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124 NORMAS LEGALES Viernes 30 de agosto de 2024 El Peruano / Metropolitano de Lima, por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA, APROBADO POR ORDENANZA Nº 1874 Artículo 1.- Elimínese el procedimiento Nº 17: “Autorización anual para el uso temporal de vías públicas en las calles especí fi cas del Centro Histórico de Lima (solo aplica para restaurante y cafés)”, así como sus requisitos y derecho de trámite, correspondiente a la Gerencia de Desarrollo Económico, del TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo 2.- Incorpórense 53 procedimientos administrativos y 3 servicios prestados en exclusividad, requisitos, derechos de trámite, correspondientes a la Gerencia de Plani fi cación, Gestión y Recuperación del Centro Histórico de Lima –PROLIMA, en el TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima; conforme se detalla en el anexo que forma parte integrante de la presente ordenanza. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Segunda.- Disponer que los órganos intervinientes en los procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad, adecúen sus instrumentos de gestión a lo dispuesto en la presente ordenanza. Tercera.- Encargar a la O fi cina General de Secretaría del Concejo, la publicación de la presente ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y, a la O fi cina de Gobierno Digital, su publicación en el Portal Estándar de Transparencia de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.transparencia.munlima.gob.pe y en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano: www.gob.pe. Cuarta.- Encargar a la O fi cina General de Plani fi cación y Finanzas, a través de su unidad orgánica competente, actualizar el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Metropolitana de Lima, conforme a lo aprobado en los artículos 1 y 2 que anteceden. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. Lima, 16 de agosto de 2024. RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales. 2319702-1 Ordenanza que modifica el Plano de Zonificación del Cercado de Lima, aprobado por Ordenanza N° 893-MML ORDENANZA N° 2649 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión extraordinaria del 22 de agosto del 2024; En uso de las facultades previstas según los artículos 9 y 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura a través del Dictamen N° 074-2024-MML/CMDUVN; el Concejo Metropolitano de Lima, por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta; ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL CERCADO DE LIMA, APROBADO POR ORDENANZA N° 893-MML Artículo 1.- Aprobar el cambio de zoni fi cación, de Industria Elemental y Complementaria (I1) y Vivienda Taller (VT) a Comercio Vecinal (CV) del predio de 13,585.90 m², ubicado en el Jr. Juan Manuel del Mar y Bernedo N° 1298-1308-1318-1324-1330, Urb. Chacra Ríos, distrito del Cercado de Lima, inscrito en la Partida N° 13569317 del Registro de Propiedad Inmueble de la O fi cina Registral de Lima, solicitado por la empresa Amauta Impresiones Comerciales S.A.C. en el expediente N° 2023-0129825. Artículo 2.- Aprobar la modi fi cación del plano de zonifi cación del distrito del Cercado de Lima, aprobado mediante Ordenanza N° 893-MML, publicada el 27 de diciembre de 2005 en el diario o fi cial El Peruano, en virtud de lo dispuesto en el artículo primero. Artículo 3.- Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el plano de zoni fi cación del distrito de Cercado de Lima, aprobado mediante Ordenanza N° 893- MML, la modi fi cación aprobada en la presente ordenanza. Artículo 4.- Disponer la noti fi cación de la presente ordenanza a la administrada. Artículo 5.- Encargar a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo la publicación de la presente ordenanza en el diario o fi cial El Peruano, y a la O fi cina de Gobierno Digital su publicación, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima. gob.pe), el mismo día de su publicación. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. Lima, 22 de agosto de 2024 RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde 2319707-1 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Aprueban el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos, denominado “Programa Recicla Carabayllo 2024-2028” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 08-2024/MDC Carabayllo, 5 de agosto de 2024 VISTO: El Informe Nº 123-2024-SGMA-GSCMA/MDC emitido por la Subgerencia de Medio Ambiente; el Informe Nº 053-2024-GSCMA/MDC, emitido por la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente; el Informe Nº 154-2024-GAJ/MDC emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorando Nº 1326-2024-GM/MDC emitido por la Gerencia Municipal; referidos a la aprobación del Programa Recicla Carabayllo 2024-2028. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que “las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de Gobierno Local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”.