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61 NORMAS LEGALES Sábado 27 de abril de 2024 El Peruano / • El Memorándum N° 044-2023-MDJM-GM-SGPV, de la Subgerencia de Participación Vecinal, señala que se realizó una consulta vecinal entre los propietarios y/o habitantes de los predios de las avenidas Ricardo Tizón y Bueno y Cayetano Heredia para determinar la opinión de los mismos respecto del cambio de categoría vial de dichas vías; dando como resultado que del 100% de los encuestados el 84% emitió opinión favorable al cambio de categoría vial y el 15.7% emitió opinión desfavorable. • La categoría actual de avenida ocasiona la aplicación de parámetros de alturas superiores a los que le correspondería si tuviera la categoría de jirón. Tal situación afecta el per fi l urbano de dicha zona, en donde actualmente, la altura promedio de las viviendas es de dos a tres pisos, lo que genera una distorsión urbanística, ocasionando mayor densidad en la población, en una zona con características mayormente residenciales. • Las autorizaciones, licencias y similares obtenidas con anterioridad a la entrada en vigencia de la norma correspondiente mantendrán su validez, toda vez que son derechos adquiridos. • Propone restituir a la categoría de jirón a las cuadras 01 al 08, lado par e impar de la Av. Ricardo Tizón y Bueno y, a las cuadras 01 al 11, lado par e impar, de la Av. Cayetano Heredia. • También indica que dicha Subgerencia como la Subgerencia de Control Urbano y Catastro realizaron consultas a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima y al Instituto Metropolitano de Plani fi cación, como se detalla: - Mediante O fi cio N° 013-2023-MDJM/GDU/SCUC de fecha 26 de mayo de 2023, la Subgerencia de Control Urbano y Catastro formuló consulta a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a fi n de que señale si la Ordenanza N° 2079- MML que establece el procedimiento de rati fi cación de nomenclatura vial y de áreas de recreación pública en los distritos de Lima Metropolitana y de aprobación de asignación o modi fi cación de nomenclatura en el Cercado de Lima, es aplicable al cambio de jerarquía de vías, ante lo cual la División de Nomenclatura y Numeración de la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima con O fi cio N° D000005-2023-MML-GDU-SAU- DNN, comunica que el cambio de jerarquía de vías no se encuentra regulado en la Ordenanza N° 2079-MML y sugiere tomar en cuenta el Reglamento de Jerarquización de Vías aprobado por Decreto Supremo N° 017-2007-MTC. - Con O fi cio N° 025-2023-MDJM-GDU, del 23 de octubre de 2023, la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta entidad solicitó información a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para que nos indique el procedimiento para el cambio de jerarquía de vías por lo que, a través de la Carta N° D0000091-2023-MML-GDU-SAU-DNN, de fecha 18 de diciembre de 2023, la División de Nomenclatura y Numeración comunica que la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, es competente para emitir informes sobre solicitudes de asignación y modi fi cación de nomenclatura vial y áreas de recreación del Cercado de Lima, así como para la rati fi cación de modi fi cación de nomenclatura en la provincia de Lima “más no para intervenir en cambios en la jerarquía de las vías”. - A través del O fi cio N° 001-2024/MDJM-GDU- SGOPPU, del 11 de enero de 2024, la Subgerencia de Obras Privadas y Planeamiento Urbano efectuó consulta al Instituto Metropolitano de Plani fi cación (IMP) en el sentido que indique sí, entre sus funciones, tiene competencia para autorizar o rati fi car el cambio de jerarquía de vías locales o sí existe algún procedimiento especí fi co que se deba contemplar; por lo que mediante el O fi cio N° 0076-24-MML-IMP-DE, el director ejecutivo del IMP, señala que las vías en consulta (es decir, la Av. Ricardo Tizón y Bueno y la Av. Cayetano Heredia), son vías de competencia distrital, no existiendo en el IMP algún procedimiento especí fi co relacionado con el cambio de la naturaleza de las vías antes mencionadas. - En atención a lo expuesto, sugiere que debe promoverse la aprobación de una nueva norma acorde con lo expresado en los párrafos precedentes. Que, mediante el Informe N° 032-2024-MDJM-GDU- SGCUC, de fecha 06 de febrero de 2024, la Subgerente de Control Urbano y Catastro, señala que “en caso de aprobarse la propuesta de cambio de categoría sobre las mencionadas vías, se procedería a la actualización de todas nuestras bases grá fi cas de acuerdo a lo aprobado. Respecto a la emisión de los Certi fi cados de Nomenclatura vial esta subgerencia emitirá los mismos, en concordancia con la normativa a aprobarse”; Que, a través del Informe N° 046-2024-MDJM-GAT- SGRFT, de fecha 08 de febrero de 2024, el Subgerente de Registro y Fiscalización Tributaria, indica que: “De acuerdo al análisis y normas vigentes, la variación en jerarquía de las vías de Ricardo Tizón y Bueno y Cayetano Heredia, que propone la Subgerencia de Obras Privadas y Planeamiento Urbano, no tendría impacto a nivel tributario puesto que no es un factor que intervenga en la determinación del valor arancelario. En ese sentido, emite una opinión técnica favorable …respecto a la restitución de categorías de las vías locales: Jr. Ricardo Tizón y Bueno y Jr. Cayetano Heredia en reemplazo de Av. Ricardo Tizón y Bueno y Av. Cayetano Heredia”; Que, mediante el Informe N° 004-2024-MDJM-GDU, de fecha 12 de febrero de 2024, el Gerente de Desarrollo Urbano remite a la Gerencia Municipal el proyecto de Ordenanza de modi fi cación de la categoría de las vías locales del distrito de Jesús María de Av. Ricardo Tizón y Bueno por Jr. Ricardo Tizón y Bueno y de Av. Cayetano Heredia por Jr. Cayetano Heredia; lo que debería ser aprobado mediante Ordenanza por ser norma de mayor jerarquía municipal; Que, adicionalmente se indica, que la modi fi cación de categoría de estas vías no varía la zoni fi cación de los predios involucrados, tal como se puede apreciar en el siguiente cuadro Denominación de la vía antes de modi fi car la categoríaZonifi cación antes de modi fi car la categoría de la víaDenominación de la vía con la modi fi cación de categoríaZonifi cación después de modi fi car la categoría de la vía Av. RICARDO TIZON Y BUENO (cuadras 01 al 08 lado par e impar)RDA,RDM,CZ,CV,ZRP,H2Jr. RICARDO TIZON Y BUENO (cuadras 01 al 08 lado par e impar)RDA,RDM,CZ,CV,ZRP,H 2 Av. CAYETANO HEREDIA (cuadras 01 al 11 lado par e impar) RDA,RDM,CV,ZRP,E3,OUJr. CAYETANO HEREDIA (cuadras 01 al 11 lado par e impar)RDA,RDM,CV,ZRP,E 3,OU Que, con proveído N° 84-2024-MDJM/GM, el Gerente Municipal remite lo actuado a la O fi cina General de Asesoría Jurídica y Registro Civil para que emita el informe correspondiente; Que, a través del Informe N° 066-2024/OGAJRC/ MDJM, de fecha 22 de febrero de 2024, el Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y Registro Civil, expresa que resulta legalmente procedente modi fi car la jerarquía vial de las actuales avenidas Ricardo Tizón y Bueno y Cayetano Heredia por la de jirones Ricardo Tizón y Bueno y Cayetano Heredia, recomendando que este proyecto sea de conocimiento y aprobación del Concejo Municipal, para la posterior emisión de la Ordenanza respectiva; Que, mediante la carta N° 028-2024-MDJM/SG, del 28 de febrero de 2024, el Secretario General remite el