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32 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de noviembre de 2023 El Peruano / Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como la publicación de la Resolución y su Anexo en el Portal Institucional (www.gob.pe/inia), Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y Portal de Transparencia (www.transparencia.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE JUAN GANOZA RONCAL Gerente General 2239565-1 DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Aceptan renuncia de Viceministro de Prestaciones Sociale s y encargan sus funciones a la Viceministra de Políticas y Evaluación Social RESOLUCIÓN SUPREMA N° 006-2023-MIDIS Lima, 28 de noviembre de 2023CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, la cual contempla el cargo de Viceministro/a de Prestaciones Sociales; Que, mediante Resolución Suprema Nº 004-2023-MIDIS, publicada el 29 de junio de 2023 en el diario o fi cial “El Peruano”, se designa al señor JUSTO ALEJANDRO POZO ZÁRATE en el cargo de Viceministro de Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, el citado funcionario ha presentado su renuncia, por lo que corresponde aceptar la misma; Que, asimismo, corresponde encargar las funciones del citado cargo en tanto se designe a su titular; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, la Resolución Ministerial Nº 073-2021-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor JUSTO ALEJANDRO POZO ZÁRATE al cargo de Viceministro de Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Artículo 2.- Encargar las funciones de Viceministro/a de Prestaciones Sociales a la señora FANNY ESTHER MONTELLANOS CARBAJAL, Viceministra de Políticas y Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en adición a sus funciones y en tanto se designe al/a la titular del citado cargo. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES Ministro de Desarrollo e Inclusión Social 2239747-8ECONOMÍA Y FINANZAS Aprueban Lineamientos para el Registro Provisional de Información de Gobiernos Locales en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recur sos Humanos del Sector Público RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0010-2023-EF/53.01 Lima, 24 de noviembre de 2023VISTO:El Informe N° 1048-2023-EF/53.06 de la Dirección de Técnica y de Registro de Información de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público, establece que la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos, a cargo de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos (DGGFRH), se defi ne como la evaluación y validación de los ingresos correspondientes a los recursos humanos del Sector Público y la administración del registro de dichos ingresos con transparencia, legalidad, e fi ciencia y e fi cacia; asimismo, tiene por fi nalidad contribuir a la asignación y utilización e fi cientes de dichos ingresos, a través de la implementación de la Planilla Única de Pago y otros instrumentos, garantizando la Sostenibilidad Fiscal y Responsabilidad Fiscal; Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto de Urgencia N° 038-2019, Decreto de Urgencia que establece reglas sobre los ingresos correspondientes a los recursos humanos del Sector Público, establece que la implementación del Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) en los gobiernos locales se realiza de forma progresiva; Que, asimismo, el artículo 3 del Decreto de Urgencia N° 044-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias y urgentes en materia de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Sector Público, establece disposiciones referidas a la Planilla Única de Pago del Sector Público, al registro en el AIRHSP, y al proceso de interoperabilidad del mencionado Aplicativo Informático; Que, al amparo de dicho marco normativo, el numeral 5.2 del artículo 5 del Decreto Supremo N° 153-2021-EF, Decreto Supremo que aprueba Disposiciones Complementarias para la aplicación del Decreto de Urgencia N° 044-2021, establece que el AIRHSP es la herramienta informática que contiene el registro de los datos personales, datos laborales y conceptos de ingresos correspondientes a los recursos humanos del Sector Público; Que, el artículo 30 de la Ley 31538, Ley que aprueba créditos suplementarios para el fi nanciamiento de los gastos asociados a la emergencia sanitaria producida por la COVID-19, la reactivación económica, y otros gastos de las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, y dicta otras medidas, dispone la vigencia permanente del numeral 1.2 del artículo 1, y de los artículos 2 y 3 del Decreto de Urgencia 044-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias y urgentes en materia de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Sector Público; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31728, Ley que aprueba créditos suplementarios para el fi nanciamiento de mayores gastos en el marco de la reactivación económica a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos