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103 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de mayo de 2023 El Peruano / 18 de abril de 2023, emitido por la Gerencia Municipal, sobre “DECLARAR EN EMERGENCIA EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS EN VEHICULOS MENORES DEL DISTRITO DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO” CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú advierte que “(…) Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordantes con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972; Que, el artículo 41° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades señala “Los acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, conforme al literal b) del artículo 18° de la Ley N° 27181 – Ley General de Transporte y Transito, establece que las municipalidades distritales ejercen competencia sobre el transporte menor en materia de transito: la gestión y fi scalización, dentro de su jurisdicción, en concordancia con las disposiciones que emita la municipalidad provincial respectiva y los reglamentos nacionales pertinentes. Asimismo, el literal a) del mismo cuerpo normativo señala en materia de transporte: en general, que los reglamentos nacionales y las normas emitidas por la Municipalidad Provincial respectiva señalan en particular, la regulación del transporte menor (mototaxis y similares); Que, el numeral 3 del artículo 81° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que es competencia de las Municipalidades Distritales establecer la nomenclatura y señalización de calles y vías de acuerdo con la regulación provincial y en coordinación con la municipalidad provincial. Así como, otorgar licencias para la circulación de vehículos menores y demás, de acuerdo con lo establecido en la regulación provincial; Que, mediante Informe N° 092-2023-SGT-GSCT/ MDCLR, la Subgerencia de Transporte recomienda la declaratoria de emergencia del servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores hasta que se apruebe un nuevo estudio técnico del Plan Regulador para la determinación de paraderos y capacidad de fl ota de vehículos menores en el distrito de Carmen de la Legua Reynoso; Que, el precitado Informe se fundamenta en el excesivo incremento de la informalidad lo cual produce el desorden y el caos en la circulación de los vehículos menores, así como el aumento antitécnico de paraderos otorgados a diversas empresas en el año 2022, el incremento de vehículos menores en las empresas sin autorización de la autoridad municipal; todo ello atenta contra la seguridad ciudadana, no contando con una normatividad actualizada acorde a la realidad del distrito Que, con informe N° 037-2023-GSCT/MDCLR, la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Transporte recomienda declarar en emergencia el servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores, por lo cual solicita a la Gerencia de Asesoría Jurídica que emita opinión legal, para su trámite correspondiente; Que, con Informe N° 171-2023-MDCLR/GAJ de fecha 17 de abril de 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina favorablemente por la declaración de emergencia del servicio de transporte público a través de vehículos menores con el objeto de que la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua adopte acciones administrativas urgentes e inmediatas, con la autorización del Concejo Municipal, debiendo proceder con el trámite correspondiente para la aprobación del Acuerdo de Concejo; Que, a través del Memorando N° 119-2023-GM/ MDCLR de fecha 18 de abril de 2023, la Gerencia Municipal, recomienda que se remita los actuados a la Secretaría General en relación a la propuesta para declarar en emergencia el transporte público en vehículos menores, para ser elevado a la Sesión de Concejo; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, con la aprobación por UNANIMIDAD, de los señores regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se; ACUERDA:Articulo Primero.- DECLARAR en Emergencia Administrativa el Servicio de Transporte Público en vehículos menores del Distrito de Carmen de la Legua Reynoso, por un plazo de 90 días, con el objeto de hacer las reformas, cambios y reorganizaciones que fueran necesarios para optimizar sus recursos y funciones. Artículo Segundo.- AUTORÍCESE el mismo plazo a la Gerencia Municipal para que apruebe la ejecución de los planes, normas, proyectos o convenios y demás acciones administrativas necesarios para solucionar la problemática que motiva la emergencia. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal efectué todas las acciones pertinentes a fi n de dar cumplimiento al presente Acuerdo de Concejo. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Seguridad Ciudadana y Transporte y a la Sub Gerencia de Transporte, el fi el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo, procediendo conforme a sus atribuciones acorde a ley. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Sexto.- DISPONER que la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información, cumpla con realizar la publicación del presente Acuerdo de Concejo en la Página Web del Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.EDWARDS JAVIER INFANTE LÓPEZ Alcalde 2175805-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO Ordenanza que aprueba el “Reglamento del Proceso de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) de San Antonio” ORDENANZA MUNICIPAL Nº 014-2023-MDSA EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO POR CUANTO:El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de San Antonio, Provincia Mariscal Nieto, Región Moquegua; en Sesión Ordinaria Nº 008-2023-CM/MDSA celebrada el 27 de abril del 2023, conforme a las facultades establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y demás normas complementarias; VISTOS:El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de San Antonio en Sesión Ordinaria Nº 008-2023-CM/MDSA de fecha 27 de abril del 2023; Vistos: Informe Nº 019-2023-SHC-E/OGPP/GM/MDSA de fecha 31 de marzo del 2023, Informe Nº 062-2023-KYVC-RP/OGPP/