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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (27/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 63

63 NORMAS LEGALES Sábado 27 de abril de 2024 El Peruano / trámite correspondiente, conforme a lo recomendado por la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE DECRETA:Artículo Primero.- MODIFICAR el Artículo Primero del Decreto de Alcaldía N° 008-2024/MM, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 21 de abril de 2024, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo Primero.- CONVOCAR a la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2024 de la Municipalidad de Mira fl ores, la misma que se llevará a cabo en la modalidad mixta, conforme al cronograma que se detalla a continuación: ACTIVIDAD PROGRAMADA FECHA 1. Convocatoria y Difusión (Diario O fi cial El Peruano, Portal web: www.mira fl ores.gob.pe, y redes sociales institucionales)Fecha de Publicación en el diario o fi cial El Peruano 2. Inscripción, Registro de Participantes y presentación de preguntas y/o consultas. (Medio: Formulario Google, difundido a través del Portal Web: www.mira fl ores.gob.pe, y redes sociales institucionales)Hasta el jueves 23 de mayo de 2024 3. Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2024. Redes Sociales de la Municipalidad (Facebook, YouTube) Palacio Municipal, Av. Larco 400, Mira fl ores, (Aforo Limitado, previo registro)Jueves, 30 de mayo de 2024 a horas 09:00 a.m. 4. Publicación de la Información de Rendición de Cuentas en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad (Medio: Portal Web: www.mira fl ores.gob. pe, y Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad de Mira fl ores)Martes, 04 de junio de 2024 Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario o fi cial El Peruano y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad de Mira fl ores. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS CANALES ANCHORENA Alcalde 2283244-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Conforman el Comité de Promoción de la Inversión Privada - CPIP de la Municipalidad de Santiago de Surco RESOLUCIÓN Nº 061-2024-RASS Santiago de Surco, 22 de abril del 2024EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El Memorándum Nº 699-2024-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 308-2024-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 16 -2024-SGIPPC-GPP-MSS de la Subgerencia de Iniciativas Públicas, Privadas y Cooperación, sobre la conformación del Comité de Promoción de la Inversión Privada; y,CONSIDERANDO: Que, con los artículos 3º y 6º del T.U.O. del Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, aprobado por Decreto Supremo Nº 195-2023-EF, se declaró de interés nacional la promoción de la inversión privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, para contribuir al crecimiento de la economía nacional, al cierre de brechas en infraestructura o en servicios públicos, a la generación de empleo productivo y a la competitividad del país, y que, entre otras entidades, el Gobierno Local asume la titularidad del proyecto a desarrollarse mediante las modalidades reguladas en dicha norma; Que, los numerales 7.1 y 7.2 del artículo 7º del T.U.O. del Decreto Legislativo Nº 1362, establecen que las entidades públicas titulares de proyectos o que prevean desarrollar procesos de promoción de la inversión privada, bajo las modalidades reguladas en el referido decreto legislativo, crean el Comité de Promoción de la Inversión Privada (CPIP); el que asume roles de Organismo de Promoción de la Inversión Privada y Órgano de Coordinación con Proinversión y el Ministerio de Economía y Finanzas; asimismo, de conformidad con el numeral 7.3 del artículo en mención, en el caso de los gobiernos locales, la designación de los miembros del referido comité se efectúa mediante Resolución de Alcaldía, la cual será publicada en el diario o fi cial El Peruano y posteriormente comunicada al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas; Que, el numeral 17.1 del artículo 17º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1362, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 240-2018-EF, prescribe que la conformación del citado comité debe estar integrado por tres (03) funcionarios de la alta dirección o titulares de órganos de línea o asesoramiento de la entidad; asimismo, el numeral 17.2 del referido artículo señala que en caso de los Gobiernos Locales, las funciones del CPIP, son ejercidas por el órgano designado para tales efectos, que cuenta con las facultades, obligaciones y responsabilidades establecidas en la normativa vigente; Que, con Resolución Nº 135-2016-RASS de fecha 19.02.2016, se designó con e fi cacia anticipada al 02.01.2016, a la Subgerencia de Iniciativas Públicas Privadas y Cooperación, como el órgano de la Municipalidad de Santiago de Surco, encargado de ejercer las funciones asignadas al Comité de Inversiones; Que, mediante Informe Nº 16-2024-SGIPPC-GPP- MSS de fecha 17.04.2024, la Subgerencia de Iniciativas Públicas, Privadas y Cooperación, propone conformar el Comité de Promoción de la Inversión Privada, encargado de diseñar, conducir y concluir los procesos de Promoción de la Inversión Privada, y dejar sin efecto la Resolución Nº 135-2016-RASS, por haber sido derogado el D.L Nº 1224 que sirvió de sustento legal; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, a través del Informe Nº 308-2024-GAJ-MSS de fecha 17.04.2024, señala que estando a la normativa detallada precedentemente, y a lo propuesto por la Subgerencia de Iniciativas Públicas Privadas y Cooperación, en su calidad de área usuaria encargada de gestionar las acciones de promoción de las iniciativas públicas, privadas y cooperación internacional para promoción de la inversión en el distrito, conforme sus funciones establecidas en el artículo 74 del Reglamento de Organización y Funciones -ROF, así como a la luz de las medidas dictaminadas por el Gobierno Central para mejorar la gestión de proyectos y los procesos de promoción de la inversión privada, resulta viable se derogue la Resolución Nº 135-2016-RASS y se conforme un comité actualizado a efectos de cumplir con los Lineamientos señalados en el Decreto Legislativo Nº 1362 y el Decreto Legislativo Nº 1543 que promueve la mejora de la gestión de los procesos de promoción de la inversión privada, para lo cual deberá emitirse la respectiva Resolución de Alcaldía, en los términos planteados por la Subgerencia de Iniciativas Públicas Privadas y Cooperación; Que, la Gerencia Municipal, mediante Memorándum Nº 699-2024-GM-MSS, del 18.04.2024, mani fi esta