Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MAYO DEL AÑO 2023 (10/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 114

TEXTO PAGINA: 112

112 Miércoles 10 de mayo de 2023 El Peruano / PROYECTO 4.6. Cuota de Amortización. - Monto obtenido de dividir, el importe de la deuda fraccionada deduciendo previamente la cuota inicial, entre el número de cuotas, por las que se concede el fraccionamiento. 4.7. Cuota de Fraccionamiento. - Cuota constituida por el monto de la cuota de amortización y su interés de fraccionamiento. 4.8. Interés de Fraccionamiento. - Interés que se establece sobre las cuotas de amortización, por su pago diferido y en la forma establecida en el presente Reglamento. 4.9. Deuda Administrativa. - Está constituida por la multa, los intereses que esta genere, derivada de una sanción impuesta por la ONPE. 4.10. UIT. - Unidad Impositiva Tributaria vigente en la fecha de presentación de la solicitud de fraccionamiento. 4.11. Solicitud de fraccionamiento. - Documento físico mediante el cual el administrado, solicita acogerse al bene fi cio de fraccionamiento. 4.12. Resolución que aprueba el fraccionamiento. - Acto administrativo mediante el cual la Gerencia de Administración aprueba la solicitud presentada por el administrado para acceder al bene fi cio de fraccionamiento, el mismo que contiene el cronograma de pagos. 4.13. GAD. - Gerencia de Administración de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales. 4.14. Exigibilidad del pago de la deuda administrativa. - Desde el día siguiente a la fecha en que la resolución administrativa haya quedado fi rme o agotado la vía administrativa, ocasionando el cobro de la multa más los intereses legales correspondientes. CAPÍTULO II ÁMBITO DE APLICACIÓN Articulo 5°.- Deudas sujetas al bene fi cio de fraccionamiento 5.1. Multas por sanciones de carácter pecuniario, impuesta por la ONPE, a los sujetos comprendidos en la Ley de Organizaciones Políticas y el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios. 5.2. Multa cuya resolución administrativa ha quedado fi rme y/o se haya agotado la vía administrativa, respecto a la cual no se ha iniciado el procedimiento de cobranza judicial o ejecución coactiva, según corresponda. 5.3. Multa cuya resolución administrativa ha quedado fi rme y/o se haya agotado la vía administrativa, respecto a la cual se ha iniciado el procedimiento de cobranza judicial o ejecución coactiva, según corresponda. Artículo 6°.- Multas no sujetas al bene fi cio de fraccionamiento 6.1. Cuando la multa hubiera sido materia de descuento. 6.2. Cuando la multa ha sido materia de fraccionamiento y se ha declarado la pérdida del bene fi cio. 6.3. Las multas impuestas a administrados a quienes se les haya declarado la pérdida de fraccionamiento de otras multas en la ONPE, dentro del término de dos (2) años calendarios anteriores a la formulación de la solicitud. 6.4. Cuando la multa se encuentra en cobranza coactiva con medida cautelar en forma de retención bancaria efectiva sobre las cuentas del administrado, informada por una entidad bancaria o fi nanciera. CAPÍTULO III PLAZOS DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE FRACCIONAMIENTO Artículo 7°.- Plazos para presentar la solicitud de fraccionamiento 7.1. Los obligados que presenten su solicitud, a partir de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de notifi cación de la resolución de sanción, siempre y cuando no se haya presentado recurso administrativo o se haya desistido de éste. 7.2. Los obligados que presenten su solicitud, a partir de los diez (10) días hábiles 2 siguientes a la fecha de notifi cación del proceso de efectivización por parte de la Gerencia de Administración de la ONPE, siempre y cuando no se haya presentado recurso administrativo o se haya desistido de éste. 7.3. Dentro de un procedimiento de cobranza judicial a través de la Procuraduría Publica en cualquier momento antes de su conclusión. 7.4. Si la multa ha sido impugnada judicialmente, se puede presentar la solicitud de fraccionamiento siempre que el administrado acredite el desistimiento de la pretensión impugnada. CAPÍTULO IV DE LA SOLICITUD DE FRACCIONAMIENTO Articulo 8.- De la solicitud de fraccionamiento La solicitud para acceder al fraccionamiento debe ser dirigida a la Gerencia de Administración de la ONPE, conteniendo la siguiente información: 8.1. En el caso de Organización Política:a) Denominación de la organización política. b) Número de la Partida Registro Electrónica o Asiento Registral donde conste la inscripción de la persona jurídica. c) Partida registral de otorgamiento de poder del representante legal, de ser el caso. d) Número de Registro Único de Contribuyente – RUC, hallado y habido, de ser el caso. e) Domicilio del administrado o del representante legal, de ser el caso. f) Nombres, apellidos y número del Documento Nacional de Identidad (DNI) u otro documento de identi fi cación del representante legal. g) Número de cuotas y plazo por el que solicita el fraccionamiento, a que se re fi ere el Artículo 17° del presente Reglamento. h) Número de la resolución que impuso o con fi rmó la multa, indicando su fecha de noti fi cación y la multa o multas respecto de las cuales se solicita el fraccionamiento. 8.2. En caso de Candidatos, Candidatas, Promotor o Autoridades sujetas a Consulta Popular de Revocatoria: a) Nombres y apellidos completos del administrado y del representante legal, de ser el caso. b) Número del DNI u otro documento de identi fi cación del administrado y del representante legal, de ser el caso. c) Domicilio procesal del administrado o del representante legal, de ser el caso. d) Número de cuotas y plazo por el que solicita el fraccionamiento a que se re fi ere el Artículo 17° del presente Reglamento. e) Número de la resolución que impuso o con fi rmó la multa, indicando su fecha de noti fi cación y la multa o las multas respecto de las cuales se solicita el fraccionamiento. Artículo 9°.- De la documentación adjunta a la solicitud La solicitud para acogerse al fraccionamiento deberá adjuntar lo siguiente: 9.1. En el caso de Organización Política:a) Ficha de inscripción del Registro Único del Contribuyente (RUC). b) Copia del Documento Nacional de Identidad del representante legal. c) Certi fi cado de Vigencia de poder del representante legal, con una antigüedad no mayor a tres (3) meses. d) Formato de solicitud de bene fi cio de fraccionamiento (ANEXO 01) en este caso, señalar la propuesta de número de cuotas de fraccionamiento de acuerdo al numeral 17.1 del presente Reglamento.