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123 NORMAS LEGALES Viernes 30 de agosto de 2024 El Peruano / y/o terceros para poder realizar las labores de inspección del inmueble, la citada Subgerencia puede solicitar la participación de la Gerencia de Fiscalización y Control y de la Gerencia de Seguridad Ciudadana. 159.2 El resultado del Informe Técnico de la SDCPRR es noti fi cado a los propietarios y/u ocupantes, quienes dentro del plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de la noti fi cación, pueden presentar sus descargos correspondientes, los cuales son evaluados por la citada Subgerencia dentro del plazo de diez (10) días hábiles, emitiendo el Informe que corresponda, el cual será remitido a la Comisión Técnica para la declaración y levantamiento de la condición de inhabitabilidad de inmuebles en el Centro Histórico de Lima. (...)” “Artículo 163.- Del levantamiento de la condición de inhabitabilidad del inmueble. (...) 163.2 El levantamiento de la condición de predios inhabitables podrá realizarse: (...) b) De o fi cio: a solicitud de cualquier unidad orgánica, órganos desconcentrados, órganos desconcentrados especiales y empresas municipales de la Municipalidad Metropolitana de Lima. (...)” “Artículo 165.- De los requisitos del procedimiento de parte para el levantamiento de la condición de inhabitabilidad del inmueble. Para que se revierta la condición de inhabitabilidad de un inmueble, el propietario o el ocupante del predio, debidamente autorizado en representación del propietario, con carta simple debe presentar los siguientes requisitos: (...) b) Declaración jurada indicando tener la conformidad de obra y declaratoria de edi fi cación, o declaratoria de fábrica regularizada mediante la Ley Nº 27157 u otra norma, correspondiente al inmueble materia de solicitud, precisando el número de partida registral. Los documentos emitidos deben ser de fecha posterior a la declaración de inhabitabilidad, los cuales deberán acreditar el levantamiento de dicha condición. (...)” “Artículo 173.- Procedimiento del trámite de Constancia para ejecución de trabajos de servicios básicos. a) El administrado presenta a PROLIMA la solicitud cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo precedente. b) Recibida la solicitud la SLACHL realiza una inspección ocular dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de presentación de la solicitud. Esta inspección comprende un registro fotográ fi co o de video, que constituye el sustento para el informe correspondiente. c) Luego de realizada la inspección, la SLACHL emite el informe técnico respectivo. De ser favorable, dicho ente emite la constancia correspondiente dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha en que se realizó la inspección. Siendo el plazo máximo de atención del procedimiento administrativo de treinta (30) días hábiles. d) De existir observaciones técnicas, la SLACHL las detalla y noti fi ca al solicitante, otorgándole cinco (5) días hábiles para subsanar las observaciones, contados a partir de la fecha en que se realizó la noti fi cación. Este plazo puede ser prorrogado por única vez hasta por cinco (5) días hábiles adicionales, a solicitud del administrado, siempre que se realice antes del vencimiento del primer plazo. (...)” Artículo 2.- INCORPORAR a la Ordenanza Nº 2612 que regula los procedimientos administrativos en el Centro Histórico de Lima, a fi n de proteger su patrimonio cultural y fomentar su desarrollo integral y sostenible, los siguientes anexos: Nº 3: “Formulario de solicitud de autorización para obras en espacio público”; Nº 4: “Formato de declaración jurada para licencia de funcionamiento en el Centro Histórico de Lima”; Nº 5: “Formato de certi fi cado de licencia de funcionamiento”; Nº 6 “Formato de declaración jurada de representación legal” DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Dispóngase que todos los órganos intervinientes en los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad adecúen sus instrumentos de gestión a lo dispuesto en la presente ordenanza. Segunda.- Dispóngase que la Gerencia de Desarrollo Urbano y la Gerencia de Desarrollo Económico, remitan el acervo documentario necesario que sea requerido por la Gerencia de Plani fi cación, Gestión y Recuperación del Centro Histórico de Lima – PROLIMA, para cumplir con las funciones y competencias reguladas en la Ordenanza Nº 2605 y la tramitación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad regulados en la Ordenanza Nº 2612 . Tercera.- Facúltese al alcalde a dictar, mediante decreto de alcaldía, las disposiciones complementarias que sean necesarias para la mejor aplicación de lo dispuesto en la presente ordenanza. Cuarta.- Encárguese a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo, la publicación de la presente ordenanza en el diario o fi cial El Peruano y a la O fi cina de Gobierno Digital su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.transparencia.munlima.gob.pe y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano: www.gob.pe. Quinta.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.16 de agosto de 2024.RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde 2319696-1 Ordenanza que aprueba la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por Ordenanza Nº 1874 ORDENANZA Nº 2647 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA POR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria del 16 de agosto de 2024; En uso de las facultades previstas según artículos 9 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano Vivienda y Nomenclatura en su Dictamen Nº 072-2024-MML-CMDUVN, por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización a través del Dictamen Nº 108-2024-MML-CMAEO y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales en su Dictamen Nº 126-2024-MML-CMAL; el Concejo