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33 NORMAS LEGALES Domingo 19 de noviembre de 2023 El Peruano / el cual corresponde al fi nanciamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental; Que, en el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley N° 31358, se autoriza a los pliegos involucrados del Gobierno Nacional, entre otros, a cargo de las intervenciones a que se re fi eren los artículos 1 y 3 de la precitada Ley, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del pliego 019 - Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior, conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 4.2 del precitado artículo, las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del Titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional (en el presente caso, de la Sunarp), precisándose que la resolución del titular del pliego se publica en el Diario O fi cial El Peruano; Que, en el numeral 7.3 de la Directiva Nº 018-2022- CG/GMPL “Directiva externa que establece disposiciones complementarias de la Ley Nº 31358”, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 275-2022-CG y modi fi cada por Resolución de Contraloría Nº 139-2023-CG, se dispone que, “una vez previsto el presupuesto para el fi nanciamiento de los servicios de control gubernamental para las inversiones e iniciativas de contratación que se encuentren en el marco de la Ley N° 31358 y sus modi fi catorias, se hace efectiva la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría y solo a su solicitud. (…), asimismo, se señala que, para el cumplimiento de las disposiciones de la Ley N° 31358 y sus modi fi catorias, esta autoriza a los Pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y local a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestales en el marco de lo que se establezca en las leyes de presupuesto anual, a fi n de que puedan hacer efectivas las transferencias fi nancieras correspondientes a favor de la Contraloría”; Que, con el O fi cio Nº 2065-2023-CG/SGE, el Secretario General de la Contraloría General de la República señala que, en el marco de los alcances de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, se ha determinado el costo de control concurrente necesario para el despliegue de los servicios de control gubernamental, referido al proyecto de inversión con CUI 2412695: “Mejoramiento y ampliación de los servicios registrales de la O fi cina Registral Espinar de la Zona Registral N° X – Sede Cusco, Distrito de Espinar – Provincia de Espinar – Departamento de Cusco”, solicitando se proceda a realizar la trasferencia a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por el monto de S/ 199,111.00 (Ciento noventa y nueve mil ciento once con 00/100 soles); Que, mediante el O fi cio Nº 1220-2023-SUNARP/ ZRX/JEF, el Jefe Zonal de la Zona Registral Nº X – Sede Cusco, solicita se gestione el acto resolutivo del titular del pliego que autorice la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, para el control gubernamental de la precitada inversión, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, adjuntando los documentos sustentatorios correspondientes; Que, asimismo, en el Informe N° 174-2023-SUNARP/ ZRX/UPPM del 8 de noviembre de 2023, la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización de la Zona Registral Nº X – Sede Cusco, señala que, en cumplimiento a lo solicitado por la Contraloría General de la República a través del O fi cio Nº 2065-2023-CG/ SGE, la referida Unidad ha realizado la gestión de crear la meta presupuestal N° 025, denominada: “Control Concurrente”, conforme se dispone en el artículo 18° de la Resolución Directoral 0023-2022-EF/50.01, que aprueba la Directiva N° 005-2022-EF/50.01. En ese sentido, se tiene el marco presupuestal disponible en la partida presupuestal de gasto 2.4.2.3.1.1 a otras unidades del gobierno nacional; solicitando gestionar la emisión de la resolución del titular del pliego para la aprobación de la transferencia fi nanciera a la Contraloría General de la República, hasta por el monto de S/ 199,111.00 (Ciento noventa y nueve mil ciento once con 00/100 soles), correspondiente al control concurrente, referido al precitado proyecto de inversión; Que, mediante el Memorándum N° 1681-2023-SUNARP/OPPM, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización adjunta y hace suyo el Informe Técnico N° 066-2023-SUNARP/OPPM/UP del 14 de noviembre de 2023, emitido por la Unidad de Presupuesto, señalando que, el Presupuesto Institucional de Gastos para el año fi scal 2023 de la Unidad Ejecutora 006 Zona Registral X Cusco, comprende los recursos presupuestales, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias. En ese sentido, emite opinión técnica favorable en materia presupuestaria sobre la solicitud de transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, hasta por el monto de S/ 199,111.00 (Ciento noventa y nueve mil ciento once con 00/100 soles), con cargo a los recursos presupuestales de la Unidad Ejecutora 006 Zona Registral X Cusco; Que, mediante el Informe Nº 1074-2023-SUNARP/ OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que resulta viable legalmente emitir el acto resolutivo que autorice la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, hasta por el monto de S/ 199,111.00 (Ciento noventa y nueve mil ciento once con 00/100 soles), correspondiente al control concurrente, referido al proyecto de inversión con CUI 2412695: “Mejoramiento y ampliación de los servicios registrales de la O fi cina Registral Espinar de la Zona Registral N° X – Sede Cusco, Distrito de Espinar – Provincia de Espinar – Departamento de Cusco”, en el marco del artículo 4 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; siendo competencia del despacho de la Superintendencia Nacional, emitir el citado acto resolutivo que será publicado en el Diario O fi cial “El Peruano”, conforme a lo dispuesto en la precitada norma y en el artículo 10 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobado por Resolución Nº 035-2022-SUNARP/SN, que establece que el Superintendente Nacional es la más alta autoridad jerárquica y ejerce la titularidad del pliego presupuestal y representación institucional; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, y el literal x) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobado por Resolución Nº 035-2022-SUNARP/SN; contando con el visado de la Gerencia General, O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República Autorizar la transferencia fi nanciera, con cargo al Presupuesto Institucional 2023, del Pliego 067: Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, Unidad Ejecutora 006 Zona Registral X Cusco, a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, hasta por la suma de S/ 199,111.00 (Ciento noventa y nueve mil ciento once con 00/100 soles), correspondiente al control concurrente, referido al proyecto de inversión con CUI 2412695: “Mejoramiento y ampliación de los servicios registrales de la O fi cina Registral Espinar de la Zona Registral N° X – Sede Cusco, Distrito de Espinar – Provincia de Espinar – Departamento de Cusco”, en el marco del artículo 4 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente.