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19 NORMAS LEGALES Domingo 19 de noviembre de 2023 El Peruano / estableciendo su denominación, clasi ficación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad; Que, los subnumerales 5.2.3 y 5.2.4 del numeral 5 de la Directiva establecen como responsabilidad de la O ficina de Recursos Humanos o la que haga sus veces elaborar la propuesta del MCC y/o de sus modi ficaciones, de corresponder, así como el informe técnico sustentatorio; y de la O ficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces emitir opinión sobre las propuestas del MCC y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional en lo referido al alineamiento de cargos con los órganos y las unidades orgánicas del Reglamento de Organización y Funciones - ROF o Manual de Operaciones - MOP vigente, según corresponda, respectivamente; Que, el literal h) del subnumeral 5.1 del numeral 5 de la Directiva dispone que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, el/la Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa; quien de conformidad con el sub numeral 6.1.7 del numeral 6, aprueba el MCC; Que, el subnumeral 6.1.8 de la Directiva precisa que, en caso de constituir una entidad Tipo B, previo a la aprobación del MCC por parte del(la) titular, debe remitir su propuesta al(la) titular de la entidad Tipo A a la que se encuentra adscrita. La entidad Tipo A, a través de su O ficina de Recursos Humano o la que haga las veces, debe evaluar la propuesta según los lineamientos dispuestos en la Directiva y en atención a su propio MCC. De darse opinión técnica favorable, dicha aprobación debe ser comunicada por la O ficina de Recursos Humano o la que haga las veces de la entidad Tipo A a la O ficina de Recursos Humano o la que haga las veces de la entidad Tipo B mediante o ficio, para que gestione su aprobación; Que, de otro lado, la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, tiene por objeto establecer los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios/as y directivos/as públicos/as de libre designación y remoción, con el fin de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función; del mismo modo, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, establece los requisitos mínimos para cargos y puestos de, entre otros, funcionarios/as públicos/as de libre designación y remoción del nivel nacional, de directivos/as públicos/as del nivel nacional, de Direcciones Ejecutivas, o las que hagan sus veces, de Programas o proyectos especiales del Poder Ejecutivo; y, otros niveles organizacionales y formas de organización no previstos en numerales previos del nivel nacional; Que, con Resolución Ministerial Nº 164-2023-MIMP, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar - AURORA (en adelante, el Manual de Operaciones ), que establece la actual estructura funcional del Programa, así como sus unidades, niveles de dependencia funcional y jerárquicos, y sus diferentes niveles de responsabilidades; señalándose en su artículo 7, que la Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa del Programa Nacional AURORA; Que, asimismo, en el marco del Manual de Operaciones, se emite la Resolución Ministerial Nº 202-2023-MIMP, que aprueba el Cuadro de Equivalencias de Unidades y Subunidades funcionales de este Programa Nacional; Que, se debe mencionar que, con Resolución Ministerial Nº 131-2015-MIMP, el hoy denominado Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar - AURORA (antes Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual - PNCVFS), fue de finido como entidad pública Tipo B para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; Que, al respecto, mediante Informes Nºs D000084 y D000107-2023-MIMP-AURORA-UGTHI, la Unidad de Gestión del Talento Humano e Integridad ha elaborado y sustentado la propuesta de MCC del Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar - AURORA, conforme a lo dispuesto en la Directiva, así como en la Ley Nº 31419 y su Reglamento; que cuenta con la previa opinión favorable a la O ficina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en su calidad de entidad Tipo A, a la cual está adscrito este Programa Nacional, entidad Tipo B; Que, con las Notas Nºs. D001555 y D001694- 2023-MIMP-AURORA-UPPM e Informes Nºs. D000025 y D000028-2023-MIMP-AURORA-UPPM-CCC, la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización expresa su opinión favorable a la indicada propuesta, en referencia al alineamiento de cargos según el Manual de Operaciones y en observancia de la Directiva; Que, por su parte, a través del Informe Nº D000686- 2023-MIMP-AURORA-UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable sobre la acotada propuesta, a fin que sea emitida mediante resolución de la Dirección Ejecutiva; tras veri ficar el cumplimiento de las condiciones establecidas en la Directiva, la mencionada Ley Nº 31419 y su Reglamento, y considerando que se cuenta con la opinión previa favorable de la O ficina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, según O ficio Nº D000666- 2023-MIMP-OGRH; Que, conforme a lo expuesto, se estima pertinente emitir el acto que disponga la aprobación del Manual de Clasi ficador de Cargos del Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar - AURORA; Con el visado de las Unidades de Gestión del Talento Humano e Integridad, de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; en su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM y modi ficatorias; en la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM; en la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE que formaliza la aprobación de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi ficador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”; y, en el Manual de Operaciones del Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar - AURORA, aprobado por Resolución Ministerial Nº 164-2023-MIMP; SE RESUELVE:Artículo 1.- APROBAR el “Manual de Clasi ficador de Cargos del Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar - AURORA”, que en calidad de Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- La presente Resolución y su Anexo son publicados en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital del Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar - AURORA (www.gob.pe/aurora), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario o ficial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARIA MENDIETA TREFOGLI Directora EjecutivaPrograma Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia Contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar - AURORA 2236332-1