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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (29/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de noviembre de 2023 El Peruano / la transición energética y reducir las emisiones al 2030; cumplir las promesas sobre fi nanciamiento climático y sentar las bases para un nuevo acuerdo global en ese ámbito; situar en el centro de la acción climática a la naturaleza, las personas, las vidas y los medios de vida, a través del Fondo para Pérdidas y Daños; avanzar en la adopción de un marco robusto para el Objetivo Global de Adaptación; y, avanzar y acelerar la implementación de los compromisos asumidos bajo el Acuerdo de París, vinculados a los temas de relevancia para nuestro país, entre ellos pérdidas y daños, montañas y cambio climático y fi nanciamiento; entre otros; Que, la participación de la Ministra del Ambiente en los mencionados eventos permitirá: contribuir con el compromiso político de los países en las negociaciones de la COP 28, en temas centrales como la adaptación y mitigación al cambio climático, así como recoger experiencias y perspectivas valiosas para su potencial aplicación en las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos; asimismo, dicha participación constituye la oportunidad de estrechar lazos de colaboración con representantes de otros países y organizaciones, y la posibilidad de sentar bases para futuras alianzas estratégicas, que resulten en colaboraciones futuras y la obtención de apoyo técnico y fi nanciero; Que, en ese sentido, es de interés nacional la participación de la Ministra del Ambiente en los citados eventos; Que, los gastos que genere la presente comisión de servicios por concepto de pasajes aéreos serán asumidos con cargo al presupuesto del Ministerio del Ambiente, mientras que los gastos por concepto de viáticos serán asumidos por la Asociación de Líderes por los Bosques y el Clima (FCLP, por sus siglas en inglés); Que, en tanto dure la ausencia de la Titular, es necesario encargar el Despacho del Ambiente; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2023; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora ALBINA RUIZ RIOS, Ministra del Ambiente, a la ciudad de Dubái, Emiratos Árabes Unidos, del 5 al 13 de diciembre de 2023; para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio del Ambiente, de acuerdo al siguiente detalle: Nombre y apellidos Pasajes Aéreos USD ALBINA RUIZ RIOS 3,134.28 Artículo 3.- Encargar el Despacho del Ambiente a la señora NANCY ROSALINA TOLENTINO GAMARRA, Ministra de Estado en el Despacho de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a partir del 5 de diciembre de 2023 y en tanto dure la ausencia de la Titular. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra del Ambiente.Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros ALBINA RUIZ RÍOS Ministra del Ambiente 2239747-7 Modifican la R.M. N° 182-2023-PCM, sobre constitución de la Comisión de Transferencia a cargo de coordinar y ejecutar el proceso de transferencia de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios a la Presidencia del Consejo de Ministros y a la Autoridad Nacional de Infraestructura RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 276-2023-PCM Lima, 27 de noviembre de 2023VISTOS:El Memorando Nº D001175-2023-PCM-OGPP e Informe Nº D000231-2023-PCM-OM de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 3 de la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, se crea la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios como una entidad adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, de carácter excepcional y temporal, encargada de liderar, implementar y, cuando corresponda, ejecutar el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios; con un plazo de duración de tres (3) años, pudiendo ser prorrogado hasta por un (1) año por Ley; Que, el artículo 9 de la Ley N° 31639, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, prorroga el plazo de duración de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios hasta el 31 de diciembre de 2023, para continuar con la ejecución de las intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios (PIRCC), aprobado mediante Decreto Supremo 091-2017-PCM; Que, con Resolución Ministerial N° 182-2023-PCM se constituye la Comisión de Transferencia a cargo de coordinar y ejecutar el proceso de transferencia de los recursos presupuestales, bienes muebles e inmuebles, acervo documentario, entre otros, de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios a la Presidencia del Consejo de Ministros; la cual está integrada por tres (3) representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros y tres (3) representantes de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; Que, mediante la Ley N° 31841, se crea la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN) como un organismo público ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros para la formulación, ejecución y mantenimiento de los proyectos o programas de inversión a su cargo; Que, el artículo 5 de la Ley N° 31912, Ley que aprueba créditos suplementarios para el fi nanciamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica, la respuesta ante la emergencia y el peligro inminente por la ocurrencia del Fenómeno El Niño para el año 2023 y dicta otras medidas, establece, entre otros aspectos, que el pliego Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN)