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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MAYO DEL AÑO 2023 (26/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Viernes 26 de mayo de 2023 El Peruano / 2.2.Abogado durante 15 años a. Independiente o sector privado 20 b. En entidades públicas 20Se pueden acumular años entre a. y b. siempre que no se yuxtapongan los mismos meses del mismo año. Se puede acreditar con la constancia del respectivo colegio de abogados. 2.3.Cátedra universitaria en materia jurídica durante 15 años20 Se pueden acumular años de servicios prestados a universidades públicas o privadas siempre que no se yuxtapongan los mismos meses del mismo año. No se puede acumular años de servicios entre el 2.1., el 2.2. y el 2.3. 3. LABOR DE INVESTIGACIÓN EN MATERIA JURÍDICAPuntajehasta 20 (acumulable) 3.1.Publicación (física o digital) de libro, en materia jurídica.2 por cada libro Se consideran únicamente los libros editados y registrados en la Biblioteca Nacional del Perú. 3.2.Publicación de artículo de investigación en revista indexada o arbitrada, en materia jurídica.1 por cada artículo Se consideran únicamente los artículos de investigación publicados en revista indexada o arbitrada reconocidas por CONCYTEC 3.3.Registro como investigador.1 punto Se consideran únicamente a los que se encuentren en el Registro Nacional Cientí fi co, Tecnológico y de Innovación Tecnológica – RENACYT del CONCYTEC. 27.2. Los miembros de la Comisión Especial cali fi can de manera individual la evaluación curricular de cada postulante. Los resultados de esta evaluación curricular son publicados en la página web del Congreso de la República de acuerdo a lo establecido en el cronograma. 27.3. El resultado de cada cali fi cación es entregado a la presidencia de la Comisión Especial, que se encarga de sumar y promediar los puntajes de cada postulante, y determinar su puntaje fi nal en la misma sesión. 27.4. El resultado de la cali fi cación es publicado en la página web de la Comisión Especial. 27.5. Los postulantes pueden presentar reconsideración a la cali fi cación, basada únicamente en criterios numéricos del puntaje asignado, siempre que se re fi era a omisión o errónea asignación o sumatoria de los puntajes establecidos en el presente reglamento. 27.6. La Comisión Especial resuelve de manera defi nitiva la reconsideración presentada y noti fi ca su resolución al postulante. Artículo 28.- Cruce de información entre la Comisión Especial y la Contraloría General de la República para el examen de las declaraciones juradas 28.1. Culminada la etapa de la cali fi cación de la evaluación curricular y culminada la presentación de las declaraciones juradas, conforme lo dispone el artículo 23, la Contraloría General de la República remite a la Comisión Especial el listado de postulantes que han presentado dichas declaraciones juradas y los postulantes que no presentaron; y la Comisión Especial envía a la Contraloría General de la República el listado de postulantes que superaron la etapa de evaluación curricular con la fi nalidad de que la Contraloría examine solo las declaraciones juradas de dichos postulantes.28.2. El postulante que no presentó cualquiera de las declaraciones juradas ante la Contraloría General de la República es inmediatamente eliminado del procedimiento. Artículo 29. Plataforma de declaraciones juradas en la página web de la Contraloría General de la República Para el procedimiento de selección de candidatas o candidatos, la Contraloría General de la República genera un enlace particular hacia los sistemas informáticos de su portal web con la fi nalidad de que los postulantes puedan realizar su Declaración Jurada para la Gestión de Confl ictos de Intereses, como mínimo, de los últimos cinco (5) años; así como la Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas. Artículo 30. Informe de la Contraloría General de la República 30.1. La Contraloría General de la República, dentro del plazo establecido en el cronograma, examina la Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas, así como la Declaración Jurada para la Gestión de Con fl ictos de Intereses de los postulantes, conforme al artículo 28, y remite a la Comisión Especial el informe correspondiente del resultado de dicho examen, para los fi nes pertinentes, los que son remitidos a todos los miembros de la Comisión Especial. 30.2. Los postulantes son noti fi cados con sus respectivos informes de la Contraloría General de la República; a fi n de que, estos efectúen los descargos y comentarios que estimen pertinentes respecto de lo consignado en dichos informes o su decisión de no formular descargo o comentario alguno. 30.3. La Comisión Especial resuelve sobre los descargos y comentarios hechos por los postulantes. Si la Comisión Especial considera que el descargo o los comentarios del postulante no le generan convicción respecto de lo señalado en el Informe de la Contraloría General de la República, el postulante es inmediatamente eliminado del procedimiento de selección. Asimismo, también es inmediatamente eliminado si no comunica su decisión en el sentido que no formulará descargo o comentario alguno. 30.4. La Comisión Especial noti fi ca lo resuelto al postulante; contra lo resuelto por la Comisión Especial no procede recurso de reconsideración. CAPÍTULO IX PRUEBA PSICOMÉTRICA Y PSICOLÓGICA Artículo 31.- Prueba psicométrica y psicológica La Comisión puede disponer una prueba psicológica y psicométrica a los postulantes que llegaron a esta etapa, la misma que se realiza previa a la entrevista personal, encontrándose autorizada para contratar los servicios especializados de empresas o expertos para la realización de estas pruebas. Artículo 32.- Resultados de las pruebas Los resultados de las pruebas psicométricas y psicológicas son puestos en conocimiento de los congresistas miembros de la Comisión Especial. Son de carácter reservado por constituir datos sensibles conforme a lo dispuesto en la Ley 29733, Ley de protección de datos personales, y su Reglamento. CAPÍTULO X ENTREVISTA PERSONAL Artículo 33.- Entrevista personal La Comisión Especial dispone la publicación, por el plazo de un (1) día, del cronograma de entrevistas en el diario o fi cial El Peruano, en la página web del Congreso