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101 NORMAS LEGALES Jueves 22 de agosto de 2024 El Peruano / Que, con Informe N° 112-2023-SDDPCICI HCO-ICR/ MC, la Dirección de Cultura de Huánuco, emite opinión técnica a fi n de reconocer como patrimonio cultural de la región Huánuco a la semana de la Educación Bilingüe, indicando ceñirse al numeral 7.2 de la Directiva N° 003-2015-MC, “Directiva para la declaratoria de las manifestaciones de patrimonio cultural inmaterial y de la obra de grandes maestros, sabios y creadores como patrimonio cultural de la nación y declaratoria de interés cultural”, la misma que establece el procedimiento, evaluación y resultado para lograr dichas declaratorias, anexando para ello tal directiva; Que, a través del O fi cio N° 2723-2023-GRH-GRDS- DRE/DGP-MCM, se remite el Informe N° 0024-2023-GRH-GRDS-DRE/DGP-MCM, emitido por la Dirección Pedagógica de la DRE-Huánuco, en el cual emite opinión técnica solicitada, concluyendo: (…)3.5 En Consideración a lo referido en los numerales precedentes informes es pertinente que la presidenta de la comisión ordinaria de comunidades campesinas y nativas continue con los trámites correspondientes acorde a su competencia en el Gobierno Regional Huánuco, a fi n de que se materialice la celebración de la Semana de la Educación Intercultural Bilingüe, en consideración a lo indicado en el numeral 2.23 del presente informe.(…); Que, mediante Informe N° 000563-2023-GRH/GRAJ, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Huánuco, solicita a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Huánuco, brindar opinión técnica sobre la propuesta presentada por la Comisión Ordinaria de Comunidades Campesinas y Nativas sobre “Declarar de Interés Regional y Necesidad Pública, la creación de la Semana de la Educación Intercultural Bilingüe en la Región Huánuco”; Que, con Informe N° 000065-2023-DGCI-FPC/MC de fecha 12 de septiembre de 2023, la Dirección General de Ciudadanía de Interculturalidad, concluye indicando que corresponde al Ministerio de Educación a través de la Dirección General Básica Alternativa Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural-DIGEIBIRA, emitir opinión sobre la propuesta de “Declarar de Interés Regional y Necesidad Pública, la creación de la Semana de la Educación Intercultural Bilingüe en la Región Huánuco”, conforme lo prevé el artículo 116° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo N° 01-2015-MINEDU; Que, según O fi cio N° 00922-2023-MINEDU/VMGP- DIGEIBIRA de fecha 19 de diciembre de 2023, la Directora General de la Dirección de Educación Básica Alternativa Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el ámbito rural del Ministerio de Educación brinda opinión favorable para que desde el Gobierno Regional Huánuco se Declare de Interés Regional y Necesidad Pública la Creación de la Semana de Educación Intercultural Bilingüe, requiere que el estado a través de la Educación Intercultural Bilingüe (EIB) se compromete a implementar una educación cultural y lingüísticamente pertinente que garantice los logros de aprendizaje para las y los estudiantes pertenecientes a una comunidad indígena u originaria; por ello, el EIB tiene entre sus enfoques territorial, el mismo que busca promover el desarrollo y mejora de la educación desde el entorno sociocultural y geográ fi co, y con el interactúan las personas e instituciones de manera articulada; Que, mediante Informe Legal N° 394-2024-GRH/ GRAJ, a través del cual la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, se pronuncia precisando: (…) “concluyendo fi nalmente en que “Se Declare de Interés Regional y Necesidad Pública la Semana de la Educación Intercultural Bilingüe en la Región Huánuco, la última semana del mes de agosto de cada año” (…); Que, con O fi cio N° 3265-2024-GRH-GRDS-DRE/ DGP-JCPV de fecha 04 de julio de 2024, la Dirección Regional de Educación de Huánuco, a través del cual el Especialista de Educación Intercultural Bilingüe, remite el Informe N° 38-2024-GRH-GRDS-DRE-DGP-JCPV, el cual tiene anexo el Plan de Actividades de la semana de Educación Intercultural Bilingüe modi fi cado en mesa de trabajo de fecha 02 de julio de 2024, teniendo en cuenta el Plan de Actividades a realizarse en el presente año y el cual será anexado al presente Dictamen; Que, a través del Dictamen N° 001-2024-GRH/CR- COCCyN de fecha 09 de julio de 2024, la Comisión Ordinaria de Comunidades Campesinas y Nativas del Consejo Regional del Gobierno Regional Huánuco, concluye indicando que: “Es indispensable que el Gobierno Regional Huánuco, mediante Ordenanza Regional DECLARE la semana de la Educación Intercultural Bilingüe en la Región Huánuco, la última semana del mes de noviembre de cada año, Por ser de interés regional y necesidad pública. Por lo que se resuelve procedente la declaración mediante Ordenanza Regional y se otorgue el trámite que corresponde; Que, habiéndose tratado en la Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha 12 de julio de 2024, el Dictamen N° 001-2024-GRH/CR-COCCyN, de la Comisión Ordinaria de Comunidades Campesinas y Nativas del Consejo Regional del Gobierno Regional Huánuco. El máximo Órgano Colegiado aprueba el dictamen precitado en los términos expuestos; Que, el artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamenta materias de su competencia”; Estando a lo expuesto, conforme a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; el Reglamento Interno del Consejo Regional de Huánuco, y a lo dispuesto por el Pleno del Consejo Regional, con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta, aprueba por UNANIMIDAD la siguiente; ORDENANZA REGIONAL:Artículo Primero.- DECLARAR, de Interés Regional y Necesidad Pública, la semana de la Educación Intercultural Bilingüe en el Departamento de Huánuco, la misma que se desarrollará la última semana de noviembre de cada año. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la Dirección Regional de Educación de Huánuco y las 11 Unidades de Gestión Educativa Local del departamento de Huánuco, la Implementación de la presente norma regional. Artículo Tercero.- DERÓGUESE, las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, en coordinación con la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 05 días del mes de agosto del año dos mil veinticuatro. CARLOS ALBERTO ESTEBAN ATENCIA Consejero Delegado POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Huánuco, a los 07.días del mes de agosto del año dos mil veinticuatro. ANTONIO L. PULGAR LUCAS Gobernador Regional 2315972-1