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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (14/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 138

138 NORMAS LEGALES Sábado 14 de diciembre de 2024 El Peruano / Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Cañete y el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Planifi cación Urbana del Desarrollo Urbano Sostenible, sugiere derivar el presente a la Ofi cina General de Asesoría Jurídica para continuar con el procedimiento de evaluación de acuerdo a sus competencias, de ser favorable la opinión remitir la documentación a la comisión de obras para su evaluación y dictamen correspondiente. Que, mediante Informe Nº 1727-2024-JAGS-GODUR- MPC, de fecha 20 de agosto de 2024, la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, deriva los actuados a este despacho para continuar con el procedimiento de evaluación de acuerdo a su competencia. Que, mediante Informe Legal Nº1054-2024-OGAJ- MPC, de fecha 03 de septiembre del 2024, luego del análisis legal y levantadas las observaciones, opina lo siguiente: “3.1 Que, deviene en procedente la solicitud de Aprobación de la Propuesta de Planeamiento Integral, para el predio de propiedad de DON AGOSTINO SAC, debidamente representado por Don FELIX FRANCISCO BERGELUND WERNER, facultado según poder inscrito en el asiento C00002, de la Partida Nº 11723678 del Registro de Personas Jurídicas de Lima; FUNDO SAN PEDRO LOTE Nº01, inscrito en la SUNARP en la Partida Nº 90284932, jurisdicción del distrito de San Luis, provincia de Cañete, departamento de Lima, contando con un área de 50.00 Has. 3.2. Que, se remita previamente, los actuados a la Comisión de Obras de la Municipalidad, para que emita el dictamen correspondiente, luego de ello se remita al Pleno del Concejo para su deliberación y determinación correspondiente (…)”. Que, con Informe Nº 1858-2024-JAGS-GODUR- MPC, recepcionado 10 de septiembre del 2024, la Gerencia de Obras Desarrollo Urbano y Rural, deriva a la Gerencia Municipal el expediente técnico de Propuesta de Planeamiento Integral , con el propósito de que sea derivado a la Ofi cina General de Secretaría General para que previamente sea derivado a la Comisión de Obras Desarrollo Urbano y Rural. Que, mediante el Memorándum Nº1815-2024-GM- MPC, recepcionado el 15 de septiembre del 2024, el Gerente Municipal informa a la Ofi cina General de secretaria general de que sea elevado al pleno del Concejo Municipal para su deliberación y determinación. Que, mediante el Informe Nº 2501-2024-OGSG- MPC, recepcionado el 17 de septiembre del 2024, de la Ofi cina General de Secretaria General, deriva todos los actuados a la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural para que eleven al pleno de Concejo Municipal para su deliberación y determinación. Que, a través del Dictamen Nº 016-2024-CODUYR- MPC, recepcionado el 21 de octubre del 2024, la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, luego de ver los antecedentes, análisis legal, concluye: “3.1 Que, es PROCEDENTE Y FACTIBLE, elevar al Pleno del Concejo para deliberar y determinar LA PROPUESTA DE PLANEAMIENTO INTEGRAL, para el predio de propiedad de DON AGOSTINO SAC, debidamente representado por DON FELIX FRANCISCO BERGELUND WERNER, facultado según poder inscrito en el asiento C00002, de la Partida Nº 11723678 del Registro de Personas Jurídicas de Lima : FUNDO SAN PEDRO LOTE Nº01, inscrito en la SUNARP en la Partida Nº 90284932, jurisdicción del distrito de San Luis, provincia de Cañete, departamento de Lima, contando con un área de 50.00 Has, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 9 del párrafo 8.4 del artículo 8 del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº012-2022-VIVIENDA, signifi cándole que la solicitud cuenta con la evaluación técnica de la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural y la sub Gerencia de Control Urbano y Catastro, con pronunciamiento sobre la vialidad, concentrándose CONFORME. 3.2 LOS REGIDORES DE LA COMISION DE OBRAS, DESARROLLO URBANO Y RURAL, DEJAN CONSTANCIA QUE, DE ACUERDO A LAS ATRIBUCIONES QUE TIENEN, ELLOS, CONSIDERAN EL INFORME TÉCNICO Y EL INFORME LEGAL PARA LA CONCLUSIÓN DE SU DICTAMEN’. POR EL CUAL NUESTRO FUNCIÓN DE COMISIÓN DE REGIDORES ES DICTAMINAR EL EXPEDIENTE PARA SU APROBACIÓN O DESAPROBACIÓN SEGÚN EL ART. 62 DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONCEJO (RIC). “LAS COMISIONES DE REGIDORES, son órganos consultivos del concejo que tiene por fi nalidad efectuar los estudios, formular propuestas y proyectos de ordenanza y proyectos de reglamento de los servicios respectivos, así como emitir dictamen sobre los asuntos que le corresponden o se les encarguen de acuerdo a su competencia” Que, por los fundamentos fácticos y de derecho expuestos en la presente, y al amparo de lo dispuesto en el numeral 5) y 8) del Artículo 9° y el Artículo 40° de la Ley Nº27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto MAYORÍA del Pleno de Concejo y con la dispensa, lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO DE PLANEAMIENTO INTEGRAL CON FINES DE ANEXIÓN AL ÁREA URBANA Y ASIGNACIÓN DE ZONIFICACIÓN Artículo Primero.- APROBAR LA ORDENANZA DE LA PROPUESTA DE PLANEAMIENTO INTEGRAL, CON FINES DE ANEXIÓN AL ÁREA URBANA Y ASIGNACIÓN DE ZONIFICACIÓN DEL PREDIO DENOMINADO FUNDO SAN PEDRO LOTE Nº 1, DISTRITO DE SAN LUIS PROVINCIA DE CAÑETE, DEPARTAMENTO DE LIMA, INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA 90284932, CONTANDO CON UN ÁREA DE 50.00 Has, presentado por el administrado DON FELIX FRANCISCO BERGELUND WERNER, en su calidad de gerente general de la Empresa DON AGOSTINO SAC, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 9 del párrafo 8.4 del Artículo 8° del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2022-VIVIENDA, signifi cándole que la solicitud cuenta con la evaluación técnica de la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural y la Sub Gerencia de Control Urbano y Catastro, son los que se indican a continuación: NORMA TÉCNICARNE ÁREA TERRITORIALDISTRITO DE SAN LUIS ZONIFICACIÓN (RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA) USO PERMITIBLE Y COMPATIBLEUnifamiliar BifamiliarQuintas y Multifamiliar DENSIDAD NETA560 Hab/ Has. MultifamiliarFrente a la calle 2100 Hab/ Has. Frente a parque o avenida (3)3170 Hab/ Has. Conjunto residencialFrente a calle 3000 Hab/ Has. Frente a avenida (3)Área min. de dpto. (4) ÁREA LOTE NORMATIVOUnifamiliar 90 m2 MultifamiliarFrente a calle 120 m2 Frente a parque o avenida (3)300 m2 Conjunto residencialFrente a calle 600 m2 Frente a parque o avenida (3)