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80 NORMAS LEGALES Sábado 4 de noviembre de 2023 El Peruano / h) Fiscal Titular Provincial de Familia de Villa el Salvador o quien haga sus veces. i) El Comisario de Familia de la PNP de Villa el Salvador o quien haga sus veces. j) El Comisario de la PNP de Villa el Salvador o quien haga sus veces. k) El Comisario de la PNP de Urbanización Pachacamac o quien haga sus veces. l) El Comisario de la PNP de Laderas de Villa o quien haga sus veces. m) Un representante de las Organizaciones Sociales de la localidad que realicen o promuevan comprobadamente acciones a favor de la niñez y la adolescencia. Artículo 8.- FUNCIONES DEL PLENO DEL COMUDENNA a) Analizar la problemática de la niñez y la adolescencia en el distrito de Villa El Salvador. b) Elaborar propuestas a nivel local, de acciones interinstitucionales para la protección de las niñas, niños y adolescentes, con participación de la familia. c) Impulsar la comunicación y nexo entre las instituciones públicas, privadas y organizaciones de la comunidad y el gobierno local, para el cumplimiento de sus fi nes, a favor de la niñez y la adolescencia. d) Evaluar y difundir el cumplimiento de las normas y de la política nacional para la atención integral de las niñas, niños y adolescentes y el ejercicio de sus derechos. e) Promover la participación de la comunidad en la protección de las niñas, niños y adolescentes. f) Encargar tareas a sus integrantes o conformar comisiones o grupos de trabajo para atender asuntos de su interés. Artículo 9.- SOBRE LAS SESIONES DEL COMUDENNA a) Para que el quórum sea válido debe sesionar con la asistencia de la mitad más uno de sus integrantes. b) El Pleno del COMUDENNA se debe reunir ordinariamente como mínimo trimestralmente y extraordinariamente ante la necesidad de tomar una decisión urgente. c) Los acuerdos del Pleno son aprobados por mayoría simple de quienes concurren a la sesión válidamente constituida.d) El Presidente del COMUDENNA tiene voto dirimente. Artículo 10.- FUNCIONES DE LA SECRETARÍA TÉCNICA a) Convocar en representación del Presidente, a los integrantes del COMUDENNA a las sesiones ordinarias y extraordinarias. b) Tramitar y someter a consideración del Pleno, los pedidos y sugerencias que formule el COMUDENNA. c) Llevar el registro de Actas de sesiones del Pleno y realizar el seguimiento del cumplimiento de acuerdos. d) Elaborar el informe anual del COMUDENNA.e) Dirigir el diseño y formulación del Plan de trabajo anual. f) Dirigir el proceso de priorización de temas en el marco del Plan de trabajo. g) Elaborar y mantener actualizado el directorio de integrantes del COMUDENNA. h) Coordinar permanente con los integrantes del COMUDENNA. Artículo 11.- REPORTE DE CONSTITUCIÓN La creación del COMUDENNA es reportada al MIMP por la Secretaría Técnica del COMUDENNA. Artículo 12.- GESTIÓN Para el ejercicio de una o más de sus funciones y según la temática de intervención, puede conformar grupos de trabajo, quienes rendirán cuenta de sus acciones, directamente ante el Pleno del COMUDENNA. Para realizar el seguimiento del cumplimiento de acuerdos, el plan de trabajo o agenda anual, puede designar delegados quienes coordinarán directamente con la Secretaría Técnica. DISPOSICION FINAL Única.- El Pleno del COMUDENNA se encuentra facultado para resolver cualquier controversia que se presente en el funcionamiento de dicho Comité, que no se encuentre estipulada en su propio reglamento, conforme al marco normativo vigente. 2231079-1 LINEAMIENTOS PARA SOLICITAR LA CORRECCIÓN DE ERRORES MATERIALES EN LA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES MEDIANTE FE DE ERRATAS 1.- Plazo: De acuerdo a Ley, la solicitud se debe presentar dentro de los ocho (8) días útiles siguientes a la fecha de publicación de la norma. Vencido el plazo, solo procederá publicar una norma recti fi catoria de rango equivalente o superior para corregir los errores materiales. 2.- Límite: Se permite publicar una sola fe de erratas por cada norma legal. Por lo tanto, antes de presentar la solicitud, se recomienda una revisión exhaustiva de la norma publicada para identi fi car todos los errores materiales que deben corregirse. 3.- Contenido: En el texto de la fe de erratas se debe señalar el tipo y número del dispositivo normativo a corregirse y la fecha de publicación en el Diario O fi cial El Peruano, asimismo se debe indicar de forma clara la parte incorrecta bajo el título “Dice” y proporcionar la versión corregida bajo el título “Debe Decir”. 4.- Canal: La solicitud se envía a través del PGA y se acompañan los archivos Word (archivo principal) y PDF (suscrito por la autoridad competente) con el texto de las correcciones. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES