NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (13/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 56
56 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de setiembre de 2023 El Peruano / 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; Que, la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, según el numeral 1.1 de su artículo 1, modi fi cado por la Décima Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, tiene por objeto que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, entre otros, bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los S/ 5’000,000.00 (Cinco Millones y 00/100 soles), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; Que, en el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley N° 31358, se precisa que para la aplicación del mecanismo de control gubernamental en las inversiones a que se refi ere el artículo 1 de la referida ley, se destina para su fi nanciamiento hasta el 2% (dos por ciento) de su valor total, desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al fi nanciamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental; Que, en el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley N° 31358, se autoriza a los pliegos involucrados del Gobierno Nacional, entre otros, a cargo de las intervenciones a que se re fi eren los artículos 1 y 3 de la precitada Ley, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del pliego 019 - Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior, conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 4.2 del precitado artículo, las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del Titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional (en el presente caso, de la Sunarp); precisándose que la resolución del titular del pliego se publica en el Diario O fi cial El Peruano; Que, en el numeral 7.3 de la Directiva Nº 018-2022- CG/GMPL “Directiva externa que establece disposiciones complementarias de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente”, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 275-2022-CG y modi fi cada con Resolución de Contraloría N° 139-2023-CG, se dispone que, “una vez previsto el presupuesto para el fi nanciamiento de los servicios de control gubernamental para las inversiones e iniciativas de contratación que se encuentren en el marco de la Ley N° 31358 y sus modi fi catorias, se hace efectiva la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría y solo a su solicitud. (…) Para el cumplimiento de las disposiciones de la Ley N° 31358 y sus modi fi catorias, esta autoriza a los Pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y local a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestales en el marco de lo que se establezca en las leyes de presupuesto anual, a fi n de que puedan hacer efectivas las transferencias fi nancieras correspondientes a favor de la Contraloría”; Que, con el O fi cio Nº 1308-2023-CG/SGE, el Secretario General de la Contraloría General de la República (CGR) señala que, en el marco de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, ha estimado el costo total del control concurrente para el fi nanciamiento de los servicios de control gubernamental del proyecto de inversión con CUI N° 2322060: “Mejoramiento de los servicios registrales de la Ofi cina Registral Selva Central Urbanización San Carlos, distrito de Chanchamayo, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín”, solicitando se proceda a realizar la trasferencia a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por el monto de S/ 235,133.00 (Doscientos treinta y cinco mil ciento treinta y tres con 00/100 soles); Que, mediante el O fi cio Nº 391-2023-SUNARP/ ZRVIII/JEF, el Jefe de la Zona Registral Nº VIII – Sede Huancayo, solicita se gestione el acto resolutivo del titular del pliego que autorice la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, para el control gubernamental, en el marco de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, referido a la precitada inversión, adjuntando los documentos sustentatorios correspondientes; Que, en el Informe N° 192-2023-SUNARP/ZRVIII/ UPPM, de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización de la Zona Registral Nº VIII – Sede Huancayo se precisa que, mediante el O fi cio N° 387-2023-SUNARP/ZRVIII/JEF se solicitó a la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, la aprobación de la nota de modi fi cación presupuestal N° 085 con la fi nalidad de trasladar los recursos requeridos a la partida del gasto 2.4.2.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional, la misma que ha sido aprobada por la citada O fi cina. En tal contexto, a fi n de dar cumplimiento a lo solicitado por la Contraloría General de la República, en el marco de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, solicita gestionar la emisión de la resolución del titular del pliego para la aprobación de la transferencia fi nanciera a la Contraloría General de la República, por el monto de S/ 235,133.00 (Doscientos treinta y cinco mil ciento treinta y tres con 00/100 soles); Que, mediante el Memorándum N° 1234-2023-SUNARP/ OPPM, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización adjunta y hace suyo el Informe Técnico N° 041-2023-SUNARP/OPPM/UP, emitido por la Unidad de Presupuesto, el cual señala que, de la revisión al Presupuesto Institucional de Gastos para el año fi scal 2023 de la Unidad Ejecutora 012 Zona Registral VIII Sede Huancayo, éste comprende el proyecto de inversión con CUI N° 2322060: “Mejoramiento de los servicios registrales de la o fi cina registral Selva Central urbanización San Carlos, distrito de Chanchamayo, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín”, con los créditos presupuestarios en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias. En ese sentido, emite opinión técnica favorable en materia presupuestaria sobre la solicitud de transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, hasta por el monto de S/ 235,133.00 (Doscientos treinta y cinco mil ciento treinta y tres con 00/100 soles), con cargo a los recursos presupuestales de la Unidad Ejecutora 012 Zona Registral VIII Sede Huancayo; Que, mediante el Informe Nº 825-2023-SUNARP/ OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que resulta viable legalmente emitir el acto resolutivo que autorice la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, hasta por el monto de S/ 235,133.00 (Doscientos treinta y cinco mil ciento treinta y tres con 00/100 soles), correspondiente al control concurrente, referido al proyecto de inversión con CUI N° 2322060: “Mejoramiento de los servicios registrales de la O fi cina Registral Selva Central Urbanización San Carlos, distrito de Chanchamayo, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín”, en el marco del artículo 4 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; siendo competencia del despacho de la Superintendencia Nacional, emitir el citado acto resolutivo que será publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”, conforme a lo dispuesto en la precitada norma y en el artículo 10 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobado por Resolución Nº 035-2022-SUNARP/SN, que establece que el Superintendente Nacional es la más alta autoridad jerárquica y ejerce la titularidad del pliego presupuestal y representación institucional; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control