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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MAYO DEL AÑO 2023 (17/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de mayo de 2023 El Peruano / incremento de los niveles de con fi anza en el Estado y cumplir con los objetivos de reforma y modernización del Estado; Que, el artículo 84 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, señala que la Dirección General de Ciudadanía Intercultural es el órgano de línea encargado del diseño y la ejecución de políticas integrales de interculturalidad, de defensa, protección y promoción de los derechos de los pueblos indígenas y el pueblo afroperuano, promoviendo la pluralidad étnica y cultural, construyendo una ciudadanía intercultural y combatiendo la discriminación étnico-racial en coordinación con entidades públicas y privadas; Que, el artículo 88 del ROF del Ministerio de Cultura establece que la Dirección de Diversidad Cultural y Eliminación de la Discriminación Racial es la unidad orgánica encargada de formular, implementar y supervisar, en el marco de las competencias de Cultura, los programas que contribuyan a eliminar la discriminación étnico-racial y que promuevan una ciudadanía intercultural, fomentando el diálogo entre los distintos grupos culturales del Perú, sobre la base del respeto y la valoración positiva de la diversidad, con miras a la construcción de una sociedad cohesionada y de una cultura de paz en el país; Que, al respecto, a través del Memorando N° 000162- 2023-DGCI/MC y el Informe N° 000096-2023-DGCI/MC, la Dirección General de Ciudadanía Intercultural remite los Informes N° 000038-2023-DEDR/MC y N° 000039-2023-DEDR/MC, respectivamente, elaborados por la Dirección de Diversidad Cultural y Eliminación de la Discriminación Racial, por los cuales se propone la estrategia “Perú sin Racismo” del 2023; Que, mediante Memorando N° 000176-2023-VMI/MC, el Despacho Viceministerial de Interculturalidad brinda opinión favorable respecto al proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la estrategia denominada “Perú sin Racismo” del 2023, la cual tiene como fi nalidad fomentar el respeto y la valoración de nuestra diversidad cultural para contribuir a reducir prácticas de discriminación étnico-racial en la ciudadanía; Que, mediante el Memorando Nº 000513-2023- OGPP/MC, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el informe Nº 000075-2023-OPL/MC de la O fi cina de Planeamiento, en el que emite opinión favorable a la propuesta de estrategia, la que se encuentra enmarcada a los lineamientos del Sector, a través de su vinculación con las Políticas Nacionales y Planes estratégicos vigentes; Que, mediante el Memorando N° 000037-2023-OP/ MC, la O fi cina de Presupuesto señala que mediante Ley N° 31728, Ley que aprueba Créditos Suplementarios para el Financiamiento de mayores gastos en el marco de la Reactivación Económica, a favor de diversos Pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y dicta otras medidas, se asignó recursos a favor del Ministerio de Cultura para excepcionalmente fi nanciar intervenciones que contribuyan a la seguridad pública a través del Plan “Rescatarte”, en el cual se encuentra programada la estrategia “Perú sin Racismo”; Que, estando a lo expuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo que aprueba le estrategia “Perú sin Racismo” del 2023; Con los vistos del Despacho Viceministerial de Interculturalidad, de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la estrategia “Perú sin Racismo” del 2023 Aprobar la estrategia “Perú sin Racismo” del 2023, con alcance nacional, con especial énfasis en las regiones con altos índices de criminalidad e inseguridad ciudadana y elevados índices discriminación étnico-racial, que, como anexo, forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Implementación de la estrategia “Perú sin Racismo” del 2023 La implementación de la estrategia “Perú sin Racismo” del 2023 está a cargo de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural, en coordinación con los órganos competentes del Ministerio, para lo cual articula y establece alianzas con entidades públicas y privadas, representantes de los pueblos indígenas u originarios, del pueblo afroperuano y otros grupos étnicos, asociaciones culturales y entidades académicas. El Viceministerio de Interculturalidad aprueba las normas complementarias, en coordinación con las áreas competentes correspondientes, a efecto de impulsar la implementación de la Estrategia “Perú sin Racismo” del 2023. Artículo 3.- Plan de actividades La Dirección de Diversidad y Eliminación de la Discriminación Racial propone e implementa el Plan de actividades de la estrategia “Perú sin Racismo” del 2023. La Dirección General de Ciudadanía Intercultural en un plazo de treinta (30) días hábiles, contado desde la entrada en vigencia de la presente resolución, aprueba el Plan de actividades. Artículo 4.- Seguimiento y evaluación Encargar a la Dirección General de Ciudadanía Intercultural la elaboración de reportes de seguimiento y evaluación de la implementación de la estrategia “Perú sin Racismo” del 2023, los cuales son remitidos periódicamente al Despacho Viceministerial de Interculturalidad. Artículo 5.- Financiamiento La aplicación de lo dispuesto en la presente resolución se fi nancia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Cultura, que incluye los recursos incorporados en el marco del numeral 33.1 del artículo 33 de la Ley N° 31728, Ley que aprueba créditos suplementarios para el fi nanciamiento de mayores gastos en el marco de la reactivación económica, a favor de diversos pliegos del gobierno nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, y dicta otras medidas. Artículo 6.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Ministra de Cultura 2178214-1 Retiran la condición de bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico Conchopata Sector C ubicado en el distrito de Andrés Avelino Cáceres, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 000121-2023-VMPCIC/MC San Borja, 12 de mayo del 2023VISTOS: el pedido de retiro de condición de Patrimonio Cultural de la Nación presentado por la Asociación Provivienda Magisterial; el Informe Nº 000254-2023-DGPA/MC de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble; el Informe Nº 000731-2023-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y,