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34 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de agosto de 2024 El Peruano / General de Autorizaciones en Transportes encargada de conducir el sistema de identi fi cación vehicular y de homologación, certi fi cación y revisiones técnicas, (…)”; en el mismo sentido, en el literal d) de su artículo 131 señala que es función de la Dirección de Circulación Vial: “Conducir el sistema de homologación, certi fi cación y revisiones técnicas a nivel nacional; así como evaluar y otorgar las autorizaciones a las entidades que prestan servicios complementarios relacionados, en el ámbito de su competencia y en el marco de la normativa vigente”; Que, el Decreto Supremo Nº 009-2022-MTC, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en adelante el TUPA del MTC, regula el procedimiento administrativo “DCV-023: Modi fi cación de la autorización de funcionamiento como centro de inspecciones técnicas vehiculares por cambio de tipo de una o más línea(s) de inspección técnica vehicular y/o la ampliación de las mismas”, que señala los requisitos para la modi fi cación de la autorización de funcionamiento como CITV, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 43-A del Reglamento y sus modi fi catorias; Que, e l artículo 43-A del Reglamento y sus modi fi catorias, establece que “para la modi fi cación de la autorización de funcionamiento como Centros de Inspección Técnica Vehicular - CITV por cambio de tipo de una o más línea(s) de inspección técnica vehicular y/o la ampliación de las mismas, los Centros de Inspecciones Técnicas Vehiculares deben presentar ante el Ministerio una solicitud, consignando lo siguiente: a) Copia simple del Certi fi cado de Homologación de Equipos y de la Constancia de Calibración de Equipos, únicamente respecto de la(s) línea(s) adicional(es) de inspección técnica vehicular; b) Pago por derecho de trámite, indicando en la solicitud el día de pago y número de constancia de pago”; Que, mediante Resolución Directoral Nº 0323-2023- MTC/17.03 de fecha 30 de mayo de 2023, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 08 de junio de 2023, se autorizó a la empresa CENTRO DE DIAGNOSTICO ESPECIALIZADO EN VEHICULOS S.A.C. - CEDDIVE S.A.C. a operar, por el plazo de cinco (05) años, como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo, con cuatro (04) Líneas de Inspección Técnica Vehicular Tipo Mixta; Que, mediante Resolución Directoral Nº 0350-2023- MTC/17.03 de fecha 12 de junio de 2023, se resolvió recti fi car el artículo 1 de la Resolución Directoral Nº 0323- 2023-MTC/17.03, quedando establecido que el local del CENTRO DE DIAGNOSTICO ESPECIALIZADO EN VEHICULOS S.A.C. - CEDDIVE S.A.C. se ubica en: Av. Japón (antes Av. Bertello) S/N esquina con Calle A de la Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta Nº T -271576-2024 de fecha 30 de mayo de 2024, la señora E RLINDA CABALLERO LIVIA, identi fi cada con DNI Nº 77426655, en su condición de Gerente General de la empresa CENTRO DE DIAGNOSTICO ESPECIALIZADO EN VEHICULOS S.A.C. - CEDDIVE S.A.C., con RUC Nº 20610288279, en adelante La Empresa, solicitó la modi fi cación de la autorización de funcionamiento como centro de inspección técnica vehicular por cambio de tipo de una (01) línea de inspección técnica vehicular tipo Mixta a una (01) línea de inspección técnica vehicular tipo Combinado; Que, con O fi cio Nº 18836-2024-MTC/17.03 de fecha 05 de junio de 2024, la Dirección de Circulación Vial consultó a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN, si La Empresa registra sanciones de multa impagas, o sanción de cancelación de la autorización e inhabilitación defi nitiva para obtener nueva autorización, recaídas en acto administrativo fi rme y/o que haya agotado la vía administrativa, y si, en la infraestructura inmobiliaria propuesta para el funcionamiento del CITV se realizan Inspecciones Técnicas Vehiculares, en cuyo caso, qué CITV las realiza; Que, mediante O fi cio Nº 19 556-2024-MTC/17.03 de fecha 12 de junio de 2024, noti fi cado en la misma fecha, se formularon observaciones a la solicitud presentada por La Empresa, requiriéndole la subsanación dentro del plazo de diez (10) días hábiles;Que, mediante Hoja de Ruta Nº E- 317086-2024 de fecha 26 de junio de 2024, La Empresa presentó la subsanación de las observaciones advertidas mediante Ofi cio Nº 19556-2024-MTC/17.03; Que, con O fi cio Nº 22363-2024-MTC/17.03 de fecha 04 de julio de 2024, se procedió a programar la inspección in situ, a realizarse el día 10 de julio de 2024, en el local de La Empresa; Que, mediante Hoja de Ruta Nº E-337940-2024 de fecha 08 de julio de 2024, La Empresa formula precisiones a ser consideradas para la inspección in situ; Que, co nforme a lo indicado en el Acta Nº 11 4-2024- MTC/17.03.01 de fecha 10 de julio de 2024, se realizó la inspección in situ en el local ubicado en Av. Japón (antes Av. Bertello) S/N esquina con Calle A de la Provincia Constitucional del Callao; constatándose el cumplimiento de las condiciones de infraestructura y equipamiento, respecto a la línea de inspección a modi fi car, de acuerdo al Reglamento y normas complementarias; Que, mediante Hoja de Ruta Nº E-352447-2024, de fecha 16 de Julio de 2024, la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN, remitió el O fi cio Nº D000954-2024-SUTRAN– GPS de fecha 15 de julio de 2024, a través del cual señala que La Empresa no registra multas impagas o sanción de cancelación de la autorización e inhabilitación defi nitiva para obtener nueva autorización, recaídas en acto administrativo fi rme y/o que haya agotado la vía administrativa; Que, del análisis de los documentos presentados y la inspección in situ, se veri fi ca que La Empresa cumple con los requisitos para acceder a la modi fi cación de la autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo, por cambio de Tipo de una (01) línea de inspección técnica vehicular Mixta a una (01) Línea de Inspección Técnica Vehicular Combinado, de acuerdo a lo establecido en el TUPA del MTC, concordante con lo dispuesto en los artículo 43-A del Reglamento, sus modi fi catorias y normas complementarias; Que, el numeral 44.2 del artículo 44 del Reglamento señala que la modi fi cación de la autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular- CITV deberá ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, asimismo, el artículo 43-A establece que “La modi fi cación se sujeta al plazo de vigencia de la autorización objeto de modi fi cación o de su renovación, de ser el caso”; Que, de acuerdo con el Informe Nº 0280-2024- MTC/17.03.01 elaborado por la Coordinación de Autorizaciones de Centros de Inspección Técnica Vehicular y Entidades Complementarias de esta Dirección, se advierte que la documentación presentada por La Empresa ha dado cumplimiento a las disposiciones contenidas en el TUPA del MTC, y el artículo 43-A del Reglamento y sus modi fi catorias, así como normas complementarias; De conformidad con la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; la Ley Nº 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01; el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modi fi catorias; y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2022-MTC. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la modi fi cación de la autorización de funcionamiento como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo, otorgada a la empresa CENTRO DE DIAGNOSTICO ESPECIALIZADO EN VEHICULOS S.A.C. - CEDDIVE S.A.C. mediante Resolución Nº 0323-2023-MTC/17.03, recti fi cada con Resolución Directoral Nº 0350-2023-MTC/17.03, para operar en el local ubicado en Av. Japón (antes Av. Bertello) S/N esquina con Calle