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98 NORMAS LEGALES Jueves 22 de agosto de 2024 El Peruano / Artículo 3°.- PRIORIDAD DE LA REGIÓN HUÁNUCO Declarar como prioridad de la Región Huánuco, la prevención, atención y sanción del acoso sexual en espacios públicos, con énfasis en la protección de las niñas, adolescentes y mujeres. Artículo 4°.- COMPETENCIA Y ÓRGANOS RESPONSABLES Son órganos competentes para el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional: 4.1. Gerencia Regional de Desarrollo Social. 4.2. Gerencia Regional de Infraestructura.4.3. Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. 4.4. O fi cina Regional de Gestión de Riesgos de Desastres, Defensa Nacional y Seguridad Ciudadana. TÍTULO II MEDIDAS CONTRA EL ACOSO SEXUAL EN ESPACIOS PÚBLICOS CAPÍTULO I MEDIDAS DE PREVENCIÓN, ATENCIÓN Y SANCIÓN DE ACTOS DE ACOSO SEXUAL Artículo 5°.- CAMPAÑAS DE INFORMACIÓN, SENSIBILIZACIÓN Y EDUCACIÓN El Gobierno Regional a través de los órganos señalados en el artículo 4° de la presente Ordenanza Regional y de sus unidades orgánicas, impulsarán la publicidad regional, así como campañas educativas e informativas con la fi nalidad de sensibilizar y comprometer a la población para el ejercicio del derecho a una vida libre de violencia y la problemática del acoso sexual en espacios públicos. También, se promoverá campañas educativas e informativas con la fi nalidad que la colectividad, y en especial los propietarios/as o encargados/as de establecimientos donde se desarrollan actividades económicas en la región, así como los propietarios/as, trabajadores y residentes de obras en proceso de edi fi cación y propietarios/as de medios de transporte de vehículos, tomen pleno conocimiento del contenido de la presente ordenanza regional y en este contexto, de la problemática del acoso sexual en espacios públicos. La Gerencia Regional de Infraestructura, a través de la Sub Gerencia de Gestión de Obras y Supervisión y la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, promoverán e impulsarán campañas educativas e informativas con la fi nalidad que las personas involucradas en obras en proceso de edifi cación y los conductores de vehículos de servicio de transporte público y a quienes gestionen su licencia de conducir, tomen pleno conocimiento de las acciones de prevención, atención y sanción del acoso sexual en espacios públicos. La Dirección Regional de Educación, promoverá la inclusión de la problemática del acoso sexual en espacios públicos en el Programa Curricular a fi n de que el equipo docente de las instituciones educativas de los niveles, inicial, primaria, y secundaria, informen y sensibilicen a los estudiantes y padres de familia de esa problemática. El Comité Regional de Seguridad Ciudadana promoverá la incorporación en el Plan Regional de Seguridad Ciudadana acciones para prevenir y atender la problemática del acoso sexual en espacios públicos en la región Huánuco. Artículo 6°.- POLÍTICAS DE PREVENCIÓN PRIORIZADAS FRENTE LA PROBLEMÁTICA DEL ACOSO SEXUAL EN ESPACIOS PÚBLICOS. El Gobierno Regional Huánuco: 6.1. Promoverá la erradicación del acoso sexual en espacios públicos, que implica ejercer acciones de supervisión y fi scalización de instituciones y/o establecimientos para veri fi car que las disposiciones contenidas en la presente ordenanza se cumplan.6.2. Promoverá políticas públicas dirigidas a la prevención y atención del acoso sexual en espacios públicos en la región Huánuco. 6.3. Coordinará y motivará la actualización del Plan Regional de Seguridad Ciudadana para incorporar acciones de prevención y atención de casos de acoso sexual en espacios públicos en la Región Huánuco. 6.4. Diseñará y estructurará un sistema estadístico de información acerca de la problemática del acoso sexual en espacios públicos en la Región Huánuco. 6.5. Gestionará los recursos económicos necesarios para poder implementar adecuadamente la presente ordenanza considerándose en sus respectivos planes operativos y presupuestos institucionales. Artículo 7°.- POLÍTICAS DE ATENCIÓN PRIORIZADAS FRENTE A LA PROBLEMÁTICA DEL ACOSO SEXUAL EN ESPACIOS PÚBLICOS El Gobierno Regional Huánuco: 7.1. Realizará acciones conjuntas y coordinadas con todos los miembros integrantes de la INSTANCIA REGIONAL DE CONCERTACIÓN DE LA REGIÓN HUÁNUCO, PARA ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR EN EL MARCO DE LA LEY N° 30364. aprobada por la Ordenanza Regional N° 076-2017-GRHCO de fecha 15 de setiembre de 2017, para fortalecer la prevención y atención de casos de acoso sexual en espacios públicos, en coordinación con los gobiernos locales, representantes legales de instituciones públicas y privadas, así como también la participación de la población civil. 7.2. Promoverá la atención integral de las víctimas de acoso sexual en espacios públicos en instancias gratuitas del Estado como Centro Emergencia Mujer y en los Centros de Salud y/o centros de atención especialmente con programas de terapias psicológicas. 7.3. Coordinará a través de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones con la Policía Nacional del Perú, el cumplimiento de las acciones de vigilancia frente a casos de acoso sexual en espacios públicos y medios de transporte público. 7.4. Promoverá la fi rma de convenios con instituciones públicas, privadas nacionales e internacionales que propicien la defensa de los derechos para el fortalecimiento de capacidades de los servicios de prevención, protección y atención frente a casos de acoso sexual en espacios públicos. Artículo 8°.- INSTITUCIONALIZACIÓN DE LA SEMANA CONTRA EL ACOSO SEXUAL La presente Ordenanza institucionaliza el acto cívico denominado Semana de “NO AL ACOSO SEXUAL EN ESPACIOS PÚBLICOS DE LA REGIÓN HUÁNUCO” a celebrarse la segunda semana de abril de cada año, con fecha central el 10 de abril; teniendo como propósito visibilizar la problemática del acoso sexual en espacios públicos e incidir de manera directa en la prevención y erradicación. Artículo 9°.- ORGANIZACIÓN, CELEBRACIÓN Y DIFUSIÓN DEL ACTO CÍVICO Corresponde a la Gerencia Regional de Desarrollo Social en coordinación con la Instancia Regional de Concertación para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar-Ley N° 30364, la organización, celebración y difusión de la Semana de “NO AL ACOSO SEXUAL EN ESPACIOS PÚBLICOS EN LA REGIÓN HUÁNUCO”. Artículo 10°.- PROHIBICIONES En la circunscripción territorial de la Región Huánuco, se prohíbe: 1. Realizar todo tipo de comentarios, insinuaciones, frases, gestos, silbidos, sonidos de besos y otros similares de naturaleza sexual en contra de una u otras personas, en especial contra mujeres, niñas y adolescentes; en los espacios públicos, establecimientos públicos y/o privados, obras en proceso de edi fi cación y empresas de transporte público.