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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (02/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 44

44 NORMAS LEGALES Jueves 2 de noviembre de 2023 El Peruano / de Lima, para que participen de manera presencial en el Módulo III “Curso especializado en manejo de cortes” que se realizará del 30 de octubre al 3 de noviembre del presente año, en la ciudad de San Juan, Puerto Rico. Segundo. Que la mencionada resolución establece que la entidad cooperante cubrirá los costos de instrucción, pasajes aéreos, alojamiento en habitaciones individuales y alimentación; correspondiendo al Poder Judicial asumir los gastos de seguro de viaje. Tercero. Que, resulta de interés para este Poder del Estado participar en certámenes en el que jueces y juezas puedan adquirir conocimientos; así como intercambiar experiencias e información, lo que contribuirá a mejorar el servicio de administración de justicia. En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de conformidad con el Memorando N° 000046-2023-GAF-GG-PJ de la Gerencia de Administración y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial; en uso de las facultades delegadas mediante Resolución Administrativa 003-2009-CE-PJ; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje de las señoras Norma Beatriz Carbajal Chávez, jueza provisional de la Corte Suprema de Justicia de la República; y Rosa Mirta Bendezú Gómez de Chumbes, jueza superior de la Corte Superior de Justicia de Lima, para que participen de manera presencial en el Módulo III “Curso especializado en manejo de cortes” que se llevará a cabo del 30 de octubre al 3 de noviembre del presente año, en la ciudad de San Juan, Puerto Rico, concediéndoseles licencia con goce de haber por las referidas fechas, más el término de la distancia en cuanto sea estrictamente necesario. Artículo Segundo.- Los gastos del seguro de viaje estarán a cargo de la Unidad Ejecutora de la Gerencia General del Poder Judicial, de acuerdo al detalle siguiente: • Norma Beatriz Carbajal Chávez, Jueza Provisional de la Corte Suprema de Justicia de la República. US$ Seguro de viaje: 42.00 • Rosa Mirta Bendezú Gómez de Chumbes, Jueza Superior de la Corte Superior de Justicia de Lima. US$ Seguro de viaje: 42.00 Artículo Tercero.- Las mencionadas magistradas deberán presentar un informe a este despacho, en un plazo no mayor de diez días posteriores a la conclusión del referido certamen, que deberá contener: i) Copia del certi fi cado o documento que acredite la participación o aprobación según corresponda; ii) Material bibliográ fi co en físico o digital, para remitirlo al Centro de Investigaciones Judiciales; iii) En caso sea pertinente presentará la ponencia realizada en la actividad de capacitación, para su difusión a través del Centro de Investigaciones Judiciales; iv) Propuestas y recomendaciones generadas a partir de la capacitación recibida; y v) Realizar réplicas y difundir, de ser necesario, a través del Centro de Investigaciones Judiciales y la Unidad Administrativa de cada Corte Superior. Artículo Cuarto.- El cumplimiento de la presente resolución no exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Centro de Investigaciones Judiciales, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, magistradas designadas; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2230604-1Aprueban proyecto y autorizan cancelación de sentencias condenatorias de ciudadanos que figuran como fallecidos en la base de datos del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), y que todavía permanecen registradas en la base de datos del Registro Nacional de Condenas (RNC) Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000438-2023-CE-PJ Lima, 30 de octubre del 2023VISTOS:El O fi cio N° 001304-2023-GG-PJ cursado por la Gerencia General del Poder Judicial, que contiene el Informe N° 001178-2023-OAL-GG-PJ de la O fi cina de Asesoría Legal, el Memorando N.º 000483-2023-GSJR-GG-PJ de la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación; y los Informes Nros. 000056 y 000057-2023-RENAJU-GSJR-GG-PJ del Registro Nacional Judicial. CONSIDERANDO:Primero. Que, el Registro Nacional Judicial es el órgano desconcentrado de la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación de la Gerencia General del Poder Judicial, encargado de organizar, desarrollar, supervisar y mantener actualizado el Registro Nacional de Condenas (RNC), el Registro Nacional de Requisitorias (RNR), el Registro Central de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM), el Registro Nacional de Internos, Procesados y Sentenciados (RENIPROS), el Registro Nacional de Autorización y Oposición de Viaje de Niñas, Niños y Adolescentes (RENAVINA); y otros que instituya el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, disponiendo su incorporación al Registro Nacional Judicial, de acuerdo al Reglamento de Organización y Funciones del Poder Judicial. Segundo. Que, el Registro Nacional Judicial, en coordinación con la Subgerencia de Proyectos de Innovación de la Gerencia de Desarrollo Corporativo y la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial, en mérito al Convenio de Cooperación Institucional con el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC), han identi fi cado en la base de datos del Registro Nacional de Condenas (RNC), una cantidad de 61 009 sentencias condenatorias registradas, que corresponden a Boletines de Condena de ciudadanos que han fallecido. Tercero. Que, mantener estas sentencias condenatorias en la base de datos del Registro Nacional de Condenas (RNC), genera el incremento de trámites observados en el proceso para expedir el Certi fi cado de Antecedentes Penales, tanto en la modalidad presencial como virtual; así como demora en la información que es consultada por las entidades públicas a través de la plataforma de interoperabilidad del Estado, tales como el Ministerio Público, Ministerio de Educación, Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil; ocasionando además malestar en el público usuario por la demora en la emisión de los certi fi cados solicitados. Cuarto. Que, el artículo 66, literal b), del Reglamento y Organización de Funciones de la Gerencia General del Poder Judicial, dispone que el Registro Nacional Judicial tiene como función organizar, desarrollar y mantener actualizado el Registro Nacional de Condenas (RNC), y conserva información sobre las sentencias condenatorias consentidas o ejecutoriadas emanadas de los órganos jurisdiccionales de la especialidad penal, y de toda resolución que modi fi que su estado; así como de la expedición de los Certi fi cados de Antecedentes Penales, contando para ello con una base de datos interconectada a nivel nacional.