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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2023 (24/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de mayo de 2023 El Peruano / las embarcaciones artesanales y/o de menor escala y/o de mayor escala; Que, el IMARPE mediante el O fi cio N° 418-2023-IMARPE/PCD, remite el documento denominado “EVALUACIÓN DEL PERIODO DE VEDA DEL RECURSO “TRUCHA ARCO IRIS” (Oncorhynchus mykiss) EN LA REGIÓN HUANCAVELICA”, en el que recomienda establecer la veda reproductiva de ese recurso desde inicios de junio hasta fi nes de agosto de 2023 en los cuerpos de agua alto andinos de la región Huancavelica; Que, la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, con el Informe N° 00000226-2023-PRODUCE/DGPARPA hace suyo el Informe N° 00000166-2023-PRODUCE/DPO de su Dirección de Políticas y Ordenamiento, en el que se recomienda la emisión de una Resolución Ministerial con la que se establezca la veda reproductiva del recurso “trucha arco iris” (Oncorhynchus mykiss), en los cuerpos de agua altoandinos del departamento de Huancavelica, quedando prohibida su extracción, transporte, comercialización y procesamiento en el periodo comprendido desde el 01 de junio hasta el 31 de agosto de 2023; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, a través del Informe N° 00000655-2023-PRODUCE/OGAJ, señala que resulta jurídicamente viable la emisión de la citada Resolución Ministerial, conforme a lo propuesto por la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE; el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y su modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Establecimiento de veda reproductiva del recurso “trucha arco iris” (Oncorhynchus mykiss) en los cuerpos de agua altoandinos del departamento de Huancavelica 1.1 Establecer la veda reproductiva del recurso “trucha arco iris” (Oncorhynchus mykiss) en los cuerpos de agua altoandinos del departamento de Huancavelica, en el periodo comprendido desde el 01 de junio hasta el 31 de agosto de 2023; quedando prohibida su extracción, comercialización, transporte y procesamiento, a excepción del recurso o producto proveniente de los centros de producción acuícolas debidamente autorizados. 1.2 Dicho período puede modi fi carse si el Instituto del Mar del Perú - IMARPE, evidencia cambios en la evolución del proceso reproductivo del referido recurso, para lo cual deberá remitir al Ministerio de la Producción las recomendaciones con las medidas correspondientes. 1.3 El transporte, procesamiento, comercialización y/o almacenamiento del recurso “trucha arco iris” (Oncorhynchus mykiss) puede realizarse siempre y cuando se cuente con documentación indubitable y de fecha cierta que demuestre que el mencionado recurso ha sido extraído antes del período de veda reproductiva establecida en el numeral 1.1 del presente artículo. Artículo 2.- Infracciones y sanciones El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial es sancionado conforme a lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2017-PRODUCE, y demás disposiciones legales aplicables. Artículo 3.- Difusión y cumplimiento de la Resolución Ministerial La Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, la Dirección General de Pesca Artesanal y la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción; así como la dependencia con competencia pesquera del Gobierno Regional de Huancavelica y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú del Ministerio de Defensa, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, realizan las acciones de difusión que correspondan y velan por el cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución Ministerial. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de la Producción 2180201-1 Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000176-2023-PRODUCE Lima, 23 de mayo de 2023 VISTOS: El O fi cio N° 000077-2023-SERVIR-PE y el Informe Técnico N° 000010-2023-SERVIR-GDSRH de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR; los O fi cios Nos. 116-2023-SANIPES/GG y 031-2023-SANIPES/OA-URH del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES; el Memorando N° 00001177-2023-PRODUCE/ OGRH de la O fi cina General de Recursos Humanos; el Informe N° 00000328-2023-PRODUCE/OARH de la O fi cina de Administración de Recursos Humanos; y el Informe N° 00000634-2023-PRODUCE/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, con la Ley N° 30063 se crea el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), como organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, encargado de normar, supervisar y fi scalizar las actividades de sanidad e inocuidad pesquera, acuícola y de piensos de origen hidrobiológico, en el ámbito de su competencia; Que, mediante Resolución Ministerial N° 093-2015-PRODUCE, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (en adelante, CAP Provisional) del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES (en adelante, SANIPES), cuyo reordenamiento se aprobó mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 082-2019-SANIPES/PE; Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 53-2021-SANIPES/PE, se aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del SANIPES, el cual consolida en un único texto las Secciones Primera y Segunda del referido Reglamento de Organización y Funciones y contiene la estructura orgánica y funciones de los órganos y unidades orgánicas del SANIPES;