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68 NORMAS LEGALES Sábado 4 de noviembre de 2023 El Peruano / suspende la ejecución de obras en propiedad privada y en vía pública, en el periodo y sectores señalados, acorde a lo propuesto por la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas y con la opinión favorable de la Subgerencia de Defensa Civil, Prevención, Reducción y Reconstrucción; Estando a lo expuesto, y de conformidad con las facultades conferidas en el numeral 6 del artículo 20, y el artículo 42 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- SUSPENDER la ejecución de todo tipo de obras en propiedad privada y en vía pública, durante el periodo comprendido entre el 15 de noviembre de 2023 y el 1 de enero de 2024, en los siguientes sectores: - Sector comprendido entre la Av. Abancay cuadras 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8; Av. Nicolás de Piérola cuadras 14, 15, 16 y 17; Jr. Paruro cuadras 1, 2,3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12 y 13 y Jr. Amazonas cuadras 2, 3 y 4, dentro del cual se incluyen las vías siguientes: Jr. Ayacucho cuadras 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 Jr. Andahuaylas cuadras 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12 Jr. Huallaga cuadras 5, 6 y 7Jr. Junín cuadras 5, 6 y 7Jr. Ucayali cuadras 5, 6 y 7Jr. Antonio Miro Quesada cuadras 5, 6 y 7Jr. Cuzco cuadras 5, 6 y 7Jr. Puno cuadras 5, 6 y 7Jr. Inambari cuadra 7 - Sector comprendido entre la Av. Abancay cuadras 9, 10 y 11, Av. Nicolás de Piérola cuadras 14, 15 y 16 y la Av. Miguel Grau cuadras 4, 5 y 6, dentro del cual se incluyen las siguientes vías: Jr. Montevideo cuadras 6, 7, 8 y 9. Jr. Leticia cuadras 6 y 7.Jr. Inambari cuadra 6.Jr. Ayacucho cuadras 9, 10 y 11.Pasaje Los Artesanos cuadra 1.Jr. Andahuaylas cuadras 13 y 14.Jr. Paruro cuadra 14. - Sector comprendido entre la Av. Abancay cuadras 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8; Av. Nicolas de Piérola cuadras 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12 y 13; Av. Tacna cuadras 1, 2, 3, 4, 5 y 6; y, Jr. Amazonas cuadra 1, Jr. Lampa cuadra 1, Jr. Ancash cuadras 1 y 2 y Jr. Santa cuadra 1, dentro del cual se incluye las siguientes vías: Jr. Ancash cuadras 3 y 4. Jr. Junín cuadras 1, 2, 3 y 4.Jr. Huallaga cuadras 1, 2, 3 y 4.Jr. Ucayali cuadras 1, 2, 3 y 4.Jr. Miroquesada cuadras 1, 2, 3 y 4.Jr. Cuzco cuadras 1, 2, 3 y 4.Jr. Puno cuadras 1, 2, 3 y 4.Jr. Apurímac cuadras 2, 3, 4 y 5.Jr. Conde de Superunda cuadras 1, 2, 3 y 4.Jr. Callao cuadras 1, 2, 3 y 4.Jr. Ica cuadras 1, 2, 3 y 4.Jr. Huancavelica cuadras 1, 2, 3 y 4.Jr. Emancipación cuadras 1, 2, 3 y 4.Jr. Moquegua cuadras 1, 2, 3 y 4.Jr. Ocoña cuadras 1, 2, 3 y 4.Jr. Ru fi no Torrico cuadras 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8. Jr. Cailloma cuadras 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7.Jr. Camaná cuadras 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8.Jr. Carabaya cuadras 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9.Jr. Lampa cuadras 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9.Jr. Azángaro cuadras 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8. - Sector comprendido entre el Jr. Huancavelica cuadras 11, 12, 13, 14, 15 y 16; Ca. Rodolfo Beltrán cuadra 7; Av. Argentina cuadras 8 y 9; Ca. Ricardo Treneman cuadras 8 y 9; Av. Oscar R. Benavides (Ex. Colonial) cuadras 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 y Av. Alfonso Ugarte cuadras 2, 3 y 4, dentro del cual se incluye las siguientes vías: Av. Argentina cuadras 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9. Av. Guillermo Dansey cuadras 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11. Jr. De Elizalde cuadras 8 y 9.Ca. Rodolfo Beltrán cuadras 8 y 9.Jr. Ramon Cárcamo cuadras 3, 4 y 5.Jr. García Villón cuadras 3, 4 y 5.Jr. Acomayo cuadras 3 y 4.Ca. Pacasmayo cuadras 3, 4 y 5.Ca. Ascope cuadras 3, 4 y 5.Jr. Huarochiri cuadras 3, 4 y 5. - Av. Grau entre la Plaza Grau y la Av. Nicolás de Piérola. Artículo Segundo.- APROBAR los planos de los sectores y ubicaciones señalados en el Artículo Primero del presente Decreto. Artículo Tercero.- Las Licencias para Edi fi cación Nueva, Remodelación, Ampliación, Modi fi cación, Demolición y Autorizaciones de Obras en Vía Pública con plazos vigentes, otorgadas para ejecutar obras dentro de los Sectores mencionados en el Artículo Primero, quedan en suspenso durante el plazo a que se re fi ere dicho Artículo, entendiéndose que las mismas quedan prorrogadas automáticamente por el tiempo que dure la suspensión. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, para que de manera excepcional, autorice la continuación de obras públicas de interés general o la ejecución de obras de emergencia, que se ubiquen en los sectores establecidos en el artículo primero del presente Decreto. Artículo Quinto.- El incumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, constituye infracción y da lugar a la sanción de imposición de multas y medidas complementarias establecidas en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad Metropolitana de Lima vigente. Artículo Sexto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano, y a la O fi cina de Gobierno Digital, su publicación en el portal web de la Municipalidad Metropolitana de Lima. (www.munlima.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde 2231046-1 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Aprueban normas para la prevención, control y eliminación de potenciales criaderos del vector transmisor del dengue ORDENANZA Nº 567/CDLO Los Olivos, 4 de setiembre de 2023 EL CONCEJO DISTRITAL LOS OLIVOSVISTOS: El Informe Nº 051 – 2023 – MDLO/GDH de la Gerencia de Desarrollo Humano, Informe Nº 715 – 2023 – MDLO/GDH/SGPPS de la Subgerencia de Prevención y Promoción de la Salud, Informe Nº 262 – 2023/MDLO/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Proveído Nº 1630 – 2023 – MDLO/GM emitido por la Gerencia Municipal; y;