NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (16/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 84
TEXTO PAGINA: 59
59 NORMAS LEGALES Sábado 16 de setiembre de 2023 El Peruano / al estado peruano, los recursos minerales del subsuelo del territorio nacional, así como del dominio marítimo, por lo que su aprovechamiento debe realizarse mediante el régimen de concesiones; Que, en virtud del artículo 4º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, los gobiernos regionales tienen por fi nalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública, privada y el empleo; y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, asimismo, en el inciso g) del artículo 9º de la citada ley, señala que los gobiernos regionales son competentes para promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, vialidad, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente, conforme a ley; concordante con el inciso c) del artículo 59º que establece como función de los gobiernos regionales, en materia de energía, minas e hidrocarburos, fomentar y supervisar las actividades de la pequeña minería y la minería artesanal y la exploración y explotación de los recursos mineros de la región con arreglo a ley; Que, mediante Ley Nº 31808, de fecha 08 de junio de 2023, se aprobó declarar de interés nacional la construcción, instalación e implementación de una planta de producción de fertilizantes de roca fosfórica en la provincia de Sechura, departamento de Piura, en cuya Disposición Complementaria Final Única se dispone; en el marco legal de esta declaración de interés nacional, que el Ministerio de Energía y Minas, el Ministerio del Ambiente, el Gobierno Regional de Piura, la Municipalidad Provincial de Sechura, de conformidad con sus atribuciones y competencias, adopten las acciones correspondientes para el desarrollo de estudios técnicos para la implementación de la planta de producción de fertilizantes de roca fosfórica ubicada en la provincia de Sechura, departamento de Piura, así como la elaboración de procedimientos que consideren necesarios para cumplir la fi nalidad de la referida ley; Que, de acuerdo al marco normativo antes precisado, resulta viable impulsar y promover el proyecto de construcción, instalación e implementación de una planta de producción de fertilizantes, a base de roca fosfórica a ser extraída en la provincia de Sechura de la región Piura, con el propósito de contribuir a garantizar la seguridad alimentaria, a través del incremento de la producción y productividad de los múltiples cultivos instalados en los terrenos agrícolas que elevarán la calidad de vida de los agricultores y contribuirá al desarrollo económico regional y nacional cerrando brechas socio económicas; Que, la región Piura cuenta con la mayor reserva de roca fosfórica del Perú, localizada en la provincia de Sechura, siendo el principal insumo que se requiere para la producción de fertilizantes; por ello, se justi fi ca la implementación de la planta de producción de fertilizantes, que ayudaría a cubrir la demanda regional de 22,173 TM y nacional de 455,970 TM, no satisfecha por la crisis mundial de los fertilizantes, precios elevados, escasez de los mismos y la incertidumbre que genera el cierre intempestivo de mercados, que impacta negativamente en la agricultura regional y nacional, considerando la enorme importancia del sector agrario de la región y del país; Que, la planta de producción de fertilizantes a construirse e implementarse en la provincia de Sechura, por mandato de la Ley Nº 31808, está garantizada por la oferta de roca fosfórica proveniente entre otras, de las concesiones mineras BAYOVAR Nº 5, 6, 7, 8 y 12, según detalle siguiente: Código Concesión Minera Área (Has) 12000441Y01 BAYOVAR Nº 5 9,336.00 12000442Y01 BAYOVAR Nº 6 49,140.00 12000443Y01 BAYOVAR Nº 7 6,814.00 12000444Y01 BAYOVAR Nº 8 16,905.00 12000448Y01 BAYOVAR Nº 12 12,575.00 TOTAL 94,770.00 Que, las concesiones mineras antes mencionadas se encuentran actualmente registradas a nombre de la empresa estatal ACTIVOS MINEROS SAC, bajo el ámbito de FONAFE; Que, la conservación, protección y aprovechamiento de la roca fosfórica y la construcción, instalación e implementación de la planta de producción de fertilizantes en la provincia de Sechura, departamento de Piura, impactará positivamente en los cultivos instalados sobre un área aproximada de 273,139 mil hectáreas con que cuenta la región Piura, bene fi ciando directamente a 142,850 mil productores agrarios, con precios accesibles de los fertilizantes; así mismo, se proyecta una ampliación de la frontera agrícola regional por encima de las 500 mil hectáreas, que generará miles de puestos de trabajo directo e indirecto, que dinamizará la economía regional y nacional, contribuyendo al PBI nacional y al crecimiento y desarrollo económico del país, de acuerdo el detalle siguiente: AGENCIAS AGRARIA SPIURA CHULUCANASSAN LORENZOCHIRA HUANCABAMBA HUARMACA AYABACACULTIVOS (Ha) PERMANENTE 9,005 9,413 36,409 7,083 4,795 1,907 2,735 SEMI PERMANENTE 2,696 16,222 1,985 27,631 4,295 3,563 5,714 TRANSITORIOS 35,573 24,345 22,990 27.399 14,792 4,873 9,714 SUB-TOTAL 47,274 49,980 61,384 62,113 23,882 10,343 18,163 TOTAL 273,139 Tabla Nº 01 Fuente. Dirección Regional de Agricultura – Piura Que, la Gerencia General Regional, remitió a la Secretaría del Consejo Regional, el Memorando Nº 494-2023/GRP-450000, de fecha 22 de junio de 2023, en el que mani fi esta la importancia de aprobar Declaratoria de interés regional y necesidad pública la conservación, intangibilidad y protección de los yacimientos de roca fosfórica en la Provincia de Sechura a ser aprobado mediante Ordenanza Regional; Que, mediante Dictamen Nº 002-2023/GRP-CR- CRNyMA, de fecha 8 de Agosto de 2023, la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Medio Ambiente, recomendó aprobar la Ordenanza Regional que Declara de Interés Regional y Necesidad Pública la Conservación, Protección y Aprovechamiento de la Roca Fosfórica en la Provincia de Sechura para garantizar el funcionamiento de la planta de producción de fertilizantes; Que, estando a lo acordado y aprobado, en Sesión Extraordinaria Nº 015-2023/GRP-CR, celebrada el día 16 de agosto de 2023, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y sus modi fi catorias, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, y