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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (19/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Martes 19 de setiembre de 2023 El Peruano / De conformidad con lo señalado en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado con Decreto Supremo N° 005-2020-VIVIENDA, el Texto Único Ordenado del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 016-2021-VIVIENDA; los “Lineamientos para la selección y designación de los miembros de las Comisiones de Dirección Transitoria, Directorio, Gerentes Generales, Gerentes de Línea, de Apoyo y de Asesoramiento para las empresas prestadoras incorporadas al Régimen de Apoyo Transitorio” - Versión 02, aprobados por Resolución de Consejo Directivo N° 006-2023-OTASS-CD; y el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2019-VIVIENDA y Resolución Directoral N° 010-2019-OTASS/DE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Conclusión de designación conforme al Decreto Legislativo N° 1280 Dar por concluida las designaciones de la Gerente General y del Gerente de Operaciones de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Virgen de Guadalupe del Sur Sociedad Anónima-EPS EMAPAVIGS S.A. incorporada al Régimen de Apoyo Transitorio, conforme al Decreto Legislativo N° 1280, según el siguiente detalle: N° CARGO NOMBRES Y APELLIDOS D.N.I.ULTIMO DIA DE ENCARGATURA 1GERENTE GENERALKETTY RUTH ROSALES HINOSTROZA2113540918 de setiembre de 2023 2GERENTE DE OPERACIONESROLANDO NELSON HUAMÁN CASANOVA2185870718 de setiembre de 2023 Artículo 2.- Designación conforme al Decreto Legislativo N° 1280 Designar a la Gerente General y al Gerente de Operaciones de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Virgen de Guadalupe del Sur Sociedad Anónima-EMAPAVIGS S.A. incorporada al Régimen de Apoyo Transitorio, conforme al Decreto Legislativo N° 1280, según el siguiente detalle: N° CARGO NOMBRES Y APELLIDOS D.N.I.INICIO DE LABORES 1 GERENTE GENERALJUAN CARLOS BUENO RIVERA2069997519 de setiembre de 2023 2GERENTE DE OPERACIONESMARLON BRAGGIAN BURGOS4644846719 de setiembre de 2023 Artículo 3.- Noti fi cación Notifi car la presente resolución a los servidores citados en los artículos 1 y 2 precedentes, a la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración, y a la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Virgen de Guadalupe del Sur Sociedad Anónima-EPS EMAPAVIGS S.A. para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 4.- Publicidad Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (www.gob.pe/otass). Regístrese, comuníquese y publíquese.VICTOR MURILLO HUAMÁN Presidente del Consejo Directivo 2216440-1Designan al Gerente de Ingeniería, Proyectos y Obras, al Subgerente de la Oficina de Logística, a la Subgerente de Imagen Corporativa y Gestión Social, y al Gerente de Desarrollo y Presupuesto, de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ica Sociedad Anónima - EPS EMAPICA S.A. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 000033-2023-OTASS-CD Lima, 18 de septiembre de 2023VISTO:Los Informes Nros. 000622, 000638 y 000658-2023-OTASS-DO de la Dirección de Operaciones, los Informes Nros. 001223, 001258, 001260 y 001259-2023-OTASS-URH de la Unidad de Recursos Humanos, los Informes Nros. 000445, 000461, 000464 y 000463-2023-OTASS-OA de la O fi cina de Administración, el Memorando N° 000054-2023-OTASS-ST-CD de la Secretaría Técnica del Consejo Directivo, el Informe N° 000356-2023-OTASS-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 005-2020- VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento (en adelante, TUO de la Ley Marco), el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, fi nanciera y administrativa, con competencia a nivel nacional y constituye pliego presupuestario; el cual desarrolla su competencia en concordancia con la política general, objetivos, planes, programas y lineamientos normativos establecidos por el Ente Rector; Que, en el numeral 3 del inciso 101.1 del artículo 101 del TUO de la Ley Marco, se señala que a partir del inicio y durante la aplicación del Régimen de Apoyo Transitorio, la responsabilidad y la administración de la prestación de los servicios de saneamiento en el ámbito de las empresas prestadoras se encuentra a cargo del OTASS; Que, conforme a lo establecido en el numeral 101.4 del artículo 101 del TUO de la Ley Marco, los gerentes de las empresas prestadoras incorporadas al Régimen de Apoyo Transitorio son designados por el Consejo Directivo del OTASS, cuyo Acuerdo es título su fi ciente para su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas de la o fi cina registral respectiva; Que, conforme a lo establecido en el inciso 3.1 del artículo 3 del Decreto de Urgencia N° 024-2023, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias, en materia económica y fi nanciera, para autorizar la transferencia de recursos destinados a fortalecer la gestión de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS) en zonas declaradas en estado de emergencia ante intensas precipitaciones pluviales y por la probable ocurrencia del Fenómeno El Niño, y dicta otras medidas; para el caso de las EPS en Régimen de Apoyo Transitorio (RAT), adicionalmente a lo establecido en el numeral 3 del inciso 101.1 del artículo 101 del TUO de la Ley Marco, el OTASS se encuentra facultado para contratar personal de con fi anza bajo la modalidad CAS, siempre que el número adicional de personal de con fi anza a ser contratado no supere el límite de servidores de confi anza previsto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y en el Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la