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11 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de mayo de 2023 El Peruano / “Normas para el registro de información en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público”; Que, el artículo 12 de la acotada Directiva señala como requisito para la actualización de datos laborales y datos de ingresos de los registros del personal activo de los regímenes de los Decretos Legislativos N° 276 y N° 728, Ley N° 30057 y carreras especiales, la presentación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) que cuente con la opinión favorable previa de la DGGFRH o Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE), y los anexos correspondientes; Que, con el propósito de fortalecer la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos, resulta necesario establecer medidas de carácter provisional que coadyuven a la actualización del AIRHSP, a fi n de que se registre la totalidad de la información referida a los ingresos correspondientes a los recursos humanos que vienen pagando las entidades; Que, de otro lado, el mencionado artículo 12 de la Directiva N° 0003-2022-EF/53.04 también establece los requisitos para la incorporación o modi fi cación de registros de puestos de los regímenes de los Decretos Legislativos Nº 276 y Nº 728, Ley Nº 30057 y Carreras Especiales, en mérito a un mandato judicial; para lo cual, se requiere que las entidades detallen el régimen laboral, cargo, categoría, escala o nivel remunerativo, conceptos de ingresos y sus respectivos montos, además de los otros conceptos (ocasionales) que corresponda percibir al personal de la entidad, según la política de ingresos y régimen laboral vigente, conforme al modelo contenido en su Anexo 1; Que, con la fi nalidad de fortalecer la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos a través de la actualización de la información del personal activo en el AIRHSP de una manera dinámica y oportuna; y, a fi n de permitir adecuaciones en la determinación del régimen laboral, cargo, nivel remunerativo y estructura de ingresos de los servidores reincorporados por mandato judicial, dando estricto cumplimiento a las sentencias judiciales, en correspondencia con lo establecido en el Decreto Urgencia N° 038-2019, Decreto de Urgencia que establece reglas sobre los ingresos correspondientes a los recursos humanos del sector público, resulta necesario incorporar la Única Disposición Complementaria Transitoria y modi fi car el Anexo 1 de la Directiva N° 0003-2022-EF/53.01; De conformidad con lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 044-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias y urgentes en materia de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Sector Público; en el Decreto Supremo N° 153-2021-EF, Decreto Supremo que aprueba Disposiciones Complementarias para la aplicación del Decreto de Urgencia N° 044-2021; y, en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 213-2020-EF/41; SE RESUELVE:Artículo 1.- Incorporación de la Única Disposición Complementaria Transitoria en la Directiva N° 0003-2022-EF/53.01 Incorporar la Única Disposición Complementaria Transitoria en la Directiva N° 0003-2022-EF/53.01, “Normas para el registro de información en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público”, aprobada por Resolución Directoral Nº 0538-2022-EF/53.01, la misma que queda redactada de la siguiente manera: “Única.– Incorporación o modi fi cación de registros de puestos (Decretos Legislativos Nº 276 y Nº 728, Ley Nº 30057 y Carreras Especiales) durante el Año Fiscal 2023 Excepcionalmente, durante el Año Fiscal 2023, las entidades solicitan a la DGGFRH la incorporación o modi fi cación de registros de puestos de los Decretos Legislativos Nº 276 y Nº 728, Ley Nº 30057 y Carreras Especiales, presentando la siguiente documentación:a. Informe de la O fi cina de Recursos Humanos o la que haga sus veces, sustentando el motivo de la solicitud de incorporación o modi fi cación del registro. b. Para la actualización de puestos, la resolución o contrato que sustente el vínculo laboral y nivel remunerativo actual de la persona, que cuente con marco normativo habilitante. c. Para la actualización de conceptos de ingreso, el acto administrativo que otorga el derecho, conforme a la normatividad vigente. d. Documento de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego que contenga lo siguiente: d.1 Costo de los registros AIRHSP. d.2 Costo de la actualización del AIRHSP materia de la solicitud. d.3 Análisis de disponibilidad de recursos presupuestarios en la Unidad Ejecutora para cubrir lo solicitado en el año fi scal en curso utilizando los costos d.1 y d.2; e, indicando la fuente de fi nanciamiento. d.4 Opinión favorable sobre la disponibilidad presupuestal para fi nanciar la actualización del AIRHSP en el presente Año Fiscal. d.5 Compromiso de la O fi cina de Presupuesto del Pliego de gestionar las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático, sujetándose a la normativa vigente, que le permita atender las obligaciones de pago que se generen producto de la actualización del AIRHSP en el siguiente Año Fiscal. e. Relación en Excel, en el formato “Reporte Datos Laborales y Nómina” del AIRHSP, que detalle los registros a actualizar. La habilitación de nuevos registros o modi fi cación de plazas o puestos que se realicen en el marco de lo dispuesto en el presente artículo, deben ser incluidas por la entidad en la propuesta de PAP o CPE del Año Fiscal 2024.” Artículo 2.- Modi fi cación del Anexo 1 de la Directiva N° 0003-2022-EF/53.01 Modi fi car el Anexo 1 de la Directiva N° 0003-2022- EF/53.01, “Normas para el registro de información en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público”, aprobada por Resolución Directoral Nº 0538-2022-EF/53.01, según el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral, así como de su Anexo, en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIEL HERRERA LLERENA Directora GeneralDirección General de Gestión Fiscalde los Recursos Humanos 2180369-1 EDUCACIÓN Designan Jefa de la Oficina de Gestión del Desarrollo y la Capacitación de la Oficina General de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 303-2023-MINEDU Lima, 23 de mayo de 2023