Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MAYO DEL AÑO 2023 (10/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 114

TEXTO PAGINA: 114

114 Miércoles 10 de mayo de 2023 El Peruano / PROYECTO Artículo 17°.- Cuotas de la deuda 17.1. Esta deuda podrá ser materia de fraccionamiento en los plazos y condiciones siguientes: a) La cuota inicial no podrá ser inferior en ningún caso, al diez por ciento (10%) de Ia deuda acogida. b) Las cuotas de amortización no podrán ser menores a un diez por ciento (10%) de la UIT vigente a la fecha de la solicitud de fraccionamiento. c) El número de cuotas se otorgará como máximo hasta sesenta (60) cuotas mensuales según el monto de la deuda, como plazo máximo de fraccionamiento. HASTA UIT N° CUOTAS FRACCIONADA 19 21 8 32 6 43 4 54 0 64 8 75 0 85 3 95 7 10 a más 60 17.2. El cálculo de la primera cuota, el interés se computará desde el día siguiente de la emisión de la Resolución que concede el Fraccionamiento hasta el día del primer pago. 17.3. Para las cuotas posteriores el interés se calculará desde el día siguiente del último pago efectuado hasta el día de pago de la siguiente cuota, y así sucesivamente. Artículo 18°.- Vencimiento de las cuotas mensuales Las cuotas mensuales de fraccionamiento vencerán el último día hábil de cada mes, teniendo en cuenta que el vencimiento de la primera cuota se establecerá el último día hábil del mes siguiente al de la aprobación del mismo. CAPÍTULO VII PÉRDIDA DEL BENEFICIO DE FRACCIONAMIENTO Artículo 19°.- Pérdida del bene fi cio de fraccionamiento 19.1. El administrado perderá el bene fi cio de fraccionamiento por el incumplimiento total o parcial de dos cuotas sucesivas o alternadas en un año calendario. El pago efectuado fuera de plazo del vencimiento previsto para cada cuota se considerará como un incumplimiento total. 19.2. Se perderá el bene fi cio del fraccionamiento cuando el administrado interponga algún recurso administrativo y/o judicial contra la resolución que impuso la multa sujeta al pago fraccionado. 19.3. La pérdida del fraccionamiento será declarada por resolución de la Gerencia de Administración de la ONPE y tendrá como efecto el vencimiento de todos los plazos, siendo exigible el saldo pendiente de pago, procediendo a la continuación del procedimiento de cobranza coactiva o dará lugar al inicio de las acciones de cobranza judicial, para lo cual la Gerencia de Administración de la ONPE procederá con el inicio de las acciones de cobranza judicial de corresponder, en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles remitiéndole a la Secretaría General de la ONPE la Resolución de Pérdida de Fraccionamiento el cargo de noti fi cación y la liquidación de la deuda con el recálculo de los intereses respectivos, a fi n de que se remita al Ejecutor Coactivo y/o a la Procuraduría Pública de la ONPE, según corresponda.ANEXO 01 FORMATO DE SOLICITUD DE BENEFICIO DE FRACCIONAMIENTO I. DATOS DEL ADMINISTRADO APELLIDOS Y NOMBRES / DENOMINACIÓN O RAZON SOCIAL DOCUMENTO DE IDENTIDADRUC TELEFONO (Fijo/ Celular) CORREO ELECTRÓNICO DOMICILIO (Av., Calle, etc.) DISTRITO PROVINCIA DEPARTAMENTO REPRESENTANTE LEGAL (Apellidos y nombres)DOCUMENTO DE IDENTIDAD PARTIDA REGISTRAL N° OFICINA REGISTRAL II. DATOS RELACIONADOS CON LA MULTA N° RESOLUCIÓN DE SANCIONDOCUMENTO DE INFRACCIÓNEXPEDIENTE COACTIVO N° DE EXP. DE LA SOLICITUD DE DESISTIMIENTO AL RECURSO PRESENTADO Cualquier otra información relevante: ……………………………… …………………………………………………… III. PROPUESTA DE FRACCIONAMIENTO O APLAZAMIENTO FRACCIONAMIENTOPROPUESTAS DE CUOTAS (36 cuotas como máximo)CUOTA INICIAL (10%) Cualquier otra información relevante: ……………………………… …………………………………………………… IV. DOCUMENTOS A ADJUNTAR MARCAR ADJUNTA DOCUMENTO SI NO Copia simple de desistimiento de proceso administrativo o cualquiera que haya sido interpuesto por el solicitante, en contra de la decisión administrativa de la ONPE que impone la multa. Documento adicional de acuerdo al artículo 9 del Reglamento del bene fi cio de fraccionamiento por deudas de sanciones aplicadas por la O fi cina Nacional de Procesos Electorales _________________________________________ FIRMA DEL ADMINISTRADO / REPRESENTANTE LEGAL DNI N° 1 Es una herramienta iterativa que sistematiza el proceso de evaluación de problemas públicos y ayuda a estructurar la re fl exión respecto a este tema, con el propósito de realizar diversos análisis que permitan la toma de decisiones con base en evidencia. (https://www.gob.pe/22241-analisis-de-impacto-regulatorio-ex-ante-air) 2 Artículo 137.- Procedimiento para efectivizar las sanciones -RFSFP 2175737-1