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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MAYO DEL AÑO 2023 (10/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 114

TEXTO PAGINA: 100

100 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de mayo de 2023 El Peruano / MIMP, modi fi cado por Decreto Supremo N° 004-2017- MIMP y normas conexas; Que, el intercambio de experiencias con diversos actores genera que el voluntariado tenga crecimiento exponencial, emergiendo con ello nuevas formas y actores claves en la promoción y ejecución de acciones de voluntariado. Todo despliego de voluntariado, de acuerdo al sustento de la norma descrita, contribuye a que los servicios del Estado lleguen a mayor número de ciudadanos/as y de esta manera coadyuve a la optimización de los servicios que son ofrecidos, apostando a brindarlos en forma oportuna y e fi ciente, creando con ello mayor capital social; Que, conforme al artículo 3° del Decreto Legislativo N° 1294 que modi fi ca la Ley N° 28238, Ley General del Voluntariado, señala que el registro de voluntariado es declarativo y no constitutivo de derechos, por tanto, no limita la realización de acciones de voluntariado a quienes no cuenten previamente con la inscripción en el registro, pudiendo la Municipalidad ejecutar de manera inmediata el Programa en tanto sustancie el registro correspondiente; Que, a través del Informe N° 030-2023-GDH- MDCLR de fecha 17 de marzo de 2023, la Gerencia de Desarrollo Humano de acuerdo al marco normativo legal vigente, considera legalmente viable la aprobación del proyecto de Ordenanza que crea el Programa Municipal de Voluntariado en el Distrito de Carmen de la Legua Reynoso. Por lo cual remite el Proyecto de Ordenanza e informes técnicos de los antecedentes a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, para continuar con el trámite correspondiente; Que, con Informe Técnico N° 005-2023-SGPPMI- GPP/MDCLR de fecha 27 de marzo de 2023, la Sub Gerencia de Planeamiento y Programación Multianual de Inversiones, concluye viable la implementación del Programa Municipal de Voluntariado y eleva los actuados a la Gerencia de Asesoría Jurídica para su opinión legal; Que, mediante Informe N° 164-2023-MDCLR/GAJ de fecha 13 de abril de 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina viable la aprobación del proyecto de Ordenanza que Crea el Programa Municipal de Voluntariado en el Distrito de Carmen de la Legua Reynoso; Que, con Memorando N° 113-2023-GM/MDCLR de fecha 13 de abril de 2023, la Gerencia Municipal, recomienda que se remita los actuados a la Secretaría General en relación al Proyecto de Ordenanza que crea el Programa Municipal de Voluntariado en el Distrito de Carmen de la Legua Reynoso, para ser elevado a Sesión de Concejo; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8° del artículo 9° y el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias, el Concejo Municipal, luego del debate, por UNANIMIDAD y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE CREA EL PROGRAMA MUNICIPAL DE VOLUNTARIADO EN EL DISTRITO DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO CAPÍTULO I GENERALIDADES Articulo Primero. - OBJETO La presente Ordenanza tiene por objeto crear y regular el Programa Municipal de Voluntariado en el Distrito de Carmen de la Legua Reynoso, estableciendo el marco normativo e institucional que promuevan las iniciativas de voluntariado a nivel local, promoviendo la participación conjunta de las personas, organizaciones e instituciones de la sociedad civil con la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso. Articulo Segundo. - FINALIDAD La fi nalidad de esta Ordenanza consiste en promover la articulación estratégica de las diferentes intervenciones de voluntariado en el distrito, tomando como referencia lo dispuesto en la Ley N° 28238, Ley General del Voluntariado, su reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N°003-2015-MIMP y normas conexas.Articulo Tercero. - ÁMBITO El ámbito de aplicación de la presente Ordenanza comprende toda labor o actividad de voluntariado que se desarrolle en el distrito de Carmen de la Legua Reynoso y que sea realizada por una persona natural u organización de voluntariado. Lo dispuesto en la presente ordenanza es de aplicación a todos los órganos y unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua, los servidores, independientemente del régimen laboral al que pertenezcan o modalidad contractual en la que presten servicios a la institución, para las organizaciones de voluntariado que se vinculen con la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua y Reynoso, así como para los voluntarios de los programas de la Municipalidad o que vinculen con esta, en lo que fuese aplicable. Articulo Cuarto. - DEFINICIONESa) Bene fi ciario: Las personas naturales destinatarios de la acción del voluntario. b) Coordinador de Voluntariado: Es la persona encargada de liderar, coordinar, gestionar y evaluar el voluntariado municipal. c) Jornadas de voluntariado: Horas de acción voluntaria destinada para labores solidarias y altruistas. d) Promotor de Voluntariado Municipal: Son las personas encargadas de liderar, coordinar y gestionar las iniciativas de voluntariado, desde las distintas Gerencias y Unidades Orgánicas de la municipalidad. e) Voluntariado: Labor o actividad realizada sin fi nes de lucro, en forma gratuita y sin vínculos ni responsabilidad contractual, comprendiendo actividades de interés general para la población, siendo prestado por una persona natural, peruana o extranjera, u organización de voluntariado y en ningún caso dicha actividad es realizada en forma remunerada ni sustituye o complementa al trabajo o servicios que presten o deban prestar el personal de la Municipalidad. f) Voluntario: Persona natural mayor de edad y jurídica u organización de voluntarios, que realiza labores propias del voluntariado, de conformidad con el artículo 2 de la Ley General de Voluntariado. CAPÍTULO II ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Articulo Quinto.- DEL PROGRAMA MUNICIPAL DE VOLUNTARIADO EN CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO El Programa Municipal de Voluntariado en Carmen de la Legua Reynoso es un espacio municipal articulación para la participación social y trabajo conjunto con personas naturales o jurídicas, organizaciones e instituciones promotoras de acciones voluntarias en el distrito a favor de la comunidad. Articulo Sexto. - FUNCIONES DEL PROGRAMA MUNICIPAL DE VOLUNTARIADO EN CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO Las funciones del Programa Municipal de Voluntariado en Carmen de la Legua Reynoso, siendo las siguientes: a) Promover la participación de la ciudadanía en acciones de voluntariado. b) Promover la articulación de las distintas instituciones con intervenciones de voluntariado en la jurisdicción del distrito. c) Fomentar adecuadas intervenciones de voluntariados en el distrito. d) Promover alianzas entre las instituciones y organizaciones para lograr intervenciones estratégicas de voluntariado en el distrito. e) Impulsar iniciativas de capacitación y gestión de conocimiento para el desarrollo estratégico de los voluntariados en la jurisdicción del distrito. f) Otras, que contribuyan al desarrollo integral de los voluntarios y que no contravengan los principios legales vigentes en el país.