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101 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de mayo de 2023 El Peruano / Artículo Séptimo.- COMPONENTES ESTRATÉGICOS El Programa Municipal de Voluntariado de Carmen de la Legua Reynoso tiene dos componentes estratégicos: a) Instancia de Articulación Estratégica de Voluntariado Distrital b) Programa Voluntariado Municipal. CAPÍTULO III INSTANCIA DE ARTICULACIÓN ESTRATÉGICA DE VOLUNTARIADO DISTRITAL Artículo Octavo. - INSTANCIA DE ARTICULACIÓN ESTRATÉGICA DE VOLUNTARIADO DISTRITAL. La Instancia de Articulación Estratégica de Voluntariado Distrital de Carmen de la Legua Reynoso es la instancia de articulación, coordinación, asistencia técnica y seguimiento de las políticas, lineamientos y estrategias de los distintos voluntariados promovidos dentro de la jurisdicción distrital. Articulo Noveno. – MIEMBROS DEL COMITÉ La Instancia de Articulación Estratégica de Voluntariado Distrital se encuentra conformada por: a) El alcalde de la Municipalidad, como presidente; b) El Gerente de Desarrollo Humano; c) Subgerente de Participación Ciudadana;d) Subgerente de Gestión del Riesgo de Desastres; e) Gerentes y Subgerentes que aplican a las acciones de voluntariado; f) Representante de la Dirección de Voluntariado del MIMP; g) Representantes de Instituciones u organizaciones que promueven voluntariados; h) Coordinador del Voluntariado Municipal, como Secretario Técnico; i) Promotores del Voluntariado Municipal de las unidades orgánicas; j) Cualquier otro miembro designado por el presidente. Cada integrante del Comité de la Instancia de Articulación Estratégica de Voluntariado Distrital puede nombrar un representante alterno para que lo represente. Articulo Décimo.- FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DEL COMITÉ a) De fi nir planes estratégicos y de acción para las distintas intervenciones conjuntas en materia de voluntariado dentro de la jurisdicción de Carmen de la Legua Reynoso. b) Aprobar y Participar en la elaboración del Plan Anual del Programa Distrital. c) Asistir técnicamente a los planes del Voluntariado Municipal. d) Aprobar el Informe Anual del Programa de Voluntariado Distrital. e) Evaluar y emitir opinión técnica sobre el Informe Anual de Resultados del Voluntariado de la Municipalidad y vigilar su remisión al MIMP. f) Sugerir nuevos programas o modalidades de voluntariado dentro de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso. g) Invitar a expertos, especialistas y organizaciones vinculadas al voluntariado para ilustrar e informar sobre la materia. h) Rati fi car el Reglamento del Programa de Voluntariado. i) Promover buenas prácticas en materia de ejecución de voluntariados a nivel distrital. j) Otras funciones que se deriven de sus competencias. CAPÍTULO IV SOBRE EL PROGRAMA MUNICIPAL DE VOLUNTARIADO Articulo Décimo Primero.- DEL PROGRAMA MUNICIPAL DE VOLUNTARIADO El Programa Municipal de Voluntariado es el programa operativo de voluntariado gestionado por la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso en el marco de sus funciones y competencias, de carácter público, que promueve la labor altruista y la participación de los ciudadanos y ciudadanas en el distrito. Este programa está a cargo de la Gerencia de Desarrollo Humano. Artículo Décimo Segundo.- PRINCIPIOS, DERECHOS, BENEFICIOS Y DEBERES DE LOS VOLUNTARIOS. Los principios, derechos, bene fi cios y deberes de los voluntarios son los consagrados en los artículos 3, 8, 9 y 10 del Reglamento de la Ley General del Voluntariado, respectivamente. Adicionalmente, los voluntarios tienen el deber de informar inmediatamente al Coordinador de Voluntariado de cualquier hecho o circunstancia que vulnere los principios, derechos, bene fi cios y deberes referidos. Articulo Décimo Tercero.- JORNADA La jornada mínima de la acción de voluntariado es de tres (03) horas diarias, de conformidad con el artículo 7 del Reglamento de la Ley General del Voluntariado. La jornada máxima es de cinco (05) horas diarias y quince (15) semanales. El voluntario sólo podrá acudir a un máximo de tres (03) jornadas semanales. En el caso de que el voluntariado se realice de manera virtual o remota, será necesaria la coordinación y autorización previa del responsable del programa de Voluntariado la jornada mínima de la acción de voluntariado es de una (01) hora diaria. La jornada máxima es de cinco (05) horas diarias y quince (15) semanales. Artículo Décimo Cuarto.- DE LA ESTRUCTURA Y FUNCIONES 1. ALCALDE DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO a) Presidir el programa de voluntariado durante la asamblea anual. b) Representar el programa de voluntariado ante instituciones aliadas externas. c) Monitorear y supervisar la propuesta de Plan Anual de Acción de Voluntariado a ser presentado ante el Comité. 2. GERENCIA DE DESARROLLO HUMANO a) Dirigir, proponer y articular los planes, estrategias y proyectos del Programa Municipal de Voluntariado. b) Acompañar en la ejecución de las actividades del voluntariado. 3. EL/LA COORDINADOR/A DE VOLUNTARIADO Es la persona encargada de liderar, coordinar, gestionar y evaluar el voluntariado municipal. El/la Coordinador/a de Voluntariado, tiene las siguientes funciones: a) Diseñar, ejecutar, monitorear y supervisar el voluntariado municipal. b) Diseñar, ejecutar y monitorear el Plan Anual de voluntariado municipal. c) Proponer planes de voluntariado a los órganos y unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso. d) Recoger planes de voluntariado elaborados por los órganos y unidades orgánicas de la Municipalidad acorde a sus competencias. e) Brindar asistencia técnica en materia de voluntariado a los demás órganos y unidades orgánicas de la Municipalidad. f) Realizar el seguimiento y evaluación de las actividades de voluntariado a los demás órganos y unidades orgánicas de la Municipalidad. g) Reportar mensualmente a la Gerencia de Desarrollo Humano sobre el cumplimiento de sus actividades, hechos y acontecimientos de relevancia que se pudiesen suscitar. h) Elaborar y custodiar el registro de voluntarias/os, así como el registro de altas y bajas, de conformidad con el artículo 13.5 del Reglamento de la Ley General del Voluntariado.