legal y formalización de la propiedad agraria y de los procesos derivados de la actividad catastral a cargo de los Gobiernos Regionales y Locales; Que, en atención a ello, el referido órgano de línea, con el Memorando N° 054-2023-MIDAGRI-DVPSDA/DIGESPACR y el O fi cio N° 0294-2023-MIDAGRI- DVPSDA/DIGESPACR, remite los Informes Nos. 012-2023-MIDAGRI-DVPSDA/DIGESPACR-CRRG y 027-2023-MIDAGRI-DVPSDA/DIGESPACR-CRRG, mediante los cuales propone y sustenta la relación de procedimientos administrativos del Sector Agrario y Riego, derivados del Reglamento de la Ley N° 31145; los cuales han sido validados en su oportunidad por la Comisión Multisectorial de Análisis de Calidad Regulatoria; Que, a través del Memorando Nº 0574-2023-MIDAGRI- SG-OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo y remite el Memorando N° 0099-2023-MIDAGRI-SG/OGPP-OM de la O fi cina de Modernización, el cual señala, que ha revisado el proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la relación de procedimientos administrativos, incluyendo su denominación, plazo máximo de atención y cali fi cación, cuyo contenido ha sido consensuado con la Dirección General de Saneamiento de la Propiedad Agraria y Catastro Rural, y se formula en cumplimiento de la mencionada Segunda Disposición Complementaria Final de los Lineamientos, por lo que emite opinión favorable para su trámite de aprobación; Que, estando a lo expuesto, es necesario aprobar la relación de procedimientos administrativos a cargo de los Entes de Formalización Regional de los Gobiernos Regionales, derivados del Reglamento de la Ley N° 31145; así como la derogación de la Resolución Ministerial N° 0478-2013-AG; Con las visaciones del Viceministro de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario, del Secretario General, del Director General de la Dirección General de Saneamiento de la Propiedad Agraria y Catastro Rural, de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Decreto Legislativo N° 1310, Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de simpli fi cación administrativa; la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2018-PCM/SGP, que aprueba los Lineamientos para la elaboración del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la relación de procedimientos administrativos a cargo de los Entes de Formalización Regional de los Gobiernos Regionales, derivados del Reglamento de la Ley N° 31145, Ley de saneamiento físico legal y formalización de predios rurales a cargo de los Gobiernos Regionales, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2022-MIDAGRI, que, en Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que los Gobiernos Regionales adecúen su Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA a lo establecido en la presente Resolución Ministerial, pudiendo de ser el caso, fi jar un plazo menor de atención o menores requisitos en los procedimientos administrativos. Artículo 3.- Disponer que la Dirección General de Saneamiento de la Propiedad Agraria y Catastro Rural, efectúe el seguimiento y monitoreo de la actualización e incorporación de los procedimientos administrativos a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos - TUPA de los Gobiernos Regionales. Artículo 4.- Derogar la Resolución Ministerial N° 0478-2013-MINAGRI, que aprueba la relación de los procedimientos administrativos derivados del Decreto Legislativo N° 1089 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2008-VIVIENDA. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), así como en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), el mismo día de la publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y comuníquese.NELLY PAREDES DEL CASTILLO Ministra de Desarrollo Agrario y Riego 2174476-1 Aprueban relación de servicios catastrales prestados en exclusividad a cargo de los Entes de Formalización Regional de los Gobiernos Regionales previstos en el Reglamento de la Ley N° 31145, Ley de saneamiento físico legal y formalización de predios rurales a cargo de los Gobiernos Regionales, y dictan diversas disposiciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0142-2023-MIDAGRI Lima, 3 de mayo de 2023 VISTOS:Los O fi cios Múltiples Nos. D000016-2021-PCM- SGP y D000031-2022-PCM-SGP, de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; el Memorando N° 220-2023-MIDAGRI- DVPSDA, del Despacho Viceministerial de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario; el Memorándum N° 054-2023-MIDAGRI-DVPSDA/DIGESPACR y el O fi cio N° 0294-2023-MIDAGRI-DVPSDA/DIGESPACR, de la Dirección General de Saneamiento de la Propiedad Agraria y Catastro Rural; los Memorandos Nos. 1858-2022-MIDAGRI-SG/OGPP y 0574-2023-MIDAGRI- SG-OGPP, de la O fi cina General de Planeamiento y