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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (02/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Jueves 2 de noviembre de 2023 El Peruano / VISTOS: El Informe Nº 000351-2023-OTASS-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Legal Nº 000354-2023-OTASS/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a los numerales 8.1 y 8.2 del artículo 8 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2020-VIVIENDA, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, en adelante el OTASS, es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, fi nanciera y administrativa, con competencia a nivel nacional y constituye pliego presupuestario y tiene por objeto promover y ejecutar la política del Ente rector en materia de gestión y administración de la prestación de los servicios de saneamiento; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 003-2017/CEPLAN/PCD, y sus modi fi catorias, CEPLAN aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua, aplicable para las entidades que integran el Sistema Nacional del Planeamiento Estratégico en los tres niveles de gobierno, en adelante la Guía para el Planeamiento Institucional; Que, el primer párrafo del numeral 4.2. de la Guía para el Planeamiento Institucional, dispone entre otros, que, para el planeamiento institucional, el Titular de la entidad conforma una Comisión de Planeamiento Estratégico bajo su liderazgo, en la cual participan tanto funcionarios de la Alta Dirección como aquellos a cargo de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, y otros que el órgano resolutivo designe, dependiendo de la estructura organizacional de la entidad; Que, el citado numeral 4.2 de la Guía para el Planeamiento Institucional, agrega que es función de la Comisión de Planeamiento Estratégico, entre otros, priorizar los Objetivos Estratégicos Institucionales - OEI, Acciones Estratégicas Institucionales - AEI y Actividades Operativas e Inversiones y validar el documento del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI); Que, el numeral 6.3 de la Guía para el Planeamiento Institucional establece que el POI se modi fi ca cuando se presentan, entre otras, las siguientes circunstancias: a) Cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e Inversiones, que estén relacionados al mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización; y, por b) Incorporación de nuevas Actividades Operativas e inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo o el Legislativo, entre otros que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del PEI; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 016-2019-OTASS/DE, de fecha 18 de febrero de 2019, se conforma la Comisión de Planeamiento Estratégico del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, en adelante la Comisión de Planeamiento Estratégico del OTASS; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2023-OTASS/CD de fecha 2 de mayo de 2023, se aprueba: “Formalizar el Acuerdo Nº 02 de la Sesión Extraordinaria Nº 024-2023 del Consejo Directivo del OTASS que aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2023 Modi fi cado Versión 1 del Pliego 207 – Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento”; Que, por el Acta Nº 004-2023-OTASS/CPE, de fecha 28 de setiembre de 2023, la Comisión de Planeamiento Estratégico del OTASS, acuerda lo siguiente: “Punto único: Validar la modi fi cación del POI 2023, versión 2”;Que, conforme al literal a) del artículo 19 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del OTASS aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2019-VIVIENDA y Resolución Directoral Nº 010-2019-OTASS/DE, son funciones de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, formular, monitorear y evaluar el Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional del OTASS; Que, por su parte, el numeral 4.2 de la Guía para el Planeamiento Institucional dispone que el órgano de planeamiento de cada Pliego (en coordinación estrecha con su similar a nivel de cada Unidad Ejecutora) es responsable de brindar el soporte y asistencia técnica en la aplicación metodológica del planeamiento institucional en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, dentro del marco de sus funciones, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto - OPP a través del Informe Nº 000351-2023-OTASS-OPP del 6 de octubre de 2023, remite el anexo que contiene la segunda modi fi cación del POI 2023 del OTASS denominado “Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2023 Modi fi cado Versión 2”, pronunciándose favorablemente para su aprobación, señalando que las modi fi caciones se han efectuado con intervención del Equipo Técnico y validado por la Comisión de Planeamiento Estratégico, con asistencia técnica y asesoramiento de la OPP, previo análisis al seguimiento de la ejecución, de acuerdo a lo señalado en la Guía para el Planeamiento Institucional; Que, el citado informe precisa además que: i) Las causales de modi fi cación del POI se enmarcan en ambas causales previstas en el numeral 6.3 de la Guía para el Planeamiento Institucional; y ii) Opina en forma favorable para la aprobación de la segunda modi fi cación del POI 2023; Que, el numeral 4.2 de la Guía para el Planeamiento Institucional, establece que “El POI Multianual es aprobado antes de la Programación Multianual de presupuesto de la entidad, en consecuencia, el Titular de la entidad (para los tres niveles de gobierno) aprueba el POI Multianual (…)”. Asimismo, el numeral 6 de la citada Guía, dispone que: “La programación multianual del POI, en adelante se denomina POI Multianual. La programación del primer año del POI Multianual se traduce en el POI a ejecutar en el primer año, en adelante se denomina POI Anual (…)”; Que, con el Informe Legal Nº 000354-2023-OTASS- OAJ del 23 de octubre de 2023, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que es viable legalmente la emisión del proyecto de Resolución Directoral que aprueba el “Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2023 Modi fi cado Versión 2”, al contar con la validación del Comisión de Planeamiento Estratégico del OTASS, previa aprobación del Consejo Directivo a través de la adopción de los acuerdos requeridos normativamente; Que, por su parte, el literal a) del artículo 8 del ROF del OTASS dispone que es función del Consejo Directivo “Aprobar las políticas institucionales, los planes y las estrategias de la entidad, en concordancia con las políticas y lineamientos del Ente Rector” a través de acuerdos; Que, en el marco de la normativa citada en el considerando precedente, y a fi n de cumplir con la normativa de organización interna y la normativa especial de la materia, mediante Acuerdo Nº 01 aprobado en Sesión Extraordinaria Nº 034-2023 del 30 de octubre de 2023, el Consejo Directivo aprueba el “Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2023 Modi fi cado Versión 2” del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS que se adjunta al Informe Nº 000351-2023-OTASS-OPP, y encarga al Titular de la Entidad la expedición de la Resolución de Dirección Ejecutiva que formalice la citada aprobación”; Con el visado del Gerente General, del Jefe de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y de la Jefa de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Supremo Nº 005-2020-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1280,