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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (15/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Lunes 15 de abril de 2024 El Peruano / Que, mediante el Informe N° 00107-2024-OEFA/OAD- URH, la Unidad de Gestión de Recursos Humanos de la Ofi cina de Administración concluye que la señora Aurea Hermelinda Cadillo Villafranca cumple con los requisitos y el per fi l para el cargo de con fi anza de Jefe/a de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA que ingresará al régimen laboral de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; Que, en ese sentido, resulta necesario que la Presidencia del Consejo Directivo emita el acto resolutivo que designe, a partir del 15 de abril de 2024, a la servidora civil de con fi anza que desempeñe el cargo de Jefe/a de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA; Con el visado de la Gerencia General, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración; y, De conformidad con lo establecido en el Artículo 6° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; el Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, que aprueba el Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 061-2019-SERVIR/PE, que formaliza el acuerdo de Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, adoptado en Sesión N° 015-2019, mediante el cual se aprobó el Cuadro de Puestos de la Entidad del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA; y, en uso de la atribución conferida por los Literales f) y t) del Artículo 16° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar, con efectividad a partir del 15 de abril de 2024, a la señora Aurea Hermelinda Cadillo Villafranca, en el puesto de con fi anza de Jefe/a de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, con código de puesto DP0102054, y disponer su ingreso al régimen laboral de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano y cumpla la Ofi cina de Relaciones Institucionales y Atención a la Ciudadanía con publicarla en la sede digital del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www. gob.pe/oefa) en el plazo de dos (2) días hábiles contado desde su emisión Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN EDGARDO NARCISO CHÁVEZ Presidente del Consejo Directivo 2279260-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS DEFENSORIA DEL PUEBLO Autorizan viaje del Defensor del Pueblo a Colombia, en comisión de servicios, y encargan el Despacho Defensorial a la Primera Adjunta (e) RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 009-2024/DP Lima, 10 de abril de 2024VISTO: La invitación del Presidente de la Federación Iberoamericana del Ombudsperson – FIO y Defensor del Pueblo de Colombia, el Memorando N° 0011-2024-DP/GA emitido por el Gabinete de la Defensoría del Pueblo, el Memorando N° 499-2024-DP/OGDH emitido por la O fi cina de Gestión y Desarrollo Humano, el Memorando N° 225-2024-DP/OAF emitido por la O fi cina de Administración y Finanzas y el Informe N° 240-2024-DP/OAJ emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con los artículos 161° y 162° de la Constitución Política del Perú, se constituye la Defensoría del Pueblo como Organismo Constitucionalmente Autónomo y se asignan sus funciones mediante la Ley N° 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo y sus modi fi catorias; y, mediante la Resolución Defensorial N° 004-2024/DP se aprueba su Reglamento de Organización y Funciones; Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM (en adelante la LEY y el REGLAMENTO, respectivamente), regulan la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, que irroguen o no gastos al Tesoro Público; Que, el artículo 2° de la LEY y el artículo 2° del REGLAMENTO disponen que las resoluciones que autoricen viajes al exterior de la República que sean estrictamente necesarios, serán debidamente sustentadas en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberán indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje y el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac; Que, el artículo 4° del REGLAMENTO señala que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, el artículo 5° del REGLAMENTO dispone que los gastos por concepto de viáticos que ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados sobre la base de la Escala de Viáticos por Zonas Geográ fi cas, debiendo aprobar las Entidades del Sector Público, mediante Resolución del Titular de la Entidad y publicada en el Diario O fi cial El Peruano, menores asignaciones por concepto de viáticos, tomando en consideración las facilidades proporcionadas en el lugar de destino, la existencia de fi nanciamiento parcial, duración del viaje por capacitación, entre otras circunstancias, privilegiando la austeridad del gasto fi scal; Que, mediante el Memorando N° 0011-2024-DP/ GA, de fecha 22 de marzo de 2024, la Jefa de Gabinete (e) comunica a la Secretaría General lo siguiente: “(…) el Defensor del Pueblo, Josué Manuel Gutiérrez Cóndor, ha sido invitado por el señor Carlos Camargo Assis, Presidente de la Federación Iberoamericana del Ombusdperson (FIO) y Defensor del Pueblo de Colombia al Encuentro FIO por la Amazonía – Lanzamiento de la Alerta Temprana FIO ante la Deforestación en la Amazonía, la cual se llevará a cabo el 16 y 17 abril de 2024 en la ciudad de Leticia, Colombia. Dicho evento tiene como objetivo, dentro del marco del Plan de Trabajo 2024 de la Presidencia de FIO, advertir las dinámicas de la deforestación en la Región Amazónica, que amenazan los derechos a la vida, libertad, integridad, seguridad y el derecho al medio ambiente sano, así como impulsar acciones preventivas de los distintos Estados, a través del rol del Ombudsperson.”; Que, asimismo, señala que “(…) la Defensoría del Pueblo sólo asumirá los gastos de pasajes internacionales ruta Lima-Bogotá-Lima; y los gastos de viáticos para la participación del Defensor del Pueblo en el mencionado evento, serán fi nanciados por la FIO (Alojamiento, alimentación y traslado en lo que respecta desde su recojo como funcionario desde Bogotá a Leticia y en su retorno de Leticia a Bogotá).”; por lo que, solicita que se realicen las acciones administrativas correspondientes para la elaboración de la resolución que autorice el viaje al Defensor del Pueblo a la ciudad de Leticia, Colombia, y el encargo del Despacho Defensorial a la Primera Adjunta, Rina Karen Rodríguez Luján; Que, por su parte, mediante el Memorando N° 499- 2024-DP/OGDH, de fecha 27 de marzo de 2024, la