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33 NORMAS LEGALES Martes 17 de octubre de 2023 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Directoral Nº 215- 2023-OGGRH/MINSA, de fecha 9 de marzo de 2023, se aprobó la actualización de los cargos comprendidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud, aprobado con Resolución Secretarial N° 063-2022/MINSA, en el cual el cargo de Secretario/a General (CAP – P Nº 37) del Ministerio de Salud, se encuentra clasi fi cado como funcionario público; Que, se ha visto por conveniente designar al señor JUAN ENRIQUE ALCÁNTARA MEDRANO, en el cargo señalado en el considerando precedente; Con el visado de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; y el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor JUAN ENRIQUE ALCÁNTARA MEDRANO, en el cargo de Secretario General (CAP – P Nº 37), Nivel F-6, del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2225622-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Modifican la R.M. N° 258-2023-MTC/01 que designa Comité Especial responsable de organizar y conducir el proceso de selección de Empresa Privada financista y/o ejecutora, así como de la entidad privada supervisora del Proyecto de Inversión “Construcción del Puente Santa Rosa, accesos, rotonda y paso a desnivel, Región Callao” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1463-2023-MTC/01 Lima, 13 de octubre de 2023VISTOS: El Memorando N° 1826-2023-MTC/02 del Despacho Viceministerial de Transportes, el Memorando N° 6127-2023-MTC/19 de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, el Memorando N° 2478-2023-MTC/09 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y las Notas de Elevación Nros. 241-2023- MTC/20 y 265-2023-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Programa Especial de Infraestructura de Transporte Nacional-Provias Nacional; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en los artículos 1 y 2 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, aprobado por Decreto Supremo N° 081- 2022-EF (en adelante, el TUO de la Ley N° 29230), esta norma tiene como objetivo impulsar la ejecución de proyectos de inversión de impacto regional y local, con la participación del sector privado, mediante la suscripción de convenios de inversión entre las empresas privadas y los Gobiernos Regionales y/o los Gobiernos Locales, para que estas últimas puedan fi nanciar, ejecutar y/o proponer proyectos de inversión, inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición, e inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición de emergencia en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, los que deben estar en armonía con las políticas y con los planes de desarrollo nacional, regional y/o local, y contar con la declaración de viabilidad, o con la aprobación, según corresponda; Que, mediante el artículo 4 del TUO de la Ley N° 29230 se autoriza a las entidades del gobierno nacional, en el marco de sus competencias, a ejecutar proyectos de inversión, inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición, e inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición de emergencia en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, en materia de salud, educación, turismo, agricultura y riego, orden público y seguridad, cultura, saneamiento, electri fi cación rural, industria, pesca, deporte, ambiente, remediación de pasivos ambientales, habilitación urbana, protección social, desarrollo social, transportes, comunicaciones, justicia, acceso a servicios de atención al ciudadano, mercado de abastos, incluyendo su mantenimiento, en el ámbito de sus competencias, mediante los procedimientos establecidos en el TUO de la Ley N° 29230 y en su Reglamento; Que, el numeral 30.1 del artículo 30 del Reglamento de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado y del Decreto Legislativo N° 1534, Decreto Legislativo que modi fi ca la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, y dispone medidas para promover la inversión bajo el mecanismo de Obras por Impuestos, aprobado por Decreto Supremo N° 210-2022-EF (en adelante, el Reglamento), dispone que el proceso de selección de la Empresa Privada se realiza por un comité especial designado para tal efecto por el titular de la Entidad Pública en la Resolución de aprobación de lista de priorización en caso de entidades de Gobierno Nacional; Que, el numeral 30.2 del artículo 30 del Reglamento establece que el comité especial está integrado por tres (3) miembros, de los cuales dos (2) deben contar con conocimiento técnico en el objeto del proceso de selección; Que, el artículo 31 del Reglamento señala que los integrantes suplentes del comité especial solo actúan ante la ausencia de su respectivo titular y la remoción de los titulares del comité especial solo se genera por caso fortuito o fuerza mayor, cese en el servicio o situación justifi cada, mediante resolución debidamente motivada por el titular de la entidad o quien este delegue, en la cual se designa al nuevo integrante; Que, asimismo, el artículo 33 del Reglamento establece que se encuentran impedidos de integrar un comité especial: i) El titular de la Entidad Pública o autoridad a quien se le delegue las competencias de acuerdo con el artículo X del Título Preliminar; y, ii) Todos los servidores públicos que tengan atribuciones de control o fi scalización tales como regidores, consejeros, auditores y otros de naturaleza similar; Que, mediante Resolución Ministerial N° 258-2023- MTC/01, se incorpora en la Lista de Proyectos Priorizados del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobada por Resolución Ministerial N° 1212-2017-MTC/01.02, modi fi cada por Resolución Ministerial N° 1356-2022- MTC/01, el Proyecto de Inversión “Construcción del Puente Santa Rosa, Accesos, Rotonda y Paso a Desnivel, Región Callao” (en adelante, el Proyecto de Inversión), con Código Único de Inversiones N° 2328807, para ser fi nanciado y ejecutado en el marco del TUO de la Ley N° 29230 y su Reglamento; asimismo, el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial designa a los miembros titulares y suplentes del Comité Especial responsable de organizar y conducir el proceso de selección de la Empresa Privada fi nancista y/o ejecutora, así como de